Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-13209

Resolución de 31 de octubre de 2017, de la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física, para la organización del descenso del Sella adaptado y los premios Juan Palau.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 16 de noviembre de 2017, páginas 110600 a 110608 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2017-13209

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física (FEDDF) han suscrito, con fecha 25 de abril de 2017, un Convenio de colaboración para la organización del descenso del Sella adaptado y los premios Juan Palau, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 31 de octubre de 2017.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física (FEDDF) para la organización del descenso del Sella adaptado y los premios Juan Palau

En Madrid, a 25 de abril de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Mario Garcés Sanagustín, Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, nombrado por Real Decreto 539/2016, de 18 de noviembre (B.O.E. n. 280, de 19 de noviembre), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2. g) del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, Don José Alberto Álvarez García, con DNI. n.º 09408731-Y, como Presidente de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física, en adelante FEDDF, con domicilio en C/ Ferraz, 16 28008 Madrid y CIF: Q2878025B, según se hace constar en el acta constitutiva de la Asamblea General del día 5 de julio de 2014.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física viene manteniendo un compromiso constante con los temas relacionados con la discapacidad y el deporte, manifestándose dicho compromiso en la promoción general del deporte de discapacitados físicos con actividades y competiciones oficiales.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la integración social de las personas con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de esta personas.

Este convenio es uno de los definidos en el art. 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1. d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto instrumentar la participación conjunta entre el Real Patronato sobre Discapacidad y FEDDF en la realización de

– Organización y preparación del Descenso del Sella Adaptado que se realizará el 30 de julio de 2017 en Arriondas.

– Organización de los Premios «Juan Palau» cuyo acto de entrega tendrá lugar en el día 3 de junio de 2017 en el CRE Discapacidad y Dependencia de San Andrés del Rabanedo.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y FEDDF durante el año 2017, para ejecutar las actividades previstas, se desarrollarán con las actuaciones expresadas en el Anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

• La coorganización del Descenso del Sella Adaptado mediante reuniones para definir las acciones a realizar, presencia en la rueda de prensa de la presentación de la prueba así como en el diseño del plan de publicidad y cartelería y va a estar presente en el recorrido del descenso.

• Labores de coorganización del acto, presencia en la entrega de los Premios «Juan Palau», y preparación del diseño de la papelería, placas de los trofeos y demás material entregado.

• La comunicación y difusión de las actividades, objeto de este convenio, en los soportes, redes sociales y medios de comunicación en los que tenemos presencia.

• Una aportación económica de quince mil un euros (15.001,00€), con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06. del presupuesto de gastos del organismo para el año 2017, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el Anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número ES90 2100 6703 6622 0074 5870 de LA CAIXA, C/ Ventura Rodríguez, 24 28008 Madrid.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de FEDDF.

FEDDF se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

• La participación de su personal en la coorganización de las actividades objeto del convenio (Descenso del Sella Adaptado y Premios «Juan Palau»).

• La gestión administrativa de las dos actividades.

• Realizar la máxima difusión de las actividades planteadas previo a su ejecución.

• La comunicación al Real Patronato de cualquier hecho que pueda modificar la estructura de las actividades planteadas.

• Una aportación económica de seis mil cuatrocientos veintinueve euros (6.429€), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el Anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

Cuarta. Ausencia de Relación Laboral.

La relación del personal de FEDDF con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, será propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación y podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de FEDDF y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado. Asimismo, también deberá incluir el logotipo de la FEDDF.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Obligaciones.

La FEDDF se obliga a:

1. Elaborar una nota de prensa con detalle de los trabajos realizados antes, durante y después del desarrollo del Descenso del Sella Adaptado y de la Entrega de los Premios «Juan Palau». Dichas notas se enviarán al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarlas en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

2. Elaborar una Memoria Anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, de la cual se presentarán dos ejemplares.

3. Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados.

Gastos: se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de la firma del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 15 de octubre de 2017.

Octava. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de FEDDF, serán designados por el Presidente.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión Mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión Mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Décima. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal se informa al representante de FEDDF de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales y convenios y de agenda de contactos. Se informa asimismo que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Undécima. Plazo de vigencia.

El presente Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y tendrá eficacia hasta el 30 de septiembre de 2017. No procede la prórroga del convenio.

Duodécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimocuarta. Resolución de controversias y jurisdicción.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de Colaboración por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.–Por el Presidente de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física, José Alberto Álvarez García.

ANEXO

Actividades a realizar en el año 2017

Ya la Constitución Española encomienda en su artículo 43.3 a los poderes públicos la labor de fomento de la educación física y el deporte, así como la adecuada utilización del ocio. Por su parte la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte en su artículo 4.º (Promoción de la práctica del deporte) incide especialmente en el deporte adaptado:

«2. Es competencia de la Administración del Estado fomentar la práctica del deporte por las personas con minusvalías físicas, sensoriales, psíquicas y mixtas, al objeto de contribuir a su plena integración social.»

