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Documento BOE-A-2017-13085

Resolución de 7 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 14 de noviembre de 2017, páginas 109442 a 109459 (18 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-13085

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

A este proceso selectivo le será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y promoción profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el citado Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2017, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, y lo dispuesto en la presente Resolución.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» 174, de 22 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de Acceso General http://www.administracion.gob.es y en la página web http://www.mineco.es

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, Código 0603, para cubrir 7 plazas por el sistema general de acceso libre.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y constará de una fase de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

La duración máxima de la fase de oposición será de 9 meses.

El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Incluirá la superación de un curso selectivo y, en su caso, un periodo de prácticas. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

5. Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

6. Lista de candidatos del proceso selectivo por turno libre

De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.

Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

7. Solicitudes

7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan.

7.2 Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica.

7.2.1 Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

• La inscripción en línea del modelo oficial.

• Anexar documentos a su solicitud.

• El pago telemático de las tasas.

• El registro electrónico de la solicitud.

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso dónde se da confirmación de cada uno de estos pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el siguiente punto.

7.2.2 Las solicitudes en soporte papel se efectuarán mediante cumplimentación electrónica de la instancia en el modelo oficial (http://administracion.gob.es/PAG/ips). Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas fotocopias).

• Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

• Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (P.º de la Castellana, 162, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

7.3 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.5 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

7.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador, es el que figura como anexo III a esta resolución y se someterá a lo dispuesto en las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

8.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo de la Castellana, 162, de Madrid, teléfonos 916037427, 916037429 y 916037484, dirección de correo electrónico gestionyseleccionrrhh@mineco.es

9. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Ñ», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas de 18 de abril de 2017 («BOE» de 20 de abril 2017), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O», y así sucesivamente.

Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del proceso selectivo estará disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es) y en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad http://www.mineco.es

10. Norma final

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones el Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 7 de noviembre de 2017.–El Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo Gonzalez-Panizo Tamargo.

ANEXO I
Descripcion de los procesos selectivos y valoraciones

I. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

I.A) Oposición.

I.B) Curso selectivo.

I.A) Fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquéllas

Los aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada.

La fase de oposición estará formada por los siguientes cinco ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto la parte voluntaria del ejercicio de idiomas.

Primer ejercicio: consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo máximo de cuatro horas y media, de tres temas. Cada uno de los temas se elegirá al azar, para todos los opositores, de cada uno de los grupos formados por los siguientes temas:

Primer grupo: del 1 al 20.

Segundo grupo: del 21 al 40.

Tercer Grupo: del 41 al 55.

Posteriormente se procederá a la lectura pública, por parte del opositor, de su texto escrito.

El tribunal podrá formular preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.

Los aspirantes que superen el primer ejercicio con al menos 23 puntos, podrán quedar exentos de la realización del mismo en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean idénticos, salvo actualización normativa, lo que será valorado por el tribunal convocante.

El opositor deberá solicitar expresamente la exención en su solicitud de la convocatoria correspondiente.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas extranjeros, debiendo demostrar el opositor el conocimiento de inglés, de forma obligatoria. De forma voluntaria podrá escoger entre: Francés, alemán, italiano, portugués, ruso, árabe y chino. Para ello se realizarán las siguientes pruebas:

a) Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que se trate, durante un tiempo máximo de quince minutos, pudiendo aquéllos, si lo desean, tomar notas durante la misma. A continuación, realizarán una composición por escrito, en el mismo idioma, durante un tiempo máximo de noventa minutos, sobre el contenido del texto leído y sobre las preguntas que el Tribunal formule sobre el citado texto. Se permitirá el uso del diccionario.

b) Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor, durante un tiempo máximo de cinco minutos, de un texto en el idioma de que se trate debidamente seleccionado por el tribunal, seguida de una exposición oral en el mismo idioma durante un tiempo máximo de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre las preguntas que le formule el Tribunal en relación con aquél. Asimismo se procederá a la lectura de la prueba escrita a la que se refiere el párrafo anterior.

