Content not available in English
Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a la entidad Gesiuris Asset Management, SGIIC, SA, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 81, letra m), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 94.3 de dicho texto legal, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 7 de diciembre de 2016, que tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
– Imponer a Gesiuris Asset Management, SGIIC, SA, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 81, letra m), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, por el incumplimiento del artículo 43, apartado 1, letra j), del mismo texto legal y su normativa de desarrollo, por presentar deficiencias significativas en los procedimientos de control interno, en relación con el procedimiento de compraventa de valores para las carteras de las IIC y carteras gestionadas, que tenía implementada a fecha 28 de febrero de 2014, habiendo transcurrido el plazo concedido al efecto para su subsanación; una multa por importe de 45.000 euros (cuarenta y cinco mil euros).
Madrid, 21 de febrero de 2017.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Sebastián Albella Amigo.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid