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Documento BOE-A-2017-3138

Resolución de 16 de marzo de 2017, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que, en ejecución de auto, se deja sin efecto la convocatoria de puesto de trabajo por el sistema de libre designación, efectuada por Resolución de 17 de mayo de 2016 y se anuncia nueva convocatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2017, páginas 20752 a 20755 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2017-3138

TEXTO ORIGINAL

A fin de llevar a puro y debido efecto y practicar lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo del auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo, de 8 de febrero de 2017, dictado en incidente de ejecución de la sentencia de la misma Sala (Sección Séptima), de 25 de abril de 2016, y a la vista del informe emitido por la Abogacía del Estado ante el Tribunal de Cuentas en fecha 10 de marzo de 2017,

Esta Presidencia, previo acuerdo de la Comisión de Gobierno, ha resuelto:

1.º Declarar sin efecto, en cumplimiento del auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo, de 8 de febrero de 2017, dictado en incidente de ejecución de la sentencia de la misma Sala (Sección Séptima), de 25 de abril de 2016, la convocatoria del procedimiento de provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación, aprobada por Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, de 17 de mayo de 2016 (BOE del 1 de junio), en lo que se refiere al puesto señalado con el número de orden 2:

Presidencia del Tribunal (Dirección Técnica). Subdirector/a Técnico/a. Número de puestos: 1. Nivel: 30. Complemento específico: 49.262,78 euros. Tipo de puesto: S. Administración: TC, A3. Subgrupo: A1. Cuerpos: CLTC, CATC y CSAP. Formación específica: Experiencia en emisión de Informes, Estudios, Consultas y Dictámenes de carácter jurídico y/o económico financiero. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar.

2.º Anunciar la convocatoria inmediata del puesto de trabajo que se indica a continuación, por el sistema de libre designación, indicando en forma expresa que ello se hace en ejecución de la sentencia 897/2016, de 25 de abril, para que, posteriormente y, tras la tramitación legal, se produzca su adjudicación en favor de quien en Derecho corresponda:

Presidencia del Tribunal (Dirección Técnica). Subdirector/a Técnico/a. Número de puestos: 1. Nivel: 30. Complemento específico: 49.262,78 euros. Tipo de puesto: S. Administración: TC, A3. Subgrupo: A1. Cuerpos: CLTC, CATC y CSAP. Código PRDTSTC01. Formación específica: Experiencia en emisión de Informes, Estudios, Consultas y Dictámenes de carácter jurídico y/o económico financiero. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar.

La convocatoria se ajustará a las siguientes bases:

Primera.

De acuerdo con el informe emitido por la Abogacía del Estado ante el Tribunal de Cuentas en fecha 10 de marzo de 2017, podrán participar en el presente procedimiento de provisión exclusivamente los funcionarios que solicitaron en su día el puesto de trabajo designado con el número de orden 1 en la convocatoria acordada por Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas de 26 de septiembre de 2013, por la que se convocó la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación (BOE de 1 de octubre), y que fue anulada por sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 7.ª), n.º 174/2016, de 2 de febrero de 2016.

Segunda.

Los funcionarios que solicitaron el citado puesto de trabajo en la convocatoria aprobada por Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, de 26 de septiembre de 2013, y no deseen participar en el presente procedimiento de provisión podrán renunciar a la solicitud que formularon en su día mediante el modelo de declaración que figura como Anexo, que dirigirán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, a la Presidencia del Tribunal de Cuentas (Registro General), Calle José Ortega y Gasset, número 100, 28006 Madrid, o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se entenderá que quienes no formulen la indicada comunicación de renuncia desean participar en la presente convocatoria y ratifican, a estos efectos, la solicitud de participación que formularon en su día.

Tercera.

El Tribunal podrá convocar a los solicitantes para la celebración de entrevistas personales que permitan deducir de la experiencia profesional del candidato sus aptitudes para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten.

Cuarta.

Previamente a la designación del funcionario seleccionado, si la designación fuera a recaer en un funcionario perteneciente a Cuerpos y Escalas del Subgrupo A1 de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local, el Tribunal de Cuentas requerirá informe favorable del Departamento u Organismo donde estuviere destinado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Quinta.

La situación administrativa del funcionario de las Administraciones Públicas que, en su caso, acceda al servicio del Tribunal por ser designado para el puesto solicitado, será la de servicios especiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93.3 de la Ley de Funcionamiento, modificado por el artículo 29 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

Sexta.

El funcionario de las Administraciones Públicas que, en su caso, se incorpore al Tribunal de Cuentas como consecuencia de esta convocatoria y que posteriormente cause baja en el mismo, se reincorporará al Ministerio, Organismo o Administración de origen. Si la causa de la baja en el Tribunal de Cuentas fuera la elección o designación para otro puesto que diera lugar al pase a la situación de servicios especiales, cesará en este Tribunal, debiendo ser el Ministerio, Organismo o Administración Pública de origen el que regularice la referida situación.

Séptima.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, la presente convocatoria se resolverá por la Comisión de Gobierno del Tribunal, por medio de Resolución de esta Presidencia, que se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado».

Octava.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y con la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y con el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3.c) de la Ley 2/1982, de 12 de mayo, Orgánica del Tribunal, y en el artículo 3.j) y disposición adicional primera.1 y 4 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 16 de marzo de 2017.–El Presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García.

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