De forma voluntaria el opositor podrá escoger uno o más de entre los idiomas ya mencionados y el desarrollo del ejercicio voluntario de idiomas será igual al del idioma obligatorio.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba oral, en la que los opositores desarrollarán, en el plazo máximo de una hora, tres temas de la parte del programa señalada para ese ejercicio. Uno del grupo de temas del 1 al 20, otro del grupo de temas del 21 al 40 y el otro del 41 al 58. Para ello el opositor elegirá de cada grupo un tema entre dos extraídos al azar. Los opositores contarán con cuarenta y cinco minutos de preparación previa y, al término de su exposición, el tribunal podrá dialogar con los mismos sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados.

Cuarto ejercicio: Será de carácter práctico, con una duración máxima de cuatro horas y consistirá en la resolución de cuatro supuestos prácticos preparados por el Tribunal, sobre asuntos relacionados con el contenido de la parte del temario correspondiente a los ejercicios primero y tercero.

Finalizada por parte del opositor la lectura pública de la resolución de los supuestos prácticos, el Tribunal podrá formularle cuantas preguntas considere pertinentes para una adecuada valoración de sus conocimientos.

Quinto ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, de tres temas, durante un tiempo máximo de cuatro horas, de la parte del temario correspondiente al quinto ejercicio. Los citados temas se elegirán al azar, por el Tribunal, de entre los tres grupos siguientes:

El primero incluirá los temas del 1 al 15.

El segundo, del 16 al 28.

El tercero, del 29 al 46.

Posteriormente, se procederá a la lectura pública, por parte del opositor, de su texto escrito.

El Tribunal podrá formular preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.

Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor, sin que en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.

1.B) Curso selectivo.

Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un curso selectivo, que será organizado por la Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad, en colaboración con Instituciones privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.

El curso selectivo tendrá una duración máxima de dos meses.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá a la Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta de las instituciones de formación designadas para impartir las materias.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, se disfrutarán durante el mes de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

II. Valoración

II.A) Fase de oposición:

En todos los ejercicios que se califiquen por el sistema de puntos será imprescindible para superarlos haber obtenido un mínimo del 50 por 100 de la puntuación máxima asignada a cada ejercicio y no ser calificado en ningún tema con cero puntos.

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos.

Segundo ejercicio: El ejercicio obligatorio de inglés se puntuará entre 0 y 15 puntos, considerándose superado dicho ejercicio cuando se alcance, como mínimo, el 50 por 100 de la puntuación máxima asignada.

Cada una de las pruebas de idioma voluntario se puntuará entre 0 y 5 puntos. Los puntos obtenidos por los opositores en los idiomas de los que se examinen voluntariamente solamente serán computables en la puntuación global del ejercicio cuando alcancen, como mínimo, el 50 por 100 de la puntuación máxima posible de este ejercicio voluntario.

Tercer ejercicio: se calificará cada uno de los temas de 0 a 10 puntos.

Cuarto ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos.

Quinto ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

II.B) Curso selectivo:

La Subsecretaría del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad calificará como «apto» o «no apto», vistos los informes de las Instituciones de formación designadas para impartir las materias, siendo necesario obtener «apto» para superarlo.

III. Elección de destinos

La calificación final del proceso selectivo, vendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.

La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

En el caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio.

2. Mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio.

3. Mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio, y si el empate continuase se determinará a continuación por la puntuación del quinto ejercicio.

ANEXO II
Primer ejercicio

Parte A) Comercio de mercancías. Análisis sectorial 1

1 Contenido de los temas 1 a 20:

Designación y descripción de los principales productos incluidos en el tema. Normativa aplicable, en su caso.

Análisis sectorial de los mismos: Producción mundial. Producción española.

Comercio exterior. Principales países competidores.

1. Sector de frutos frescos, excepto cítricos.

2. Sector de cítricos.

3. Sector de hortalizas frescas.

4. Sector de frutos secos

5. Sector de granos y semillas de consumo humano.

6. Sector cárnico.

7. Sector de productos de la pesca.

8. Sector lácteo.

9. Sectores de miel, azúcar y huevos.

10. Sector de conservas y semiconservas vegetales.

11. Sector vinos y demás bebidas alcohólicas.

12. Sector de aceites y grasas comestibles.

13. Otros sectores agroalimentarios no incluidos en temas anteriores (Condimentos y especias. Platos preparados).

14. Sector de productos energéticos y materias primas: Petróleo y derivados. Gas. Carbón y electricidad. Minerales. Madera y corcho.

