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Documento BOE-A-2017-4132

Resolución de 11 de abril de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración en actividades de interés general con Volkswagen Group España Distribución, SA, y SEAT, SA, para la cesión de los vehículos a utilizar durante los actos oficiales de la Cumbre de Países del Sur de la UE.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 13 de abril de 2017, páginas 29902 a 29908 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-4132

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y las empresas Volkswagen Group España Distribución, SA, y SEAT, SA, han suscrito con fecha 7 de abril de 2017 un Convenio de colaboración en actividades de interés general para la cesión de los vehículos a utilizar durante los actos oficiales de la Cumbre de Países del Sur de la UE.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 11 de abril de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEJO
Convenio de colaboración en actividades de interés general entre el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y las empresas Volkswagen Group España Distribución, SA, y SEAT, SA, para la cesión de los vehículos a utilizar durante los actos oficiales de la Cumbre de Países del Sur de la UE.

En Madrid, a 7 de abril de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don José María Jover Gómez-Ferrer, Subsecretario del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, nombrado por Real Decreto 453/2016, de 11 de noviembre de 2016, facultado para la suscripción del presente Convenio en virtud de la competencia delegada en el apartado primero.2, letra c), de la Orden PRE/934/2012, de 24 de abril, en nombre y representación de la Presidencia del Gobierno español (en adelante, la «Presidencia del Gobierno»).

De otra parte, don Francisco José Pérez Botello, mayor de edad, de nacionalidad española, con DNI en vigor núm. 2XXXXX94-P y don Stephan Mund, mayor de edad, de nacionalidad alemana, con NIE en vigor núm. Y-XXXXX03-B, en nombre y representación de Volkswagen Group España Distribución, SA, con domicilio en calle de la Selva, 22, Parque de Negocios Mas Blau II, El Prat de Llobregat (Barcelona), en su condición de Presidente y Director Financiero de la referida entidad, respectivamente (en adelante, «VGED»), y

De otra parte, don Ramón Paredes Sánchez-Collado, mayor de edad, de nacionalidad española con DNI en vigor núm. 3XXXXX18-F y don Holger Kintscher, mayor de edad, de nacionalidad alemana, con NIE en vigor núm. Y-XXXXX51-W en nombre y representación de SEAT, SA, con domicilio en autovía A-2, km 585, 08760, Martorell (Barcelona), en su condición de Vicepresidente de Relaciones Gubernamentales e Institucionales y Vicepresidente de Finanzas, IT y Organización de la referida entidad, respectivamente (en adelante, «SEAT»).

Las partes intervinientes (en adelante, conjuntamente, referidas como las Partes e, individualmente, como la Parte) se reconocen competencia recíproca para la suscripción del presente Convenio de colaboración y, en su virtud,

EXPONEN

I. Que entre los días 9 y 10 de abril de 2017 está prevista la Cumbre de Países del Sur de la UE en el Pardo (Madrid).

II. Que la preparación y desarrollo de la Cumbre de Países del Sur de la UE conlleva la utilización de servicios de automoción con el fin de poder atender su realización, requiriendo para ello vehículos de gran seguridad y calidad.

III. Que es deseo de ambas Partes suscribir el presente Convenio de colaboración (en adelante referido como el Convenio) de acuerdo con lo determinado en el artículo 4.1, apartado d), del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y al amparo de lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En virtud del presente Convenio VGED y SEAT, pretenden potenciar el posicionamiento en el mercado de las marcas que representan, dotándolas de mayor presencia con ocasión de un acontecimiento de la repercusión de la Cumbre de Países del Sur de la UE.

Las actuaciones expuestas anteriormente se desarrollarán de acuerdo con las estipulaciones que ambas partes acuerdan.

ESTIPULACIONES

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto la cesión por parte de VGED y SEAT a favor de la Presidencia del Gobierno, del derecho de uso de un total de dieciocho (18) vehículos (6 vehículos de la marca SEAT, 6 vehículos de la marca Volkswagen y 6 vehículos de la marca Audi) –en adelante referidos como los «Vehículos»–, y el establecimiento de las condiciones en las que se realizará dicha cesión.

Se adjunta como anexo I la relación concreta de los Vehículos.

Segunda.

La cesión de los Vehículos se realiza para su utilización con ocasión de la Cumbre de Países del Sur de la UE que se desarrollará el día 10 del mes de abril próximo, por lo que el presente Convenio estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el 12 de abril de 2017, salvo que antes de su terminación ambas partes acuerden su prórroga por escrito.

