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Documento BOE-A-2017-15675

Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, por la que se publica la Adenda al Convenio con Sepes, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para la construcción de 600 viviendas protegidas en Melilla, suscrito el 18 de noviembre de 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 28 de diciembre de 2017, páginas 129322 a 129324 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2017-15675

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 1 de diciembre de 2017 fue suscrita, previa tramitación reglamentaria, la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Fomento (extinto Ministerio de Vivienda) y SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para la construcción de 600 viviendas protegidas en Melilla suscrito el 18 de noviembre de 2008.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se publica en el Boletín Oficial del Estado dicha Adenda al Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de diciembre de 2017.–El Director General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, Antonio Aguilar Mediavilla.

ANEXO
Adenda al Convenio entre el Ministerio de Fomento (extinto Ministerio de Vivienda) y SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, para la construcción de 600 viviendas protegidas en Melilla suscrito el 18 de noviembre de 2008

Madrid, 1 de diciembre de 2017.

ASISTENTES

Por el Ministerio de Fomento, el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, que actúa al amparo de lo dispuesto en el art. 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y conforme al apartado 7.1 de la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, Sr. Julio Gómez-Pomar Rodríguez.

De otra: Por la Entidad Pública Empresarial de Suelo, SEPES, la Directora General, en virtud del nombramiento del Acuerdo del Consejo de Administración de 13 de enero de 2012, y conforme a las facultades atribuidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.1 del Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el estatuto de dicha Entidad, Sra. Lucía Molares Pérez.

Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada una interviene, capacidad legal necesaria para el otorgamiento de esta Adenda y al efecto,

EXPONEN

I. El 11 de diciembre de 2007 el extinto Ministerio de Vivienda y la Ciudad de Melilla suscribieron un Acuerdo Marco para financiar un Plan de Construcción de 600 viviendas protegidas para arrendamiento en dicha ciudad, con el fin de atender a la carencia de viviendas para un sector de la población con bajo nivel de renta.

II. La Estipulación Cuarta, punto 3 del citado Acuerdo dispone que la gestión del Plan, en la parte correspondiente al extinto Ministerio de Vivienda, se llevará a cabo a través de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, Entidad de Derecho Público, dependiente del citado Departamento; con personalidad jurídica propia, independiente de la del Estado, plena capacidad jurídica y de obrar para el desarrollo de sus fines, patrimonio propio, administración autónoma y que por Ley ha de ajustar su actividad al ordenamiento jurídico-privado.

III. El 21 de diciembre de 2007, el extinto Ministerio de Vivienda y SEPES Entidad Pública Empresarial del Suelo firmaron el primer Convenio para la construcción de 600 viviendas protegidas en Melilla, de las cuales el 50 % serán en alquiler de renta básica a diez años, con opción de compra para los inquilinos, ejercitable a partir de esa fecha.

IV. La cláusula primera del citado Convenio de 21 de diciembre de 2007 establecía como objeto de este encomendar a SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, el inicio de las actuaciones para la gestión del Plan de construcción de las citadas viviendas.

V. El expositivo octavo del Convenio de 21 de diciembre de 2007, establece que para la financiación de las obras de construcción y urbanización de las 600 viviendas, por importe de 48.000.000 €, posteriormente se firmaría un nuevo Convenio de Colaboración para la financiación de la cantidad resultante tras descontar el pago de la anualidad de 2007, objeto del Convenio.

Con cargo a dicho convenio de diciembre de 2007, el Ministerio de Fomento aporta y abona a través de la aplicación presupuestaria 27.09.261N.740.02 un total de cuatro millones seiscientos cincuenta y siete mil novecientos veinte euros, (4.657.920 €).

VI. Con motivo de dar cumplimiento a los compromisos suscritos por el Ministerio y la Ciudad de Melilla, y a efectos de financiar la gestión del Plan de construcción de las 600 viviendas protegidas en la Ciudad de Melilla, el 18 de noviembre de 2008, el extinto Ministerio de Vivienda y SEPES suscribieron el Segundo Convenio de Colaboración ya referido. Dicho Convenio tenía por objeto definir las aportaciones económicas del Ministerio, a realizar durante los años 2008 a 2012, para la gestión del Plan de construcción de 600 viviendas protegidas para arrendamiento en la ciudad de Melilla.