15. Sector de Semimanufacturas: Metales no ferrosos. Hierro y acero. Papel. Productos cerámicos y similares. Productos químicos. Plásticos. Medicamentos. Pesticidas.

16. Sector de Bienes de equipo (I): Maquinaria para la industria. Máquina-herramienta. Motores. Aparatos eléctricos y de precisión. Equipos de oficina y telecomunicaciones.

17. Sector de Bienes de equipo (II): Material de transporte (excepto automóvil): ferroviario, carretera, buques, aeronaves y material espacial. Sector de Automoción. Componentes.

18. Sector de Bienes de consumo duradero: Muebles. Electrodomésticos. Electrónica de consumo.

19. Sector de Manufacturas de consumo (I): Textil y confección. Calzado. Equipos de Protección Individual (Textil y Calzado).

20. Sector de Manufacturas de consumo (II): Juguetes. Pequeño material eléctrico.

Parte B) Comercio de servicios

21. Definición de servicio según el sistema de cuentas nacionales. Análisis de la evolución internacional del comercio de servicios. La regulación del comercio internacional de servicios: El Acuerdo General sobre Comercio de Servicios.

22. Las estadísticas de comercio internacional de servicios. Estructura y descripción de la rúbrica servicios con la Balanza de Pagos. Otras estadísticas para evaluar el comercio de servicios: las FATS.

23. Análisis de la evolución del comercio exterior de servicios en España (I). El Turismo en España (estadísticas utilizadas: FRONTUR, EGATUR, Encuesta INE).

24. Análisis de la evolución del comercio exterior de servicios en España (II). Servicios no turísticos (servicios prestados a las empresas, transportes, servicios informáticos, financieros, construcción…).

Parte C) CITES

25. El Convenio CITES: Objetivos. Estructura. Secretaría CITES. Conferencia de las Partes y Comités. Adopción de decisiones. Relación con otras Convenciones y Organizaciones Internacionales (Organización Mundial de Aduanas, FAO y otras). Enmienda Bonn y Gaborone.

26. El Convenio CITES como instrumento de política comercial. Medidas de regulación comercial específicas del Convenio. Su relación con la OMC.

27. Aplicación del Convenio CITES en la Unión Europea. Reglamentación UE. Autoridades de aplicación en España: Autoridad Administrativa y Autoridad Científica.

28. Autoridades de Aplicación y Observancia del Convenio CITES. Relación con otras Autoridades Internacionales (INTERPOL y otras). La legislación sancionadora en España.

29. Especímenes de origen vegetal sujetos al Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES): Especial referencia a los especímenes de interés para España (vivos, partes, derivados, manufacturas/productos).

30. Especímenes de origen animal sujetos al Convenio CITES: Especial referencia a los especímenes de interés para España (vivos, partes, derivados manufacturas/productos).

Parte D) Control analítico

31. Muestreo: connotaciones del muestreo físico y del muestreo estadístico. Población y muestra. Tipos de muestreo. Fases o etapas del muestreo. Muestreo probabilístico. Estimadores. Estimación de la media y el total. Precisión de las estimaciones. Tamaño de la muestra.

32. Errores en análisis instrumental: regresión y correlación. Gráficas de calibración en análisis instrumental. Coeficiente de correlación. Rectas de regresión. Errores en la pendiente y ordenada en el origen de la recta de regresión. Cálculo de una concentración.

33. Control de calidad en laboratorios: Gráficos de control. Definición y conceptos generales. Muestras de control. Tipos de gráficos de control y su construcción. Aplicaciones de los gráficos de control. Evaluación externa de la calidad de un laboratorio: Ejercicios interlaboratorio. Cuestiones generales. Evaluación estadística de los resultados.

34. Validación de métodos. Criterios fundamentales de validación. Exactitud. Precisión. Linealidad. Sensibilidad. Límites de detección. Límites de cuantificación. Selectividad y Especificidad. Cálculo de la incertidumbre de un método. Comparación de métodos analíticos.

35. Técnicas de preparación de muestras: Disoluciones químicas. Extracciones. Mineralizaciones por vía seca y por vía húmeda. Precipitaciones. Otras técnicas preparativas. Fundamentos. Instrumental necesario para cada técnica. Aplicaciones al análisis en el campo alimentario y de seguridad industrial.

