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Documento BOE-A-2017-1756

Resolución de 6 de febrero de 2017, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 7 de diciembre de 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2017, páginas 11439 a 11440 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-1756

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 7 de diciembre de 2016 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de diciembre), se anunciaron para su cobertura por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en relación con el artículo 56 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y el cumplimiento por parte de las candidatas elegidas de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, ser idóneas para el desempeño de los puestos que se les asigna, y ostentar la capacidad y competencias personales y profesionales, de acuerdo con la valoración efectuada por el Centro Directivo del que dependen los puestos de trabajo convocados,

Esta Subsecretaría dispone:

Primero.

Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el Anexo adjunto.

Segundo.

La toma de posesión de los nuevos destinos se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, antes citado.

Tercero.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 6 de febrero de 2017.–El Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

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