Tercera.

La cesión de los Vehículos se efectúa sin coste alguno para la Presidencia del Gobierno, no existiendo obligación alguna de abonar a VGED y a SEAT importe alguno en concepto de cesión. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otros importes que pudieran devengarse a favor de VGED y de SEAT y debieran abonarse por la Presidencia del Gobierno con arreglo al presente Convenio.

Cuarta.

Como contraprestación a la cesión de los Vehículos, la Presidencia del Gobierno se compromete a poner su mayor empeño para que la flota de Vehículos de VGED y de SEAT obtengan la máxima visibilidad en los medios de comunicación social.

Quinta.

Los Vehículos serán entregados por VGED y por SEAT a la Presidencia del Gobierno, en el Parque Móvil del Estado, siendo por cuenta y cargo de VGED y de SEAT los gastos de transporte derivados de la entrega, asumiendo cada marca los que le correspondan.

La entrega de los Vehículos cedidos se llevará a cabo el día 7 de abril en la sede del Parque Móvil del Estado, en Madrid.

Asimismo, los Vehículos podrán ser entregados con la cantidad de gasolina mínima que permita circular hasta la estación de servicio más cercana.

Sexta.

Los Vehículos cedidos únicamente podrán ser utilizados por la Presidencia del Gobierno al objeto de realizar aquellos desplazamientos de carácter oficial que resulten necesarios con motivo de la Cumbre de Países del Sur de la UE que se desarrollará en Madrid.

Séptima.

La Presidencia del Gobierno se compromete a guardar y custodiar los Vehículos en un lugar cerrado, o establecido de forma específica para este fin, y con vigilancia de carácter permanente, así como a que los mismos únicamente sean conducidos por personal autorizado.

Octava.

En caso de avería o siniestro de alguno de los Vehículos, la Presidencia del Gobierno deberá comunicarlo inmediatamente a las personas designadas por VGED y por SEAT para cada una de las marcas, de forma que las referidas compañías se hagan cargo de los Vehículos por medio de uno de los Servicios Oficiales de Postventa que forman parte de la Red de VGED y de SEAT.

Las reparaciones y tareas de mantenimiento serán, con carácter general, por cuenta y cargo exclusivo de VGED y de SEAT y deberán efectuarse necesariamente en alguna de las instalaciones oficiales de VGED y de SEAT siguiendo el proceso indicado anteriormente.

Efectuada la reparación de los Vehículos, VGED y SEAT los entregarán a la Presidencia del Gobierno.

Novena.

En caso de siniestro que precise la intervención de la Policía Local, Guardia Civil o cualquier otro Cuerpo de la Seguridad del Estado, Comunidad Autónoma o Entidades Locales, la Presidencia del Gobierno, se pondrá en contacto con el departamento correspondiente designado por VGED y por SEAT para cada una de las marcas, a fin de efectuar los trámites precisos en cada caso.

En cualquier caso, la Presidencia del Gobierno, deberá remitir por escrito a VGED y a SEAT con la mayor brevedad posible, un informe detallado del siniestro en el que deberán constar, como mínimo, los datos personales completos de los conductores implicados en el siniestro así como de los eventuales testigos; las matrículas de los vehículos involucrados; la compañía aseguradora correspondiente al vehículo contrario y el número de la póliza del seguro, con el fin de que VGED y/o SEAT puedan realizar adecuadamente las gestiones oportunas para la defensa de sus intereses frente a la compañía aseguradora y cualquier tercero que eventualmente deba intervenir en todo ello.

En este sentido, la Presidencia del Gobierno acepta las condiciones de seguro que constan en las pólizas suscritas por VGED y por SEAT respecto a los Vehículos que se ponen a su disposición y que se relacionan en el anexo I, cuyas pólizas se incluyen en el anexo II, y se obliga asimismo a responder de los daños que no se encuentren cubiertos por la referidas pólizas de seguros.

Sin perjuicio de lo anterior, la Presidencia del Gobierno responderá plenamente, y en todo caso con carácter solidario, frente a VGED y a SEAT, de los daños ocasionados a los Vehículos cedidos, a otros vehículos, bienes y/o personas con motivo del uso de los Vehículos para fines no autorizados, con independencia de que, posteriormente la Presidencia de Gobierno pueda solicitar las responsabilidades oportunas, en su caso, a quienes hubieran hecho uso indebido de los Vehículos.