36. Ensayos fisicoquímicos. Gravimetría. Volumetría. Potenciometría. Conductimetría. Fundamentos, descripción e instrumentación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

37. Técnicas ópticas. Microscopía. Refractometría. Polarimetría. Fundamentos y descripción. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

38. Técnicas de análisis cromatográfico. Fundamentos generales de la cromatografía. Tipos de cromatografía: Cromatografía en placa fina, Cromatografía de gases, Cromatografía líquida de alta resolución. Sistemas de detección en su caso. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

39. Técnicas espectrométricas. Fundamentos generales de la espectrometría. Especial referencia a la espectrofotometría de ultravioleta-visible, espectrometría de absorción y emisión atómica y espectrometría de masas. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

40. Técnicas de análisis electroforesis, enfoque isoeléctrico y técnicas moleculares de identificación. Especial referencia al control de especímenes sujetos al Convenio CITES.

Parte E) Normalización. Inspección

41. Normalización internacional en el ámbito de Naciones Unidas (I): El CODEX Alimentarius: Programa conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarias. Organización y procedimientos de elaboración de normas.

42. Normalización internacional en el ámbito de Naciones Unidas (II): La Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE/NU). Grupo de trabajo sobre normas de calidad agrícolas. Procedimiento de trabajo. Protocolo de Ginebra y Normas-Cuadro. El Régimen OCDE para la aplicación de las Normas Internacionales para frutas y hortalizas.

43. Normalización en el seno de la Unión Europea. Actividad normalizadora en el seno de la UE en el ámbito alimentario. Actividad normalizadora en el seno de la UE en el ámbito industrial: especial referencia al ámbito del Nuevo Enfoque. Mandatos de normalización.

44. Otros organismos internacionales, regionales y nacionales de normalización. La normalización en el ámbito privado. Especial referencia a ISO, CEN, CENELEC y AENOR. Protocolos y buenas prácticas: GLOBAL/GAP y otros.

45. Control oficial de productos alimenticios. Legislación comunitaria y nacional. La reglamentación de la UE sobre el control de frutas y hortalizas frescas. Control a la importación de productos ecológicos.

46. Control oficial de productos industriales procedentes de terceros países. Legislación comunitaria y nacional. Nuevo Marco Legislativo europeo para la comercialización de productos.

47. Calidad comercial. Evaluación y certificación de la calidad comercial: los servicios oficiales de control de calidad comercial. Normas de comercialización de la UE. Otras normas de calidad internacionales.

48. Criterios de calidad comercial: Factores y parámetros de calidad comercial. Composición físico-química y nutricional de los alimentos. Clasificación por categorías comerciales de calidad.

49. Etiquetado de productos alimenticios e industriales. Legislación de la UE y nacional sobre etiquetado. El etiquetado nutricional.

50. Aditivos. Contaminantes y otras sustancias relacionadas con la seguridad química de los alimentos y de los productos industriales.

51. Microbiología de los alimentos: Alimentos tratados por el calor y alimentos tratados por el frío. Estándares microbiológicos tanto sanitarios como de calidad.

52. Envases y embalajes. Legislación y normalización. Materiales en contacto con los alimentos. Interacciones producto-envase. Ensayos y defectos. Procedimientos de control. Legislación europea sobre residuos de envases. Implicaciones comerciales.

53. Certificación y Acreditación. Concepto y regulación en España. Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Procedimientos y criterios de acreditación Auditorías externas e internas del sistema de calidad. Normas ISO 17020 e ISO 17025.

54. Aseguramiento de la calidad en la industria alimentaria. Normas de la serie ISO 9000. Conceptos básicos, definiciones y ámbito de aplicación de este grupo de normas.

55. Control higiénico-sanitario basado en el sistema APPCC (análisis de peligros y puntos críticos de control). Aplicación del sistema APPCC en la industria agroalimentaria de productos no transformados y transformados. Legislación comunitaria y nacional.

Tercer ejercicio

Parte A) Comercio exterior

1. El comercio internacional. Marco general y principales magnitudes. Tendencia evolutiva: globalización y concentración. Teoría y práctica del comercio internacional. La teoría del comercio internacional: la ventaja comparativa. La relación real de intercambio. Librecambio y proteccionismo.

