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Documento BOE-A-2017-14224

Resolución de 21 de noviembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la "Fundación Guardia Civil", para el año 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 4 de diciembre de 2017, páginas 117648 a 117650 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2017-14224

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 2 de noviembre de 2017 la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la «Fundación Guardia Civil», para el año 2017, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 21 de noviembre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, P.S. (Real Decreto 770/2017, de 28 de julio), el Vicesecretario General Técnico del Ministerio del Interior, Antonio Cerrolaza Gómez.

ANEXO
Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la «Fundación Guardia Civil», para el año 2017

En Madrid, a 2 de noviembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, D. José Antonio Nieto Ballesteros, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 497/2016, de 18 de noviembre (BOE número 280 de 19 de noviembre de 2016), con competencia para celebrar convenios y actuando en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, D. José Manuel Holgado Merino, Director General de la Guardia Civil, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 519/2016, de 18 de noviembre (BOE número 280 de 19 de noviembre de 2016), en su calidad de Presidente de la «Fundación Guardia Civil» (inscrita en el Registro de Fundaciones Asistenciales el 13 de febrero de 2003, con el número 28/1.267), con competencia para este acto según lo establecido en el artículo 13 de los Estatutos de la misma.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Con fecha 28 de marzo de 2006, fue suscrito un Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la Fundación Guardia Civil, con el objeto de establecer el marco de colaboración entre ambas entidades en las materias relativas a las competencias de las dos partes, en las que pueden ser concurrentes.

La Cláusula segunda del citado Convenio establece que la colaboración de la Fundación se concretará, en una serie de actuaciones tales como asistencia social, pruebas deportivas de especial significación, así como favorecer el desarrollo de actividades académicas, culturales y sociales en el entorno de la Guardia Civil.

Por otro lado, la Cláusula tercera, estipula que cualquier actividad que genere gasto, necesita de la formalización de la correspondiente Adenda, donde se contemplarán las actuaciones a realizar, así como las obligaciones económicas de las partes.

Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, aprobados por Ley 3/2017, de 27 de junio, y al igual que ocurrió en ejercicios precedentes, fijan para la aplicación presupuestaria 16.04.132A.485 «A la Fundación Guardia Civil para refuerzo de la imagen institucional y sensibilización social» la cantidad de diecinueve mil euros (19.000,00 €).

En razón de todo lo anterior, ambas partes consideran que para el adecuado desarrollo y cumplimiento de los cometidos de cada una de ellas, es necesario llevar a efecto los siguientes compromisos, sobre la base de lo cual suscriben de mutuo acuerdo la presente Adenda al Convenio de Colaboración de 28 de marzo de 2006 ya citado, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Dirección General de la Guardia Civil y la «Fundación Guardia Civil» (en adelante, la Fundación), en desarrollo del mencionado Convenio, establecen que, básicamente, su relación estará circunscrita al desarrollo de las actuaciones recogidas en las cláusulas primera y segunda del Convenio. Entre ellas, se prestará especial atención y dedicación a las siguientes actividades:

– Las que tengan como fin principal asegurar la imagen institucional del Cuerpo de la Guardia Civil.

– El desarrollo de actividades académicas, culturales y recreativas para los miembros del Instituto.

– Sensibilización Social ante el terrorismo.

– Iniciativa con los veteranos de la Guardia Civil.

– Actuaciones solidarias.

El objeto de la subvención recogida en la presente Adenda, será la financiación parcial de las diferentes actividades señaladas, siendo el beneficiario de la misma la «Fundación Guardia Civil», de acuerdo con lo previsto en los Presupuestos Generales del Estado –ejercicio presupuestario 2017–, no existiendo otros beneficiarios distintos de aquélla.

Debido a que las diferentes actividades realizadas por la Fundación superan en exceso el importe de la subvención, esta será compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualesquiera de las administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.

Segunda.

En el desarrollo de estas actividades, la Fundación se compromete a intermediar con aquellas entidades o instituciones que pudieran tener interés en participar en alguna de las actividades descritas, bien fuera patrocinándolas o colaborando en su desarrollo.

Asimismo, dispondrá lo oportuno para gestionar y facilitar los locales, infraestructuras y apoyos logísticos que sean necesarios para el devenir de las actividades previstas, responsabilizándose de la organización de los eventos que se celebren.

Tercera.

Por su parte, el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil,) se compromete a abonar a la «Fundación Guardia Civil» un total de diecinueve mil euros (19.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 16.04.132A.485 «A la Fundación Guardia Civil para refuerzo de la imagen institucional y sensibilización social» según está contemplado en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

Este abono se realizará de una sola vez durante la vigencia de la presente Adenda por medio de un pago directo a favor de la Fundación Guardia Civil, CIF: ES000G83486001-, desde la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, mediante transferencia por parte de dicho Organismo a la cuenta bancaria habilitada al efecto.

De la misma forma, dentro de las posibles actividades de orden social y cultural, y cuyo desarrollo se incardine en el fortalecimiento de la imagen institucional del Cuerpo de la Guardia Civil, la Dirección General de la Guardia Civil, podrá facilitar a la Fundación el material de la «Exposición Homenaje a las Víctimas del Terrorismo», conceder autorización para organizar visitas al Museo de la Guardia Civil, así como realizar el préstamo de los fondos del mismo para exposiciones temporales o itinerantes, y en cuanto a las relacionadas con el desarrollo de actividades académicas y culturales, la participación de la Unidad de Música de la Guardia Civil para los conciertos que se organicen.

No se establece ningún régimen especial de garantías que deba aportar la Fundación, siendo suficiente la justificación en plazo y forma, de la aplicación de los fondos a las actividades descritas.

Dicha justificación se efectuará mediante la elaboración de un informe o cuenta justificativa realizada por la Gerencia, aprobada por el Patronato, donde se detallen las actividades y el importe del gasto destinado a cada una de ellas, que será, normalmente, superior al importe de las subvenciones. Ese informe será depositado ante el órgano concedente de la subvención como justificante de la inversión de los fondos. La presentación del informe se entenderá como la cumplimentación de la justificación de la subvención concedida, sin perjuicio de su posterior revisión. El plazo para la aprobación y presentación será de tres meses después de la fecha de cierre del ejercicio.

En el caso de que la justificación se considere insuficiente o no se presente, la Fundación deberá reintegrar el exceso de las cantidades no invertidas, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Cláusula quinta de la presente Adenda y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.

Cuarta.

La coordinación de cuantos eventos se celebren en el marco de esta Adenda, recaerá en el Jefe de la Zona de la Guardia Civil donde radiquen los mismos.

Quinta.

La presente Adenda al Convenio de Colaboración queda excluida del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido del la Ley de Contratos del Sector Público, según lo establecido en su artículo 4.1.c) de dicho texto legal, siendo la jurisdicción contencioso-administrativa la competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de la misma.

Sexta.

Esta Adenda entrará en vigor, a todos los efectos, desde el día de su firma y mantendrá su vigencia durante el ejercicio presupuestario de 2017.

A tenor de lo recogido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios se perfeccionan por la prestación del consentimiento de las partes. Los convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, resultarán eficaces una vez inscritos en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima y publicados en el «Boletín Oficial del Estado». Previamente y con carácter facultativo, se podrán publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o de la provincia, que corresponda a la otra Administración firmante.

Y en prueba de su conformidad, firman la presente Adenda, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio del Interior, el Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto Ballesteros.–Por la Fundación Guardia Civil, el Presidente, José Manuel Holgado Merino.

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