Décima.

La devolución de los Vehículos cedidos para la Cumbre de Países del Sur de la UE se efectuará el día 12 de abril en la sede del Parque Móvil del Estado, en Madrid.

La Presidencia del Gobierno informará a VGED y a SEAT con la antelación suficiente para que proceda a su retirada. Los Vehículos serán devueltos en perfecto estado de uso y mantenimiento atendiendo a su antigüedad y su desgaste normal. Los gastos de transporte con motivo de la devolución de los Vehículos serán por cuenta y cargo de VGED y de SEAT asumiendo cada marca los que les correspondan.

Undécima.

La Presidencia del Gobierno asegurará en todo momento, la identificación de los conductores de los Vehículos, durante el periodo de cesión, así como el conocimiento por parte de los conductores de las condiciones de su uso, enviando a VGED y a SEAT copia de las Autorizaciones de Uso de Vehículo que se adjunta como anexo III.

A fin de permitir a VGED y a SEAT cumplir con sus obligaciones de identificación de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, la Presidencia del Gobierno mantendrá un listado actualizado con los datos de identificación necesarios (nombre y apellidos, domicilio y permiso de conducir válido). En caso de que VGED y SEAT no puedan comunicar válidamente los datos de un conductor por falta o incorrección de datos y se le sancionara por ello, repercutirán el coste de la sanción a la Presidencia del Gobierno. En cualquier caso, la Presidencia del Gobierno asumirá cualquier sanción que tenga su origen en infracciones de la normativa vigente en materia de tráfico y seguridad vial.

Duodécima.

Para resolver las dudas o controversias que pudieran suscitarse en la interpretación y ejecución de este Convenio, será de aplicación la legislación administrativa contenida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, supletoriamente, los principios inspiradores del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, siendo competente la jurisdicción contencioso-administrativa para conocer todas aquellas cuestiones litigiosas que puedan surgir del mismo.

Decimotercera.

Cualquier modificación de las presentes condiciones sólo tendrá validez si así se conviniera por escrito y de común acuerdo entre la Presidencia del Gobierno, VGED y SEAT. En este sentido las Partes podrán, de mutuo acuerdo, modificar la composición de la flota relacionada en el referido anexo I si las circunstancias lo requiriesen.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, por triplicado, en el lugar y fechas indicados al principio del mismo.–El Subsecretario del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.–El Presidente de Volkswagen Group España Distribución, SA, Francisco José Pérez Botello.–El Director Financiero de Volkswagen Group España Distribución, SA, Stephan Mund.–El Vicepresidente de Relaciones Gubernamentales e Institucionales de SEAT, SA, Ramón Paredes Sánchez-Collado.–El Vicepresidente de Finanzas, IT y Organización de SEAT, SA, Holger Kintscher.

ANEXO I Vehículos

(Omitido)

ANEXO II Relación de pólizas de seguros

(Omitido)

ANEXO III
Autorizaciones de uso de Vehículos

Autorización para la cesión de Vehículos de Volkswagen Group España Distribución, SA, a terceros

D. …………………………………, con DNI ……………… y domicilio en ………………., actuando en nombre y representación de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno:

– Recibe como cesionario el Vehículo propiedad de Volkswagen Group España Distribución, SA, cuyos datos son:

Modelo ……………, bastidor n.º ……………, matrícula …………………….

– El referido Vehículo se cede con el objeto de ser utilizado durante la Cumbre de Países del Sur de la UE hasta el día 12 de abril de 2017, fecha en que deberá devolverlo en Madrid a Volkswagen Group España Distribución, SA.

La recepción del vehículo supone la aceptación íntegra de las condiciones que figuran en este documento.

Madrid, ........ de ................................ de 2017.

Conforme:

El interesado

Por Volkswagen Group España Distribución, SA

Condiciones:

1. La Presidencia del Gobierno asume todas las responsabilidades que puedan derivarse por culpa o negligencia en el cuidado y uso del Vehículo, por utilizarlo con finalidad distinta a la específicamente señalada o por cesión del mismo a un tercero sin el conocimiento y autorización escrita de Volkswagen Group España Distribución, SA, comprometiéndose a devolver el coche a Volkswagen Group España Distribución, SA, el día de vencimiento del plazo de prestación.