2. Balanza de Pagos. Concepto. Presentaciones, metodología y estructura. Equilibrio y desequilibrio de la Balanza.

3. El comercio exterior español: Principales rasgos. La exportación y la importación españolas: índices representativos, estructura sectorial, destinos principales, tendencia evolutiva y perspectivas futuras.

4. La empresa ante el comercio internacional. Particularidades de la empresa exportadora española: formas y grados de internacionalización de la empresa; tamaño y número de empresas; propensión exportadora; organización de la empresa; ventajas y desventajas genéricas del país; países competidores; organización del departamento de marketing internacional.

5. El marketing internacional. Concepto y funciones. La investigación de mercados y las fuentes de información. El marketing mix: concepto y componentes.

6. Las formas de acceso a los mercados. La venta directa. La venta compartida con recurso a intermediario. La venta subcontratada. Otras estrategias de actuación en los mercados internacionales. Las empresas conjuntas. La cesión de tecnología industrial. La franquicia internacional. Las Agrupaciones Europeas de Interés Económico. La implantación integral: sucursales y filiales extranjeras.

7. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (I). El Crédito Oficial. Características principales; el Consenso OCDE; Líneas ICO de apoyo a la internacionalización; el Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses; el crédito suministrador y el crédito comprador.

8. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (II). El Seguro de Crédito. Características generales. Riesgos susceptibles de cobertura: clasificación. La Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación. Principales modalidades de póliza.

9. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (III). El Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM). Antecedentes. Objeto y características generales. Marco regulador.

10. Instrumentos comerciales de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Instituciones involucradas (I). Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX): Estructura y funciones: Actividades de información y promoción internacional e inversión exterior. El Programa ICEX Next. Organismos de promoción de las Comunidades Autónomas. Ley 14/13 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización: Título V. Internacionalización de la economía española. Plan de Internacionalización.

11. Instrumentos comerciales de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Instituciones involucradas (II). Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. El Plan Cameral de internacionalización. El Plan Cameral de Competitividad. Las Cámaras de Comercio españolas en el extranjero.

12. Instrumentos fiscales no aduaneros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Los impuestos especiales. El IVA en el comercio exterior. Sistema INTRASTAT.

13. El Factoring, el Leasing y el Forfaiting. Concepto, características generales y operativa.

14. Financiación de las operaciones de comercio exterior: Operaciones en el mercado de divisas y cobertura del riesgo de cambio. Concepto de divisa, convertibilidad y formación de los cambios. El riesgo de cambio y su cobertura: el seguro de cambio; las opciones sobre divisas; futuros de divisas y autoseguros. Prefinanciación.

15. Medios de pago y cobro internacionales: Generalidades. Billetes de banco. Cheque personal y bancario. Transferencia bancaria. Orden de pago. Remesas simples y documentarias. Crédito documentario: características, clasificación, procedimiento de utilización, cláusulas y operaciones especiales. La carta de crédito comercial.

16. Contratación internacional (I): Generalidades. Tipos de contratos (de intermediación comercial; de mediación o corretaje; de representación; de agencia; de comisión; de distribución; de exportación de plantas llave en mano; de arrendamiento financiero). Los INCOTERMS.

17. Contratación internacional (II): Incumplimiento de obligaciones y resolución de conflictos. Casos más frecuentes de incumplimiento. Prevención de conflictos. Resolución de conflictos: especial referencia al arbitraje comercial.

18. Inversiones extranjeras. Inversión directa y en valores negociables. Análisis de los flujos mundiales. Efectos sobre el desarrollo económico y el comercio. Acuerdos internacionales: APPRIs y OCDE. Los APRIs tras el Tratado de Lisboa.

19. Inversión española en el exterior: Normativa y tramitación en España. Registro de inversiones. Posición internacional. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de destino. Efectos. Promoción de inversiones en el exterior.

20. Inversión extranjera en España: Normativa y tramitación en España. Registro de inversiones. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de origen. Distribución regional. Efectos. Atracción de inversiones hacia España.

21. El régimen aduanero del comercio exterior: la política aduanera comunitaria. El código aduanero. El arancel de aduanas. Economía arancelaria. El origen de las mercancías. El valor en aduana.

