Por Resolución de 19 de marzo de 2015 («Boletín Oficial del Principado de Asturias» del 30), la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, convocó procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y procedimientos para adquisición de nuevas especialidades.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por Resolución de 10 de octubre de 2017 («BOPA» de 7 de noviembre), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a determinados aspirantes que por diversas causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio).
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 19 de marzo de 2015, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2017.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 13 de diciembre de 2017.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.
NRP |
Apellidos y nombre |
DNI |
Puntuación |
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CUERPO: 0597 MAESTROS |
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ESPECIALIDAD: 32 LENGUA EXTRANJERA: INGLÉS |
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1144037635 A0597 |
CUERVO MARTÍNEZ, CRISTINA. |
011440376 |
7,2049 |
ESPECIALIDAD: 37 AUDICIÓN Y LENGUAJE |
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7164789546 A0597 |
VÁZQUEZ PRADA, LORENA. |
071647895 |
6,9666 |
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