2. Volkswagen Group España Distribución, SA, no se hace responsable de aquellas sanciones que pudieran producirse imputables a infracciones cometidas por el conductor y motivadas por cualquiera de las siguientes causas:

a) Carencia de permiso de conducir o no llevarlo en el momento de ser requerido.

b) Circular con el coche sin que este reúna las condiciones exigidas por Tráfico, motivadas por averías, desperfectos, etc., que tuvieran origen posterior a la entrega del coche por Volkswagen Group España Distribución, SA.

c) Extravío de la documentación.

d) Aparcamiento indebido.

e) Así como todas aquellas contravenciones al Código de la Circulación que pudieran producirse.

3. Volkswagen Group España Distribución, SA, no asume ninguna responsabilidad por los daños que puedan derivarse del uso del Vehículo para el conductor, sus familiares o terceras personas que, en su caso, puedan viajar en el mismo, cualquiera que sea la causa que los produjera y que excedan de la cobertura de riesgo que amparan los seguros que se indican a continuación:

a) Seguro obligatorio.

b) Daños a terceros con las siguientes coberturas:

i. Daños a terceros.

ii. Responsabilidad civil ilimitada.

iii. Defensa criminal.

iv. Reclamación de daños.

c) Seguro de Ocupantes en los límites establecidos en la Póliza suscrita por Volkswagen Group España Distribución, SA, a estos efectos.

4. En caso de accidente, deberán comunicarlo a Volkswagen Group España Distribución, SA, en un plazo no superior a tres días a partir de la fecha del siniestro.

Los gastos de combustible corren por cuenta de la Presidencia del Gobierno para el uso de este Vehículo.

Autorización para la cesión de vehículos de SEAT, SA, a terceros

D. …………………………………, con DNI ……………… y domicilio en………………., actuando en nombre y representación de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno:

– Recibe como cesionario el vehículo propiedad de SEAT, SA, cuyos datos son:

Modelo ……………, bastidor n.º ……………, matrícula …………………….

– El referido vehículo se cede con el objeto de ser utilizado durante la Cumbre de Países del Sur de la UE hasta el día 12 de abril de 2017, fecha en que deberá devolverlo en Madrid a SEAT, SA. La recepción del vehículo supone la aceptación íntegra de las condiciones que figuran en este documento.

Madrid, ........ de ................................ de 2017.

Conforme:

El interesado

Por SEAT, SA

Condiciones:

1. La Presidencia del Gobierno asume todas las responsabilidades que puedan derivarse por culpa o negligencia en el cuidado y uso del Vehículo, por utilizarlo con finalidad distinta a la específicamente señalada o por cesión del mismo a un tercero sin el conocimiento y autorización escrita de SEAT, SA, comprometiéndose a devolver el coche a SEAT, SA, el día de vencimiento del plazo de prestación.

2. SEAT, SA, no se hace responsable de aquellas sanciones que pudieran producirse imputables a infracciones cometidas por el conductor y motivadas por cualquiera de las siguientes causas:

a) Carencia de permiso de conducir o no llevarlo en el momento de ser requerido.

b) Circular con el coche sin que este reúna las condiciones exigidas por Tráfico, motivadas por averías, desperfectos, etc., que tuvieran origen posterior a la entrega del coche por SEAT, SA.

c) Extravío de la documentación.

d) Aparcamiento indebido.

e) Así como todas aquellas contravenciones al Código de la Circulación que pudieran producirse.

3. SEAT, SA, no asume ninguna responsabilidad por los daños que puedan derivarse del uso del Vehículo para el conductor, sus familiares o terceras personas que, en su caso, puedan viajar en el mismo, cualquiera que sea la causa que los produjera y que excedan de la cobertura de riesgo que amparan los seguros que se indican a continuación:

a) Seguro obligatorio.

b) Daños a terceros con las siguientes coberturas:

i. Daños a terceros.

ii. Responsabilidad civil ilimitada.

iii. Defensa criminal.

iv. Reclamación de daños.

c) Seguro de Ocupantes en los límites establecidos en la Póliza suscrita por SEAT, SA, a estos efectos.

4. En caso de accidente, deberá comunicarse a SEAT, SA, en un plazo no superior a tres días a partir de la fecha del siniestro.

5. Los gastos de combustible corren por cuenta de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno para el uso de este Vehículo.

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