22. Sistema de Preferencias Generalizadas. Antecedentes. Países beneficiarios, productos y preferencias.

23. El Código Aduanero de la Unión, principales novedades. Regímenes aduaneros: Generalidades y tipos. El despacho a libre práctica. La importación. La exportación. Trámites y principales documentos en los procedimientos de importación y exportación.

24. Los regímenes especiales. El tránsito. El depósito aduanero. La importación temporal. El Perfeccionamiento Activo. El Perfeccionamiento Pasivo.

25. Instrumentos de defensa comercial: cláusulas de salvaguardia. Medidas antidumping. Medidas antisubvención. Reglamento de obstáculos comerciales (ROC): Definición. Función. Procedimiento.

26. El comercio exterior de material de defensa y de doble uso. Normativa aplicable. Órganos de control. Foros internacionales.

27. Obstáculos comerciales: Identificación y caracterización de barreras comerciales. La Base de Datos de Acceso al Mercado de la UE. Estructura y contenido. Obstáculos técnicos al comercio. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC (OTC). Contenido, funcionamiento y evolución.

28. Medidas sanitarias y fitosanitarias. Acuerdo sobre aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (MSF). Contenido, funcionamiento y evolución. La Base de datos de Acceso al Mercado de la UE en materia sanitaria y fitosanitaria. Estructura y contenido. Casos concretos.

29. Medidas de armonización y transparencia en la Unión Europea, Directiva UE 2015/1535. Procedimientos para la resolución de obstáculos dentro del Mercado Interior comunitario.

30. Política comunitaria en materia de normas y evaluación de la conformidad. Directivas de Enfoque global y de nuevo enfoque. El marcado CE. El principio de reconocimiento mutuo.

31. Acuerdos de reconocimiento mutuo sobre evaluación de la conformidad (ARM). Acuerdos sobre Evaluación de Conformidad y aceptación de productos industriales (ACAA). Acuerdos suscritos por la UE y sectores cubiertos.

32. El transporte internacional marítimo y aéreo. Aspectos generales. Formas de contratación. Responsabilidad de los operadores y agentes económicos. Documentos utilizados.

33. El transporte internacional por carretera y ferrocarril. Aspectos generales. Convenio CIM y régimen TIF para el transporte por ferrocarril. El Convenio CMR y el régimen TIR para el transporte por carretera. Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) y Real Decreto 1202/2005. Documentos de transporte: la Carta de Porte.

Parte B) Organismos Internacionales y Unión Europea.

34. Naciones Unidas: Objetivos y Órganos principales de funcionamiento. Organismos dependientes de Naciones Unidas: FAO, UNCTAD, CEPE/UN, PNUMA. Otros Organismos Internacionales: El Centro de Comercio Internacional.

35. La cooperación económica internacional: el Fondo Monetario Internacional. Antecedentes; objetivos y funciones; recursos del FMI; la condicionalidad.

36. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda al desarrollo. El Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo.

37. La OCDE: Objetivo, estructura y funciones. Principales ámbitos de actividad. Líneas Directrices de la OCDE para multinacionales.

38. Las negociaciones comerciales multilaterales: la evolución del sistema de comercio multilateral. Antecedentes históricos: el GATT. Reglas principales del GATT. Las Rondas de negociación comercial.

39. La Organización Mundial de Comercio y la economía mundial. El sistema de la OMC. Objetivo, funciones y estructura de la OMC. Adopción de decisiones. La Secretaría de la OMC. Solución de diferencias en la OMC. El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales.

40. La Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos multilaterales y plurilaterales. Panorama general de los distintos Acuerdos de la OMC. Comercio y medio ambiente

41. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. El Tratado de Maastricht. El Tratado de Ámsterdam. El Tratado de Niza. El Tratado de Lisboa.

42. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo Europeo. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento europeo. El Tribunal de Justicia.

43. Toma de decisiones en la UE. Proceso legislativo, actos delegados y de ejecución, especial mención a la Comitología.

44. El Mercado Único Europeo. El principio de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales.

45. La política agrícola de la Unión Europea. Especial referencia a la organización común de mercado única.

46. La política pesquera de la Unión Europea.

47. La política de la calidad de productos agroalimentarios de la Unión Europea: Indicaciones Geográficas. Denominaciones de origen.