A su vez, en el último documento legislativo que regula los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país, el Real Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social también se reconoce en su artículo 7º que «Las administraciones públicas protegerán de forma especialmente intensa los derechos de las personas con discapacidad en materia de igualdad entre mujeres y hombres, salud, empleo, protección social, educación, tutela judicial efectiva, movilidad, comunicación, información y acceso a la cultura, al deporte, al ocio así como de participación en los asuntos públicos, en los términos previstos en este Título y demás normativa que sea de aplicación».

Dado el interés de fomentar la iniciación y promoción deportiva de las personas con discapacidad el Real Patronato sobre Discapacidad va a coorganizar y en continuidad con años anteriores, dos actividades junto con la FEDDF con la finalidad de extender los beneficios del deporte a estas personas, de modo que consigan llevar una vida más sana y tener una mayor calidad de vida además de, lograr una mayor inserción y una vida más plena.

Actividades a realizar en el año 2017

A) Descenso del Sella adaptado

1. Descripción.

El Sella es uno de los acontecimientos socio-deportivos más importantes de cuantos acaecen a lo largo del año no sólo en Asturias, sino en España o en el Mundo. El primer descenso del Sella tuvo lugar en 1930, uniéndose a esta competición personas con discapacidad a partir de 1994. La experiencia se ha ido repitiendo año tras año, incrementándose de manera constante el número de participantes hasta alcanzar el centenar de deportistas con discapacidad en las últimas ediciones.

Durante el Descenso, por razones de seguridad, en cada embarcación baja una persona con discapacidad física y otra sin ella, la cual es llevada como acompañante por el participante o, en caso contrario puesta por la organización siempre que esta circunstancia se notifique con antelación, pudiendo de todos modos, ir dos discapacitados juntos siempre y cuando su nivel de lesión lo permita. En este sentido se establecen dos niveles de clasificación en función a la gravedad de las lesiones de los participantes; así la Clase A agrupa lesiones más leves mientras que la Clase B está formada íntegramente por usuarios de sillas de ruedas (lesionados medulares).

Para el control de la prueba se cuenta con la presencia y cobertura de seguridad a manos de Bomberos de Asturias y las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de Llanes y Piloña, así como monitores de la Escuela Asturiana de Piragüismo, además de voluntariado de FEDEMA y la Federación de Piragüismo del Principado de Asturias.

La difusión del evento así como la coorganización del mismo se realizará entre el personal del Real Patronato sobre Discapacidad y el personal de la FEDDF. Dicha colaboración también se lleva a cabo en cuanto al diseño del plan de publicidad y cartelería. A su vez el personal del Real Patronato va a participar en la presentación del descenso y va a estar presente en el recorrido del descenso.

2. Objetivos.

– Difusión y promoción del deporte practicado por personas con alguna discapacidad física.

– Difusión de los valores propios de los deportistas con alguna discapacidad (superación, motivación, constancia, etc.), además de los valores propios de los deportistas (trabajo en equipo competitividad, deportividad, compañerismo, etc.).

– Ofrecer a la sociedad una visión global del deportista discapacitado integrado en la vida social.

– Difusión de un acontecimiento deportivo y social único con la participación de personas con discapacidad, las cuáles van a disfrutar de un espectáculo deportivo de alto nivel practicado por deportistas con y sin discapacidad.

– Acercar al colectivo de personas con discapacidad física la posibilidad de disfrutar de un evento que combina a la perfección deporte, aventura y naturaleza, que de otro modo no podría ser desarrollado por el colectivo de referencia.

3. Destinatarios.

Los participantes directos son deportistas con discapacidad física, estimando una presencia en esta edición de ciento cincuenta participantes, así como sus acompañantes sin discapacidad que doblan esa cifra al tratarse de embarcaciones K-2.

La práctica totalidad de Comunidades Autónomas está presente en el Sella Adaptado, además de algunos palistas de fuera de nuestras fronteras.

Asimismo, se prevé la asistencia de un alto número de espectadores que junto con el resto de las personas con discapacidad y sus familias que disfrutan esa jornada entorno al Sella Adaptado, sociedad en general, constituyen el grupo de beneficiarios indirectos.

4. Lugar y fecha de celebración.

Este evento se inicia en Arriondas, con salida en la Escuela Asturiana de Piragüismo y finaliza en Llovio (Puente de Feve), teniendo lugar el 30 de julio de 2017.

5. Presupuesto.

Concepto

Importe

1. Alquiler de las embarcaciones

3.380,00 €

2. Transporte adaptado

3.600,00 €

3. Montaje polideportivo llegada

1.200,00 €

4. Baños móviles adaptados

1.620,00 €

5. Adaptaciones embarcaciones

2.740,00 €

6. Publicidad y cartelería

1.500,00 €

7. Trofeos y camisetas

1.400,00 €

8. Alojamiento y manutención monitores

1.700,00 €

9. Megafonía y equipo informático

350,00 €

Total

17.490,00 €

• Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 12.243 € (70%).

