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Documento BOE-A-2017-14536

Resolución de 15 de noviembre de 2017, de la Universidad de La Rioja, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Fernando Díaz Orueta.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 11 de diciembre de 2017, páginas 122368 a 122368 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-14536

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta formulada por la Comisión constituida para juzgar el concurso convocados por Resolución del Rector de la Universidad de La Rioja de fecha 20 de julio de 2017 para la provisión de la plaza de Catedrático de Universidad en el área de conocimiento de Sociología, una vez acreditado por el concursante propuesto que reúne los requisitos exigidos por la legislación vigente, y teniendo en cuenta que se ha cumplido los trámites reglamentados, este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a:

Don Fernando Díaz Orueta, con NIF número 51365599K, Catedrático de Universidad en el área de conocimiento de Sociología, adscrita al Departamento de Ciencias Humanas de la Universidad de La Rioja (plaza número 11/2017).

En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el interesado deberá tomar posesión de su destino.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño, 15 de noviembre de 2017.–El Rector, Julio Rubio García.

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