Así, la cláusula tercera del citado Convenio disponía que el Ministerio, a través de la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda, se compromete a aportar, un total de cuarenta y tres millones trescientas cuarenta y dos mil ochenta euros (43.342.080 €), de acuerdo con las anualidades que se indican a continuación, supeditadas a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y susceptibles de reajuste, con traspaso a anualidades posteriores conforme al procedimiento normativamente previsto, en caso de inejecución de la cuantía correspondiente a cualquiera de ellas:

Anualidad Importe en euros

2008

4.657.920

2009

8.000.000

2010

8.000.000

2011

12.000.000

2012

10.684.160

TOTAL 43.342.080

VII. Con fecha 23 de mayo de 2011, se reunió la Comisión de Seguimiento del Convenio, procediéndose a realizar un repaso de la situación de las obras. El estado de las actuaciones es el reflejado en el punto segundo del Acta de la Comisión de Seguimiento.

VIII. Teniendo en cuenta lo estipulado en la cláusula tercera del Convenio suscrito con fecha 18 de noviembre de 2008, así como el estado de las actuaciones y la previsión de ejecución de las obras, se acordó, tal y como se recoge en el punto segundo del Acta de 23 de mayo de 2011, la firma de una adenda al citado Convenio.

Esta adenda se firmó con fecha de 18 de noviembre de 2011 y supuso ampliar el número de anualidades hasta el año 2017 no consignando cantidad alguna en la anualidad 2011 y 2012, y la redistribución del importe total, resultando las siguientes anualidades:

Anualidad Importe en euros

2008

4.657.920

2009

8.000.000

2010

8.000.000

2011

0

2012

0

2013

1.000.000

2014

5.000.000

2015

5.000.000

2016

5.000.000

2017

6.684.160

TOTAL 43.342.080

Visto lo anterior, y para adecuar el instrumento jurídico que rige la relación entre las partes al ritmo real de las actuaciones se adoptan las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

La presente Adenda tiene por objeto acordar la prórroga del plazo de ejecución de las actuaciones y de la justificación de las inversiones establecida en la adenda de 18 de noviembre de 2011 entre el Ministerio de Fomento y la entidad Pública Empresarial de Suelo SEPES, cláusula Tercera, para la gestión del Plan de construcción de un máximo de 600 viviendas protegidas para arrendamiento en la ciudad de Melilla, adaptando dichos plazos al ritmo real de las actuaciones, tal y como queda reflejado en el actual programa de actuaciones para el desarrollo del acuerdo marco.

Segunda. Nuevo plazo de ejecución y duración del Convenio.

De acuerdo con lo previsto en el actual programa de actuaciones, el plazo de ejecución de las éstas se amplía hasta el 2 de octubre de 2020, coincidiendo éste con la duración del convenio suscrito el 18 de noviembre de 2008, que también se amplía hasta el 2 de octubre de 2020, modificándose mediante esta adenda su cláusula quinta.

Este plazo podrá ser prorrogado, con sujeción a las previsiones y límites que prevé en su artículo 49 la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Naturaleza jurídica.

La presente Adenda forma parte del Convenio suscrito entre ambas partes el 18 de noviembre de 2008 para la construcción de 600 viviendas protegidas para arrendamiento en Melilla, tiene naturaleza jurídica administrativa y se celebra al amparo de lo previsto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarta. Obligaciones y compromisos económicos para las partes.

Con la firma de esta adenda no surgen obligaciones ni compromisos económicos para las partes.

Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo en el lugar y fecha en su encabezamiento indicados.–El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Sr. Julio Gómez-Pomar Rodríguez.–La Directora General de la Entidad Pública Empresarial de Suelo, SEPES, Sra. Lucía Molares Pérez.

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