• Aportación de FEDDF: 5.247 € (30%).

B) Premios Juan Palau

1. Descripción.

Los Premios Juan Palau tienen el propósito de reconocer y galardonar a los deportistas, técnicos, dirigentes deportivos y entidades deportivas que hayan destacado de manera notable por los valores humanos manifestados durante el ejercicio de su actividad deportiva, esto es, por sus valores, actitudes y comportamientos ético deportivos, al margen y con independencia del número e importancia de los éxitos, marcas, campeonatos, medallas y trofeos conseguidos.

El nombre de Juan Palau se elige como identificativo de los galardones, por la figura que ha representado en el mundo del deporte para personas con discapacidad física. «Deportistas sin adjetivos» era unos de sus lemas. Juan Palau encarnó hasta el último día de su vida los valores de un deportista: fortaleza ante la adversidad y lealtad hacia las personas con discapacidad, y lo ha hecho siempre desde la entrega más absoluta.

2. Categorías de premiación.

1) Premio al mejor deportista.

Se premiará al deportista o a la deportista de la FEDDF que haya tenido, a lo largo del año, una trayectoria más destacada en su actuación deportiva, tanto a nivel nacional como internacional.

2) Premio al mejor entrenador/a-técnico/a-árbitro-juez.

Se premiará al Entrenador/a-Técnico/a-Árbitro-Juez que se haya distinguido, a lo largo del año, en la labor de promoción de una o varias modalidades deportivas destacando además por su faceta humana y los logros deportivos conseguidos.

3) Premio a la mejor entidad.

Se premiará a la Federación Deportiva, Club deportivo, Entidades Sociales, Fundaciones, Organizaciones deportivas, Ayuntamientos, Comunidades Autónomas y Administración del Estado que hayan destacado, a lo largo del año, de forma singular por su buena labor en gestión deportiva referida a promoción deportiva y apoyo al deporte base, celebración de eventos deportivos, obtención de patrocinios y repercusión social y mediática.

4) Premio al mejor patrocinador.

Se premiará al Patrocinador que se haya significado especialmente en programas de patrocinio deportivo a deportistas, entidades deportivas o actividades deportivas.

5) Premio a la trayectoria de toda una vida dedicada al deporte.

Se premiará a la persona que haya destacado, de manera notable, por su dedicación a la actividad deportiva así como por los valores humanos manifestados a lo largo de su trayectoria.

6) Premio de las ciencias.

Premio de carácter bienal destinado a trabajos inéditos de investigación de nuevas ayudas técnicas, supresión de barreras arquitectónicas y/o programas que su «máxima» sea la de propiciar la integración de las personas con discapacidad física en el mundo del deporte y la sociedad.

7) Premio de las letras.

Premio de carácter bienal destinado a trabajos inéditos relacionados con los ámbitos, político, jurídico, económico, literario, periodístico y análogos que su «máxima» sea la de propiciar la integración de las personas con discapacidad física en el mundo del deporte y la sociedad.

8) Premios de carácter extraordinario.

Con carácter excepcional se podrán conceder distinciones especiales de reconocimiento a aquellas personas o entidades que, una vez propuestos como candidatos, y no habiendo obtenido el premio sean merecedoras según opinión del Jurado o a propuesta de la FEDDF.

El Real Patronato sobre Discapacidad participa junto con la FEDDF en las labores de organización del acto de entrega de los mismos que tendrá lugar en León el día 3 de junio de 2017 siendo miembro del Jurado de los mismos.

3. Presupuesto.

Concepto

Importe

Trofeos Premios Juan Palau

560,00 €

Producción del evento (sonido, megafonía, audiovisual, pantalla plasma, trasera, photocall)

3.380,00 €

Total

3.940,00 €

• Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 2.758 € (70%).

• Aportación de FEDDF: 1.182 € (30%).

Total de las dos actividades: 21.430 €.

• Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 15.001 € (70%).

• Aportación de FEDDF: 6.429 € (30%).

Los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes, a efectos de justificación tendrán carácter estimativo entre ellos. Al tratarse de cuantías estimadas se permitirá una variación de un + 20% entre las partidas presupuestadas, siempre que en otras haya un déficit por la misma cantidad y cuando no se supere el importe total de las actividades a realizar. En caso de que la variación sea superior y se vaya a compensar con la reducción de otras partidas sin incrementar el gasto total será de aplicación lo previsto en la cláusula Novena.

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

Los gastos de dietas y locomoción que se citan se ajustarán a lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razones de servicio con los límites establecidos para el grupo 2.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid