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Documento BOE-A-2017-15789

Resolución 420/38304/2017, de 19 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda correspondiente a la Comunidad de Castilla y León para el año 2017, al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 316, de 29 de diciembre de 2017, páginas 130173 a 130177 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-15789

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 27 de noviembre de 2017 Adenda entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Castilla y León al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, referente el año 2017, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 19 de diciembre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Adenda entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Castilla y León al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, referente el año 2017

En León, a 27 de noviembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Arturo Romaní Sancho, Subsecretario de Defensa, nombrado por Real Decreto 491/2016, de 18 de noviembre, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma de la Ministra de Defensa, expresamente concedida para este acto.

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Fernando Rey Martínez, Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 8/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, actuando en nombre y representación de la Comunidad de Castilla y León, en ejercicio de la competencia referida en el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el 24 de marzo de 2015, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima del citado convenio establece la creación de una Comisión de Seguimiento mixta, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar así como proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los centros docentes militares de formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del convenio, para cada ejercicio, las autoridades firmantes o aquellas en quien deleguen, excepto las del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante adenda determinarán las titulaciones a impartir, el personal docente que deberá proporcionar cada Comunidad Autónoma y el importe máximo de los créditos a transferir por el Ministerio de Defensa, que se corresponderá con el importe efectivo del personal aportado así como la forma de hacerlo.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar, para el presente año 2017, las titulaciones de Formación Profesional de Grado Superior a impartir en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, el personal docente que deberá aportar la Comunidad de Castilla y León y, el importe máximo de los créditos a transferir por el Ministerio de Defensa, que se corresponderá con el importe efectivo del personal que la Comunidad Autónoma de Castilla y León aporte.

Segunda. Titulaciones a impartir y centros.

Durante el año 2017 se impartirán las titulaciones de técnico superior siguientes:

Academia Básica del Aire (ABA) en León:

Técnico Superior de Formación Profesional en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos. Especialidades fundamentales: Protección y Apoyo a la Fuerza y Control Aéreo y Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

Técnico Superior de Formación Profesional en Mantenimiento Aeromecánico. Especialidad fundamental: Mantenimiento Operativo.

Academia de Caballería del Ejército de Tierra (ACAB) en Valladolid:

Técnico Superior de Formación Profesional en Asistencia a la Dirección. Especialidad: Caballería.

Academia de Artillería del Ejército de Tierra (ACART) en Segovia:

Técnico Superior de Formación Profesional en Mecatrónica Industrial y Administración de Sistemas Informáticos en Red (se dan las dos titulaciones a las dos especialidades). Especialidades: Artillería de Campaña y Artillería Antiaérea.

Tercera. Aportaciones de la Consejería de Educación.

Le corresponde a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León proporcionar el personal docente siguiente:

Academia Básica del Aire (ABA) en León:

De 1 de enero a 31 de diciembre: once (11) profesores a jornada completa y uno (1) a jornada parcial, con los siguientes requisitos:

5 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de Sistemas Electrónicos.

3 Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Equipos Electrónicos.

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria especialidad Formación y Orientación Laboral (FOL), uno de ellos a media jornada (12 horas semanales).

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria especialidad Inglés.

De ellos 1 desempeñará las funciones de Jefe de Estudios Adjunto y 1 de Jefe de Departamento.

Academia de Caballería del Ejército de Tierra (ACAB) en Valladolid:

De 1 de enero a 31 de diciembre: seis (6) profesores a jornada completa con los siguientes requisitos:

4 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de Administración de Empresas.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de FP, especialidad Procesos de Gestión Administrativa.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Inglés.

De 1 de enero a 15 de julio: dos (2) profesores a jornada completa y uno (1) a media jornada con los siguientes requisitos:

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de FP, especialidad Procesos de Gestión Administrativa.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad lengua francesa.

1 Profesor a media jornada del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Inglés.

De ellos 1 desempeñará las funciones de Jefe de Coordinador (Jefe de Estudios Adjunto y 1 de Jefe de Departamento).

Academia de Artillería del Ejército de Tierra (ACART) en Segovia:

De 1 de enero a 31 de diciembre: 12 profesores con los siguientes requisitos:

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.

2 Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Instalaciones Electrotécnicas.

3 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Informática.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Sistemas y Aplicaciones Informáticas.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad FOL.

3 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Inglés.

De 1 de enero a 15 de julio: dos (2) profesores a jornada completa y uno (1) a media jornada con los siguientes requisitos:

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.

1 Profesor de Enseñanza Secundaria especialidad FOL a media jornada.

De ellos 1 desempeñará las funciones de Profesor Coordinador (Jefe de Estudios Adjunto) y 2 Profesores Jefes de Departamento.

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración al que se realiza esta adenda, suscrito el 24 de marzo de 2015.

Sin menoscabo de sus responsabilidades en la impartición de los ciclos de Formación Profesional de Grado Superior y sólo cuando su carga lectiva lo permita, el personal docente, en virtud de esta adenda, podrá participar en la realización de pruebas libres para la obtención de determinados módulos o Títulos de Formación Profesional de Grado Medio, si en los Centros Docentes Militares de Formación a los que han sido asignados y como consecuencia de la Orden ECD/2254/2015, de 15 de octubre, las citadas pruebas fuesen autorizadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el personal de Tropa y Marinería.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

Para el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de noviembre de 2017, la aportación máxima del Ministerio de Defensa por el objeto de esta adenda, será de un millón doscientos setenta y seis mil setenta y nueve euros con cincuenta céntimos (1.276.079,50 €) con cargo al crédito de 2017 y, para el período comprendido entre 1 y el 31 de diciembre de 2017 será de ciento dieciséis mil siete euros con veintitrés céntimos (116.007,23 €), con cargo al crédito de 2018, de la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450.–Transferencias a CCAA. Formación Escuela de Suboficiales.

La transferencia de las cuantías se efectuará de conformidad con el reconocimiento de la obligación, una vez concluidas las actividades de cada uno de los períodos especificados.

A la finalización de cada uno de los períodos, se transferirá la cantidad requerida por la Comunidad de Castilla y León en función de los costes derivados de los haberes devengados a los profesores en dicho período. A tal efecto, por el jefe de estudios adjunto del centro, certificará, el número y especialidad de los profesores que imparten los correspondientes títulos de Formación Profesional, y la Comunidad de Castilla y León rendirá cuenta justificativa en la que se acrediten los profesores y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que les sea de aplicación.

La cantidad correspondiente se transferirá mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto designe la Comunidad de Castilla y León.

Sexta. Vigencia.

Esta adenda tendrá vigencia a lo largo del año 2017.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en tres ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ministerio de Defensa, Arturo Romaní Sancho.–Por la Comunidad de Castilla y León, Fernando Rey Martínez.

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