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Documento BOE-A-2017-2187

Orden JUS/170/2017, de 1 de febrero, por la que se acuerda la pérdida de la condición de Fiscal de don Emilio Valerio Martínez de Muniaín.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2017, páginas 14227 a 14227 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-2187

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 15 de diciembre de 2016, como consecuencia de expediente disciplinario, la Secretaria de Estado de Justicia, por delegación del Sr. Ministro de Justicia, por Orden JUS/696/2015, de 16 de abril, declaró a don Emilio Valerio Martínez de Muniaín autor de una falta muy grave del artículo 62, n.º 6, de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal consistente en «el ejercicio de cualquiera de las actividades incompatibles con el cargo de Fiscal, establecidas en el artículo cincuenta y siete de esta Ley, salvo las que puedan constituir falta grave con arreglo a lo dispuesto en su artículo sesenta y tres», imponiéndole la sanción de separación del servicio de conformidad con el artículo 66 del citado cuerpo legal.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 46.c) del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, es causa de la pérdida de la condición de Fiscal la «sanción disciplinaria de separación del servicio».

Siendo firme la citada Resolución sancionadora en vía administrativa por no haberse interpuesto recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

Este Ministerio, en uso de las competencias que tiene conferidas, resuelve:

Declarar la pérdida de la condición de Fiscal a don Emilio Valerio Martínez de Muniaín, con la anotación correspondiente en el expediente personal del interesado y con efectos del día de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente de reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 1 de febrero de 2017.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.

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