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Documento BOE-A-2017-2917

Resolución de 7 de febrero de 2017, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Conocimiento, por la que se prorroga la autorización a la Joyería Tous, SA, como laboratorio para el ensayo y contrastación de garantía de objetos fabricados con metales preciosos.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 2017, páginas 19260 a 19261 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2017-2917

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por Joyería Tous, SA, que tiene el laboratorio ubicado en calle Ramon Llull, números 46-52, de Sabadell (08203), y domicilio social en calle Carme, número 2, de Lérida (25007).

Visto el informe favorable de evaluación técnica, realizado por los servicios técnicos de esta Dirección General con el número 30/2016, del laboratorio para el ensayo y contrastación de garantía de objetos fabricados con metales preciosos de la empresa, nombrado C-24.

Vista la resolución del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de fecha 29 de enero de 2002, mediante la que se designa el laboratorio de Joyería Tous como laboratorio autorizado C-24 para el ensayo y contrastación de garantía de objetos fabricados por esta empresa con metales preciosos.

Visto lo que establece el artículo 6, de la Ley 17/1985, de 1 de julio, de objetos fabricados con metales preciosos (BOE número 158, del 3), y los artículos 20 y siguientes del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento que la despliega (BOE número 60, de 10 de marzo), modificado por Real Decreto 968/1988, de 9 de septiembre (BOE número 218, del 10).

Visto lo que establece el artículo 7 de la Orden de 15 de diciembre de 1988, del Departamento de Industria y Energía de aplicación del Reglamento de la Ley 17/1985, de objetos fabricados con metales preciosos («DOGC» número 1.085, de 23 de diciembre de 1988), he resuelto:

Primero.

Prorrogar a partir de la fecha de caducidad de la última autorización a favor de la empresa Joyería Tous, SA, la habilitación de su laboratorio, para el ensayo y contrastación de los objetos fabricados por esta empresa con metales preciosos.

Segundo.

Cuando este a punto de acabar el plazo válido que se le concede, 29 de enero de 2020, la empresa, si lo desea, solicitará a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial una nueva prórroga.

Tercero.

Antes que finalice cada año natural, la entidad Joyería Tous, SA, será auditada por los servicios técnicos de esta Dirección General y tendrá que mostrarse conforme a las disposiciones legales que le sean de aplicación.

Cuarto.

Continúan vigentes los mismos condicionamientos que figuraban en la resolución inicial de autorización del laboratorio.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 7 de febrero de 2017.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P. D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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