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Documento BOE-A-2017-15029

Resolución de 30 de noviembre de 2017, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve la convocatoria del concurso específico para la provisión de puestos de trabajo como consecuencia de la implantación de la oficina judicial en Blanes, convocado por la Resolución de 2 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 19 de diciembre de 2017, páginas 125088 a 125089 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2017-15029

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Resolución JUS/2319/2017, de 2 de octubre (DOGC núm. 7470, de 9.10.2017, y BOE núm. 243, de 9.10.2017), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo como consecuencia de la implantación de la oficina judicial en Blanes.

Visto lo que disponen la base reguladora undécima de la Resolución JUS/2319/2017, de 2 de octubre, así como el artículo 51 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, y vista la documentación presentada por las personas interesadas, así como la propuesta formulada por la Comisión de Valoración;

En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente, resuelvo:

1. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración y resolver el concurso, adjudicando con carácter definitivo los puestos de trabajo convocados a las personas que se indican a continuación:

El puesto de responsable de Equipo de Auxilio Judicial del Servicio Común Procesal General al señor Juan Guirao Ramírez, actualmente con destino en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. 6 de Blanes.

2. Declarar desierto el puesto de responsable del Registro Civil de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción; el puesto de responsable del Servicio Común Procesal General y el puesto de responsable del Servicio Común Procesal de Ejecución de la Oficina Judicial de Blanes.

3. De conformidad con la base duodécima de la Resolución de convocatoria, la toma de posesión de los nuevos destinos se tendrá que realizar en la fecha que se determine en la Orden de entrada en funcionamiento de las unidades procesales de apoyo directo, del Servicio Común Procesal General y del Servicio Común Procesal de Ejecución de la Oficina Judicial de Blanes.

4. Los titulares de un puesto de trabajo obtenido por concurso específico pueden renunciar a él mediante una solicitud razonada, en la que tendrán que hacer constar los motivos profesionales o personales para esta renuncia y siempre y cuando hayan ocupado el puesto como mínimo un año.

Información sobre los recursos que se pueden interponer.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona, o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14.1.2.ª, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos a contar a partir del día siguiente de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique la resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente del día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 30 de noviembre de 2017.–El Consejero de Justicia, P.D. (Resolución JUS/1040/2017, de 12 de mayo de 2017), la Secretaria de Relaciones con la Administración de Justicia, Patrícia Gomà i Pons.

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