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Documento BOE-A-2017-15645

Resolución de 14 de diciembre de 2017, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Asociación Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 28 de diciembre de 2017, páginas 129070 a 129074 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2017-15645

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Asociación Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno –Provacuno–.

Madrid, 14 de diciembre de 2017.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA ASOCIACIÓN INTERPROFESIONAL AGROALIMENTARIA DE LA CARNE DE VACUNO –PROVACUNO–

De una parte, don Juan Manuel Bonet Planes, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 49/2017, de 27 de enero de 2017 («BOE» de 28 de enero), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, CP 28014, Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Y de otra parte, don Marino Medina Martínez, Presidente de la Asociación Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno –Provacuno–, cargo para el que fue nombrado en Asamblea General Ordinaria de 28 de junio de 2016, según consta en certificación de 6 de octubre de 2016, actúa en nombre y representación de esta asociación, en virtud de lo establecido en el artículo 26 de sus Estatutos, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Infanta Mercedes, 13, 4.ª planta, CP 28020, Madrid, y NIF G-85305009.

Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro, creado al amparo de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, cuyos fines primordiales son la promoción universal de la lengua española y la difusión de la cultura en español en el exterior, así como el fomento de cuantas actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como lengua extranjera.

II. Que Provacuno es una Organización Interprofesional Agroalimentaria, reconocida como organización interprofesional agroalimentaria del sector vacuno de carne por Orden AAA/2501/2014, de 23 de diciembre, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, e inscrita en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, entre cuyos fines figuran, según el artículo 8 de sus Estatutos, el de realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias y el de promoción del consumo de productos en el mercado interior y en los mercados exteriores y el suministro de información al respecto.

III. Que el Instituto Cervantes cuenta con una red de centros en el exterior de España, a través de los cuales lleva a cabo los fines que tiene encomendados.

IV. Que las partes desean establecer conjuntamente las bases para emprender su colaboración, con la intención de organizar un programa de acciones comunes, en el marco de los fines que ambas partes tienen encomendados de difusión del activo cultural que constituye la gastronomía.

V. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.

VI. Que, asimismo, su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, con fecha 20 de septiembre de 2017.

VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes aprobó, en su sesión de 30 de septiembre de 2010, los criterios para la firma de convenios de colaboración con instituciones, tanto culturales como de carácter social, así como con todo tipo de entidades del sector público para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de los fines del Instituto Cervantes.

De acuerdo con lo anterior, ambas partes deciden formalizar el presente convenio específico de colaboración de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre el Instituto Cervantes y Provacuno para la organización, de 2018 a 2020, de actividades que contribuyen a la difusión de la cultura, en particular las relacionadas con la gastronomía, en los centros del IC el exterior y que podrá incluir, entre otras, las siguientes actuaciones:

1. Presentaciones: realización de una presentación que vincule el carácter español, y tradicional de los productos derivados del vacuno, con la imagen de España; sus relaciones en cualquier rama de la cultura (literatura, pintura, cine, etc.). La presentación ahondaría en la difusión de características positivas (salud, calidad, seguridad, modernas tecnologías, aceptación gastronómica, adecuación a cualquier tipo de consumidor y bolsillo, etc.). Finalmente, se expondría la interrelación con la cultura y tradiciones de los países de destino: relaciones culinarias, artísticas e históricas.

2. Exhibiciones culinarias: realización de una exhibición culinaria que entrelazara la tradición española de los productos de vacuno, y la tradición gastronómica de cada uno de los países visitados. Para ello, un reconocido cocinero español trabajaría con un cocinero igualmente reconocido de cada país en la creación de recetas que incluyan a estos productos en su composición. Se realizaría una exhibición de estos cocineros, enseñando a cocinar alguna receta a los asistentes, mezclando sabores y cultura de España y del país visitado.

3. Organización de cócteles para los asistentes a las citadas presentaciones y exhibiciones, así como a otras actividades que se celebren en los centros y sedes del IC y que acuerden las partes, con aportación por Provacuno de productos, acompañada (en su caso), de vinos españoles.

4. Entrega de regalos e información al finalizar el acto: con una muestra de productos y documentación informativa sobre el proceso productivo, las aplicaciones culinarias y recomendaciones nutricionales.

Las actuaciones de este programa podrán ejecutarse, en su totalidad o solamente alguna de ellas, en los centros del Instituto Cervantes en el exterior, o en sus sedes de Madrid y Alcalá de Henares.

Segunda. Compromisos de las partes.

El Instituto Cervantes, a través de los centros en los que se desarrollen las actividades, asume los siguientes compromisos para llevar a cabo la colaboración objeto del presente convenio:

− Aportar, para la realización de las actividades que ambas partes acuerden, y en función de sus disponibilidades, un espacio en el centro o sede correspondiente, así como facilitar el uso de los medios audiovisuales y del resto de medios de que disponga que sean necesarios para el desarrollo de las actividades.

− Realizar una convocatoria al más alto nivel posible entre las personalidades que puedan de ser de interés dentro del país de que se trate y dar publicidad a las actividades que desarrollen.

Por su parte, Provacuno se compromete a:

− Desarrollar a su cargo las actuaciones que acuerden las partes para cada centro o sede de entre las recogidas en la cláusula primera. Provacuno se encargará, en su caso, de contactar con los cocineros participantes y, en todo caso, aportará la totalidad de los productos y recursos materiales y humanos necesarios para la realización de las actividades enumeradas en la cláusula primera (entre otros, carnes frescas, casquería, otros productos locales de cada país necesarios para las exhibiciones culinarias, vinos, platos, vasos, cubiertos, y cocineros, azafatas u otro personal de apoyo, etc.). Específicamente, Provacuno sufragará los gastos de traslado, dietas y alojamientos de cualquier persona que vaya a participar en cualquiera de las actividades.

