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Documento BOE-A-2017-15317

Resolución 400/38292/2017, de 15 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Científicos Superiores de la Defensa, convocado por Resolución de 17 de noviembre de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 22 de diciembre de 2017, páginas 127274 a 127274 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-15317

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución 400/38265/2017, de 17 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27) de la Subsecretaría de Defensa, se convocó proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en la Escala de Científicos Superiores de la Defensa, figurando en el anexo III de la citada convocatoria la composición del Tribunal Calificador.

Como consecuencia de error en la propuesta de miembros que componen el Tribunal titular calificador número 8, enviada por el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», y a petición del citado organismo, se procede a su rectificación en los siguientes términos:

Anexo III, Tribunal calificador, Tribunal titular:

Baja: Secretaria: Doña Sagrario Alonso Díaz, Capitán Psicólogo del Cuerpo Militar de Sanidad.

Alta: Secretaria: Doña Matilde Gil García, funcionaria de la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid 15 de diciembre de 2017.–El Subsecretario de Defensa, Arturo Romaní Sancho.

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