48. Política de protección de los consumidores de la Unión Europea: Salud y Seguridad. Organismos Genéticamente Modificados Nuevos Alimentos.

49. Política económica y monetaria de la Unión Europea.

50. Política industrial y empresarial de la Unión Europea.

51. Política de medio ambiente de la Unión Europea y compromisos internacionales en la materia.

52. Política de Competencia de la Unión Europea.

53. Política regional y de cohesión de la Unión Europea. La cohesión económica, social y territorial. FEDER y otros fondos europeos.

54. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (I): La política comercial común. Origen y desarrollo. Marco general actual. Los acuerdos de liberalización comercial.

55. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (II): El Espacio Económico Europeo. Suiza. Turquía. Relaciones con Rusia y Ucrania. Relaciones con otros países de la Comunidad de Estados Independientes (CEI). Relaciones con los Balcanes.

56. La política comercial exterior y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (III): La Asociación Euromediterránea (UPM), y relaciones bilaterales con los principales miembros. Especial mención a Marruecos. Relaciones con los países de África, Caribe y Pacífico (ACP). Acuerdos de Asociación Económica con los ACP (EPAS).

57. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (IV): Relaciones con Estados Unidos y Canadá. Relaciones con México, Centroamérica, Comunidad Andina, Chile y MERCOSUR.

58. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (V): Relaciones con Asia: Corea, India, China, Japón, y otros países asiáticos, en particular los miembros de ASEAN. Relaciones con el Consejo de Cooperación del Golfo. Relaciones con Oceanía.

Quinto ejercicio

Parte A) Economía General y Estructura económica de España

1. Objeto y método de la ciencia económica. Economistas clásicos y Marx.

2. Evolución del pensamiento económico. Economistas neoclásicos. Keynes hasta la actualidad.

3. Teoría de la Demanda. Teoría de la producción. Teoría de los Costes.

4. El funcionamiento del mercado. Teoría de la competencia perfecta. Teoría del monopolio. Teoría del oligopolio. Teoría de la competencia monopolista.

5. La política monetaria. Estrategias de política monetaria. Efectos sobre la actividad económica y sobre la inflación.

6. La política fiscal. Disciplina fiscal y financiación del déficit público. Sostenibilidad del déficit público.

7. Crecimiento económico y desarrollo. Principales modelos de crecimiento económico.

8. La globalización de la economía. La empresa y las decisiones de inversión. La deslocalización empresarial. Determinantes de la inversión exterior.

9. La integración económica regional. El regionalismo de la economía internacional.

10. La política agraria española en el marco de la PAC. La ganadería y el sector forestal en España.

11. Sector pesquero español. Evolución y situación actual en la UE.

12. La política industrial en España. Política de Medio Ambiente y política de I+D.

13. La política energética española. Las alternativas energéticas en la actualidad.

14. El sector servicios en España. El sector de la construcción y la política de la vivienda española.

15. La política de desarrollo regional en España en el contexto de la UE. La financiación de las Autonomías.

Parte B) Comercio interior

16. El marco económico de la distribución comercial. Estructura del sector. El empleo en el sector de la distribución comercial.

17. Evolución de la actividad comercial. Principales ratios de la empresa minorista. Análisis por formatos y subsectores comerciales. Distribución alimentaria y no alimentaria.

18. Precios y márgenes en el canal de distribución. Índice de Precios al Consumo.

19. La Ordenación del Comercio Minorista. Normativa europea, estatal y autonómica.

20. Instrumentos de apoyo al comercio minorista. Plan integral de apoyo a la competitividad del comercio minorista de España. Líneas estatales de ayuda al comercio interior: líneas de financiación del ICO. Programas autonómicos de apoyo

21. El comercio mayorista en España. La red de Unidades Alimentarias. La Empresa Nacional MERCASA. Centrales de distribución y canales alternativos.

22. Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Uso de tarjetas como medio de pago en el comercio.

23. Otras formas comerciales emergentes: Franquicias, venta a distancia, venta automática. Características y regulación. Registros.

24. La protección al consumidor. Estructura competencial de las Administraciones Central, Autonómica y Local en la inspección del mercado interior.

