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Documento BOE-A-2017-13163

Decreto 151/2017, de 3 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se declara bien de interés cultural, en la categoría de conjunto de interés cultural, figura de sitio histórico, las sepulturas de los capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández del Cementerio de Huesca.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 15 de noviembre de 2017, páginas 109915 a 109918 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2017-13163

TEXTO ORIGINAL

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, define el patrimonio cultural aragonés como el integrado por todo los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico, o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o bajo la superficie de las aguas.

La ley clasifica estos bienes en bienes de interés cultural, bienes catalogados y bienes inventariados. Siendo los bienes de interés cultural los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural Aragonés.

Dentro de los bienes de interés cultural existe la categoría de conjunto de interés cultural donde está la figura de sitio histórico, definida en el artículo 12.2.B).c) como el lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos del pasado, creaciones humanas o de la naturaleza, que posean valores históricos o de singularidad natural o cultural.

Las sepulturas de los capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández del Cementerio de Huesca están vinculadas a dos personajes que han pasado a la historia como los artífices de la sublevación republicana de Jaca del 12 de diciembre de 1930, la cual supuso un impulso decisivo para el advenimiento de la Segunda República Española en abril de 1931, hechos de notable relevancia en nuestra historia reciente.

Según el artículo 21 de la ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la declaración de un conjunto de interés cultural, contendrá al menos la delimitación y entorno de protección. En este caso la delimitación y su entorno de protección son coincidentes.

Este expediente se ha tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Texto Refundido de la ley de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobada por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.4 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, se ha solicitado informe al Ayuntamiento de Huesca, a la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Huesca y al Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca.

El procedimiento se inició mediante Resolución de 11 de febrero de 2017, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio por la que se inicia procedimiento y se abre un periodo de información pública para la declaración de las sepulturas de los capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández del Cementerio de Huesca como bien de interés cultural, en la categoría de conjunto de interés cultural, sitio histórico. Esta Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» del 28. Durante el proceso de información pública se presentaron alegaciones que fueron contestadas en tiempo y forma.

Posteriormente, mediante Resolución de 2 de junio de 2017, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» del 15 y en el «Boletín Oficial del Estado» del 19, se abrió trámite de audiencia a los interesados en el procedimiento. Donde no se presentaron alegaciones.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 3 de octubre de 2017, dispongo:

Primero. Objeto.

Es objeto del presente decreto es declarar bien de interés cultural, en la categoría de conjunto de interés cultural, figura de sitio histórico, las sepulturas de los capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández del Cementerio de Huesca.

La descripción de los hechos históricos vinculados a las sepulturas y el plano de delimitación se recogen en los anexos I y II respectivamente, de este decreto.

Segundo. Régimen jurídico.

El régimen jurídico aplicable al conjunto de interés cultural, sitio histórico de las sepulturas de los capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández del Cementerio de Huesca, es el previsto en la sección Segunda, del capítulo I, del título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los títulos Sexto y Séptimo de la misma norma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes de interés cultural.

Tercero. Plan Especial de Protección.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la declaración de sitio histórico determina la obligación para el Ayuntamiento afectado de redactar y aprobar uno o varios planes especiales de protección del área afectada por la declaración u otro instrumento de planeamiento urbanístico que cumpla, en todo caso, las exigencias establecidas en la citada ley, así como en el anexo II del presente decreto.

Desde la aprobación definitiva del plan especial de protección del sitio histórico o instrumento similar, el Ayuntamiento interesado será competente para autorizar directamente las obras que desarrollen el planeamiento aprobado y que afecten únicamente a inmuebles no declarados bien de interés cultural en la categoría de monumento o comprendidos en el entorno de protección de estos, debiendo dar cuenta al Departamento responsable de Patrimonio Cultural de las autorizaciones que otorgue.

Cuarto. Publicidad.

El presente decreto se notificará al Ayuntamiento de Huesca y será publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado». Esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 3 de octubre de 2017.–El Presidente del Gobierno de Aragón, Javier Lambán Montañés.–La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, María Teresa Pérez Esteban.

