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Documento BOE-A-2017-13754

Orden JUS/1147/2017, de 16 de noviembre, por la que se dispone la suplencia temporal del Secretario General del Departamento de Justicia y del Director del Centro de Estudios Jurídicos y de Formación Especializada de la Generalitat de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 28 de noviembre de 2017, páginas 114978 a 114979 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-13754

TEXTO ORIGINAL

Tal como señala el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017, por el que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitución, se tiene por no atendido el requerimiento planteado al M. H. Sr. Presidente de la Generalitat de Cataluña, para que la Generalitat de Cataluña procediese al cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y a la cesación de sus actuaciones gravemente contrarias al interés general, y se proponen al Senado para su aprobación las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y para la protección del mencionado interés general; y el Acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución (ambos publicados en el BOE número 260, de 27 de octubre de 2017), entre otras medidas, se autoriza al Gobierno de la Nación a «Acordar el nombramiento, el cese, o la sustitución temporal con asunción de las funciones correspondientes, de cualesquiera autoridades, cargos públicos y personal de la Administración de la Generalitat de Cataluña –conforme al régimen jurídico que le sea aplicable–, así como los de cualesquiera organismos, entes y entidades vinculadas o dependientes de la misma, y de su sector público empresarial».

De conformidad con dicho marco jurídico, el artículo 6 del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, establece que los Ministros como titulares de sus Departamentos quedan habilitados para el ejercicio de las funciones y para la adopción de acuerdos, resoluciones y disposiciones que correspondan a los Consejeros, conforme a la legislación autonómica de aplicación, en la esfera específica de su actuación.

El artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establece que, en la forma que disponga cada Administración Pública, los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación, estableciéndose que dicha suplencia no implicará alteración de la competencia y para su validez no será necesaria su publicación. En todo caso, en las resoluciones y actos que se dicten mediante suplencia, se hará constar esta circunstancia y se especificará el titular del órgano en cuya suplencia se adoptan y quien efectivamente está ejerciendo esta suplencia.

Con base en ello, asimismo, el artículo 45.1 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, señala que los titulares de los órganos unipersonales inferiores a Consejero son suplidos en caso de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe expresamente el Consejero.

Encontrándose actualmente vacantes el puesto de Secretario General del Departamento de Justicia y el de Director del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada de la Generalitat de Cataluña, resulta necesario proceder a su suplencia temporal en tanto dure dicha situación, considerándose adecuado que ambas suplencias sean ejercidas por el Director de Servicios de la Secretaría General del Departamento de Justicia.

En atención a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución, dispongo:

Primero.

Encargar al Director de Servicios del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña, don Àngel Cortadelles i Bacaria, la suplencia temporal en las funciones atribuidas al titular de la Secretaría General del Departamento de Justicia, incluidas aquellas competencias delegadas por Resolución JUS/1040/2017, de 12 de mayo, de delegación de competencias del Consejero de Justicia en diferentes órganos del Departamento («Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» número 7371, de 17 de mayo de 2017), con efectos desde la fecha de esta Orden.

Segundo.

Encargar al Director de Servicios del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña, don Àngel Cortadelles i Bacaria, la suplencia temporal en las funciones atribuidas al Director del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada de la Generalitat de Cataluña, con efectos desde la fecha de esta Orden.

Tercero.

En todas las resoluciones y actos que se dicten en virtud de las suplencias referidas en esta Orden, se hará constar esta circunstancia, especificando el titular del órgano en cuya suplencia se adoptan y quien efectivamente está ejerciendo esta suplencia.

Cuarto.

Dejar sin efectos, desde la fecha de esta Orden, la Resolución JUS/2297/2017, de 29 de septiembre, por la que se encargan las funciones del Director o Directora del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada al Secretario General del Departamento de Justicia («Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» número 7467, de 4 de octubre de 2017).

Madrid, 16 de noviembre de 2017.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.

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