25. La defensa de la libre competencia en España. Ley de defensa de la competencia. La aplicación en España de las normas comunitarias de competencia. Instituciones estatales de defensa de la competencia: Organización y funciones. Coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de defensa de la competencia. Órganos de competencia de las Comunidades Autónomas.

26. Prácticas restrictivas de la competencia. Normativa nacional. Acuerdos horizontales y acuerdos verticales. Conductas exentas. Reglamentos comunitarios de exención por categorías. Abuso de posición de dominio. Procedimiento sancionador. Competencia desleal.

27. Concentraciones económicas. Normativa nacional. Definición de concentración. Umbrales de notificación y efectos suspensivos de la misma. Definición de los mercados de referencia. Procedimiento nacional de control de concentraciones. Sanciones.

28. Ayudas públicas. Regulación y control en la normativa española y su relación con el control comunitario. Concepto de ayuda pública. Recuperación de ayudas ilegales. Ayudas públicas regionales. Ayudas de carácter horizontal. Los servicios de interés económico general y su financiación.

Parte C) Derecho Administrativo y Organización del Estado

29. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La ley. Los Decretos-leyes. La delegación legislativa.

30. El reglamento. La potestad reglamentaria. Los reglamentos ilegales. Actos administrativos generales, circulares e instrucciones.

31. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación.

32. Los recursos administrativos.

33. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes del procedimiento. La sentencia. Recursos.

34. Los contratos administrativos: concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

35. El servicio público: concepto y clases. Forma de gestión de los servicios públicos. Examen especial de la gestión directa. La gestión indirecta: modalidades. La concesión. Régimen jurídico.

36. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo como garantía. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.

37. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario.

38. El administrado y la Administración pública. Derechos y deberes. Sanciones administrativas

39. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución.

40. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Gobierno y su Presidente. Órganos Superiores y Directivos de la Administración General del Estado. La Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. La Administración Periférica del Estado. Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

41. Organización y competencias del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. La Secretaría de Estado de Comercio, servicios centrales, territoriales y en el exterior.

42. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución, competencias, Estatutos de Autonomía. El Sistema institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

43. El sistema tributario español: evolución histórica y régimen actual. La Hacienda Pública. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. Tasas y precios públicos.

44. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de presupuestos. El Presupuesto: concepto y naturaleza. Contenido y estructura. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.

45. Políticas Públicas: Políticas sociales de Igualdad de Género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

46. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.

ANEXO III
Tribunal Calificador pruebas selectivas para ingreso en el C. Inspectores del SOIVRE

Tribunal Titular:

Presidente: M. Mercedes Monedero Higuero, Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Moisés Eugenio Pérez Ruiz, Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

María González Fernández, Cuerpo Sup. de Administradores Civiles del E.

M. Yolanda Rozas Toribio, ETS. Especializados Org. Públicos de Investigac.

Enrique José López Cabarcos, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Santos Miguel Ruesga Benito, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretaria: Mónica Aróstegui Velázquez, Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Tribunal Suplente:

Presidente: M. Ángeles Rordríguez Yunta, Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Laura Yuste Cano, Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

M. Pilar Málaga Tello, E. Técnica de Gestión de Org. Autónomos.

Teresa de Jesús Sánchez Armas, Cuerpo Sup. de Administradores Civiles del E.

M. Paz Sevilla Sierra, Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Francisco Javier Casares Ripol, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretaria: Sara Peña Serrano, Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Inspectores del SOIVRE».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará:» «L» (Libre/Nuevo ingreso).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Economía, Industria y Competitividad».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico que se posea o esté en condiciones de poseer y que cumpla los requisitos de la base 4.

En el recuadro 25, en el apartado A, se consignará el idioma obligatorio «Inglés»; en el apartado B, se consignarán el o los idiomas elegidos para la parte voluntaria del ejercicio segundo.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 30,19 € y para las familias numerosas de categoría general 15,10 €.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Derechos de examen.» El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de octubre.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de derecho de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

En aquellos casos en que, con arreglo a los dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario, para instar la devolución, solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta corriente (veinte dígitos), a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución, acompañando al original de la solicitud el «ejemplar para el interesado» del impreso modelo 790.

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