ANEXO I
Hechos históricos vinculados a las sepulturas de los Capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández del Cementerio de Huesca

La Sublevación republicana de Jaca del 12 de diciembre de 1930 fue un pronunciamiento militar contra la monarquía de Alfonso XIII durante la «Dictablanda» del general Dámaso Berenguer. Aunque fue sofocada y fueron fusilados los capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández, sus efectos se dejaron sentir en la proclamación de la Segunda República Española cuatro meses después, esto es, el 14 de abril de 1931.

La sublevación se inició con la proclamación de la República desde los balcones del Ayuntamiento de Jaca y con el nombramiento de la primera Alcaldía republicana como símbolo de su carácter estrictamente civil. Al mismo tiempo se organizan las dos columnas militares dirigidas por los capitanes Galán y Sediles que parten hacia Huesca, siendo neutralizadas por las tropas gubernamentales en el combate de Cillas.

El 14 de diciembre, un Consejo de Guerra condena a morir fusilados a los capitanes Galán y García Hernández. En marzo serían juzgados y condenados un número significativo de militares que habían participado en la sublevación de Jaca. El capitán Sediles, condenado a muerte, fue indultado ante las movilizaciones populares. Poco después, tras las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, la monarquía se exilia y se proclama la República y se les reconocerá como «mártires» por la República.

Las ejecuciones de los capitanes Galán y García Hernández causan gran conmoción en toda España, despertando un sentimiento antimonárquico que se extiende rápidamente por toda la geografía. Los ejecutados se convierten, así, en los mártires de la causa republicana, lo que precipitará el curso de los acontecimientos con la llegada, cuatro meses después, de la Segunda República.

Durante toda la República los retratos de Galán y de García Hernández se convertirán en las imágenes de «Los mártires de la República». Manuel Azaña anotó en su diario: «La monarquía cometió el disparate de fusilar a Galán y García Hernández, disparate que influyó no poco en la caída del trono».

En la línea de los homenajes a Fermín Galán y a García Hernández, el actual Parque de la Constitución de la ciudad de Jaca pasará a denominarse durante la Segunda República Española «Paseo de Fermín Galán», donde comenzó a instalarse el monumento que ideó el artista Ramón Acín que en los fatídicos días de julio de 1936 fue destruido. De igual modo, en muchas ciudades de España se honró a los héroes de Jaca dedicándoles calles y avenidas en su nomenclátor urbano, denominaciones que fueron suprimidas durante la dictadura franquista.

El Cementerio de Huesca, entre 1931 y 1936, se convirtió en lugar de peregrinación: Partidos políticos, organizaciones sindicales y entidades cívicas de distinta naturaleza, Ayuntamientos en pleno de todo el país se daban cita a los pies de la tumba de Fermín Galán. El 14 de abril y el Primero de Mayo se convirtieron en fechas de conmemoración y homenaje.

Durante la dictadura franquista los enterramientos se abandonaron a su suerte, aunque manos anónimas cuidaban la sepultura y repintaban los epígrafes.

La tapia oeste del antiguo recinto civil del Cementerio de Huesca alberga la tumba de Galán y fue lugar de fusilamientos en agosto de 1936 y entre octubre de 1938 hasta enero de 1945. En agosto del 1936 fueron fusilados hombres y mujeres de todas las adscripciones políticas. Se continuaron los fusilamientos en el antiguo Cementerio de los Mártires hasta 1945.

Junto a la tumba de Galán se localizan otras de relevancia histórica como la de Sixto Coll, Presidente republicano de la Diputación Provincial de Huesca, o personas del campo de las letras o las artes, entre ellas, el artista Ramón Acín.

El Pabellón de Nichos (grupo C) donde yace Ángel García Hernández, acoge a diferentes personajes conocidos que aportan diferentes datos históricos.

ANEXO II
Plano de delimitación de las sepulturas de los Capitanes Fermín Galán Rodríguez y Ángel García Hernández del Cementerio de Huesca

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