− En el caso de que los centros o las sedes del Instituto Cervantes no cuenten con las instalaciones adecuadas para realizar la demostración culinaria, Provacuno cubrirá todos los gastos derivados del alquiler y montaje de un lugar habilitado a tal efecto. Asimismo, Provacuno facilitará la disposición de un espacio complementario, cuando sea necesario, para la preparación del cóctel.

Tercera. Financiación.

Provacuno asume todos los compromisos de gastos relativos a las actividades que se generen en virtud del presente convenio durante su vigencia.

La suscripción del presente convenio no implica la transferencia de recursos del Instituto Cervantes a Provacuno, ni un compromiso de realización de gastos por parte del Instituto Cervantes, que asumirá los compromisos que reconoce en el presente convenio a través de sus propios medios materiales y humanos en cada uno de los centros o sedes en que tenga lugar esta colaboración.

Cuarta. Difusión y publicidad del programa.

Ambas partes promoverán la divulgación de las actividades objeto del presente convenio, y se comprometen a dar la máxima difusión posible a través de sus canales habituales y, en especial, a través de Internet u otros soportes electrónicos. En los soportes de publicidad y difusión del programa, deberán aparecer las señas de identidad del Instituto Cervantes y de Provacuno de acuerdo con sus respectivas normativas o manuales de imagen corporativa. Asimismo, las partes, de mutuo acuerdo, podrán incorporar el logotipo o señas de identidad corporativa de cualquier otra entidad que colabore en las actividades. En tal caso deberán comunicar y proporcionar a la otra parte la denominación e imagen de la entidad patrocinadora e indicar, en su caso, los soportes y material de divulgación en los que se incluirá dicha imagen.

La autorización recíproca de las partes para la utilización de la imagen corporativa de la otra se limita única y exclusivamente a los fines previstos en este convenio y se extinguirá automáticamente en el momento de terminación del mismo, cualquiera que sea la causa. Esta autorización mencionada no supone la concesión a favor de Provacuno de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la marca del Instituto Cervantes, ni viceversa.

Quinta. Propiedad intelectual y derechos de imagen.

Provacuno se responsabilizará de gestionar todos los derechos de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de cualquier otro tipo necesarios para la celebración de las actividades y para la difusión de las mismas y se compromete, asimismo, a mantener indemne al Instituto Cervantes de cualquier reclamación que recibiera de terceros al respecto de la legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente.

En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha parte a facilitar a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública, incluida la puesta a disposición del público a través de Internet, del material audiovisual realizado en virtud del presente convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.

Sexta. Colaboración con otras instituciones.

Ambas partes, de mutuo acuerdo, podrán promover la participación de otras instituciones que puedan contribuir a la realización y al desarrollo de las actividades que se realicen en ejecución del presente convenio.

Ambas partes deberán autorizar la participación de otras instituciones que pudieran, en su caso, colaborar en la realización de las actividades y cualquier iniciativa de información a los medios de comunicación sobre actividades, conclusiones o resultados relacionados con el desarrollo y ejecución de este convenio y, en su caso, estas deberán ser planificadas y ejecutadas con pleno conocimiento y autorización de los responsables de comunicación de Provacuno y del Instituto Cervantes.

Séptima. Mecanismo de seguimiento y control.

El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente convenio se realizará mediante el intercambio de la información entre las partes y la elaboración de informes de evaluación y de valoración de los resultados.

Cada parte designará al responsable del seguimiento del presente convenio.

Octava. Vigencia, causas de resolución y consecuencias del incumplimiento.

El presente convenio queda perfeccionado desde la fecha de la firma del último de los signatarios y resultará eficaz una vez inscrito en el en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el Boletín Oficial del Estado y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2020, pudiendo ser prorrogado expresamente por periodos bianuales, hasta un máximo de cuatro años más.

El presente convenio podrá resolverse anticipadamente por cualquiera de las siguientes causas:

• Por mutuo acuerdo de las partes, en cualquier momento.

• Por denuncia expresa de cualquiera de las partes con un preaviso mínimo de tres meses a la fecha en que se desee darlo por resuelto.

• Por incumplimiento de las obligaciones de las partes.

En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los responsables del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la parte incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

Ambas partes se reservan la facultad de resolver unilateralmente este convenio, en cualquier momento, si media causa justificada y suficiente, comunicándoselo por escrito a la otra parte con una antelación mínima de tres meses a la fecha en la que deseen darlo por resuelto.

En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar el desarrollo de las acciones ya iniciadas en el momento de notificación de la denuncia.

Novena. Eficacia.

El Instituto Cervantes realizará la preceptiva comunicación de la firma del presente Convenio de colaboración al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, para su inscripción en el mismo.

Asimismo, el Instituto Cervantes realizará la tramitación de la publicación del presente convenio en el «Boletín Oficial del Estado», para su eficacia.

Décima. Colaboración de las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Undécima. Naturaleza y régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Duodécima. Resolución y jurisdicción.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo será resuelta por ellas de común acuerdo, a través de los representantes que designen para ello.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman el presente convenio de colaboración en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.

Madrid, 17 de noviembre de 2017.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Juan Manuel Bonet Planes.

Madrid, 29 de noviembre de 2017.–Por Provacuno, el Presidente, Marino Medina Martínez.

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