A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en la redacción dada por el artículo 33.tres de la Ley 11/2013, de 26 de julio, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora,
Esta Secretaría General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el segundo semestre de 2017, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 19 de diciembre, el tipo de interés aplicado ha sido el 0,00 por 100.
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en la redacción dada por el artículo 33.tres de la Ley 11/2013, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2018 es el 8,00 por 100.
Madrid, 21 de diciembre de 2017.–La Secretaria General del Tesoro y Política Financiera, P. S. (Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo), el Director General del Tesoro, Carlos San Basilio Pardo.
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