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Documento BOE-A-2017-12762

Resolución de 26 de octubre de 2017, del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Cuenca, para la ejecución de las obras de "Rehabilitación de la Casa del Corregidor para Archivo municipal" en Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 6 de noviembre de 2017, páginas 106195 a 106200 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-12762

TEXTO ORIGINAL

Aprobado por la Comisión Ejecutiva el 13 de julio de 2017 el Convenio entre el Ayuntamiento de Cuenca y el Consorcio de la Ciudad de Cuenca para la ejecución de las obras de «Rehabilitación de la Casa del Corregidor para Archivo municipal» en Cuenca, condicionada la materialización de la firma a la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Función Pública requerida por el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

Autorizada su firma por el Ministerio de Hacienda con fecha 21 de julio de 2017, suscrito por las partes intervinientes con fecha 28 de julio de 2017 y cumplido el trámite de inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 25 de octubre de 2017, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

El Consorcio de la Ciudad de Cuenca resuelve:

Primero.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.

Disponer, con carácter facultativo, su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca».

Cuenca, 26 de octubre de 2017.–El Gerente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, Daniel León Irujo.

CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CUENCA Y EL CONSORCIO DE LA CIUDAD DE CUENCA PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE «REHABILITACIÓN DE LA CASA DEL CORREGIDOR PARA ARCHIVO MUNICIPAL» EN CUENCA

En Cuenca, a 28 de julio de 2017.

REUNIDOS

Don Ángel Luis Mariscal Estrada, Presidente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, en nombre y representación del mismo, con facultades bastantes para este acto en virtud de las atribuciones que le vienen atribuidas por el artículo 9 de los estatutos del mismo (aprobados en Consejo de Administración de 2 de diciembre de 2014, y 7 de mayo de 2015) y del acuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha 27 de julio de 2015, y

Don Julián Huete Cervigón, Primer Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, en nombre y representación del mismo, con facultades bastantes para este acto en virtud de las atribuciones que le vienen atribuidas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 3 de julio de 2017.

Los intervinientes, en la calidad en la que comparecen respectivamente, con competencia material y en uso de las facultades que tienen atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio de colaboración, en nombre de las instituciones cuya responsabilidad administran, declarando que ambas están legalmente constituidas y, en su virtud,

MANIFIESTAN

Primero.

El Consorcio de la Ciudad de Cuenca, en lo sucesivo el Consorcio, y el Ayuntamiento de Cuenca, en lo sucesivo el Ayuntamiento, son entidades del sector público de las previstas en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, normativa aplicable al presente Convenio de colaboración.

El Consorcio, de acuerdo con el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, tiene como fines esenciales «servir de apoyo administrativo y de gestión al Real Patronato de la Ciudad de Cuenca para el mejor cumplimiento por éste de sus fines propios». En el citado Real Decreto se establece como fin del Real Patronato «promover y coordinar todas aquellas acciones que deban realizar en Cuenca las Administraciones y entidades que lo componen, orientadas a la conservación y revitalización del patrimonio cultural de la ciudad, así como al desarrollo y potenciación de las actividades culturales y turísticas vinculadas a ella». Para conseguir dicho fin, el Real Decreto cita entre las atribuciones del Real Patronato «promover la ejecución de obras, servicios e instalaciones en general relacionados con los objetivos del Real Patronato» e «impulsar la coordinación de las inversiones que se proyecten por las Administraciones públicas para la realización de las obras, servicios e instalaciones antes referidos».

Segundo.

El Ayuntamiento de Cuenca, administración pública integrada en el Consorcio dispone del pleno dominio del edificio sobre el que se desarrolla el proyecto.

Tercero.

El 22 de diciembre de 2009 se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Cuenca para la financiación de las obras de «rehabilitación de la Casa del Corregidor para Archivo municipal» en Cuenca. En dicho Convenio se establecían las condiciones de financiación de las obras definidas en el Proyecto de «Rehabilitación de la Casa del Corregidor para Archivo Municipal», acogiéndose al programa presupuestario para las actuaciones relacionadas con el 1% Cultural, en virtud de lo establecido en el V Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura el 3 de marzo de 2009, para la actuación conjunta en el Patrimonio Histórico Español. Dicha financiación se establecía de forma que, del presupuesto de contrata 1.944.445,34 euros, el 75% correspondería al Ministerio de Fomento, con una aportación máxima de 1.458.334,00 euros, distribuidos en cuatro anualidades y asignando la cantidad de 656.250,30 euros con cargo al ejercicio económico de 2009 y el resto repartido entre 2010, 2011 y 2012. El Ayuntamiento se comprometía a la cofinanciación de las obras, con sus propios recursos o con cualquier otra fuente de financiación, asignando por su parte 486.111,34 euros para la financiación del 25% restante, necesario para la licitación de las obras.

Cuarto.

El Ministerio de Fomento ha abonado al Ayuntamiento el importe correspondiente a la anualidad 2009 por 656.250,30 euros.

Quinto.

Con fecha 10 de octubre de 2011 se suscribe una adenda al Convenio mediante la cual, debido al ritmo de ejecución de las obras, se procede a un nuevo reajuste de anualidades, modificando el plazo de duración del Convenio y distribuyendo la cantidad pendiente de abonar por el Ministerio de Fomento (802.083,70 €) en tres anualidades, 2012, 2013 y 2014.

Sexto.

Desde el año 2006, a petición del Ayuntamiento, el Consorcio está interviniendo en la Casa del Corregidor mediante varias actuaciones, estudios, proyectos y obras, tendentes a su rehabilitación final. El proyecto para la rehabilitación del edificio, objeto del Convenio con el Ministerio de Fomento, fue redactado por el Consorcio. En contraprestación, el Consorcio de la Ciudad de Cuenca tiene previsto establecer su sede definitiva en la planta primera del edificio. El proyecto de «Rehabilitación de la Casa del Corregidor para Archivo municipal» en Cuenca, que ha sido actualizado en el año 2014 en su contenido, pero no en su cuantía, también por el Consorcio, manteniendo el presupuesto de contrata en la cantidad de 1.944.445,34 euros, IVA incluido, ha sido aprobado en la Comisión Ejecutiva del Consorcio del día 14 de febrero de 2014.

Séptimo.

El Ayuntamiento, con fecha 7 de febrero de 2014, ha solicitado al Consorcio que se haga cargo de la ejecución de las obras y le subvencione con la parte que le corresponde para la financiación de la obra.

Octavo.

Con fecha 25 de mayo de 2016 se suscribe una Segunda Addenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento, dónde se procede a un nuevo reajuste de anualidades y a prolongar la vigencia del Convenio. La cantidad pendiente de abonar por el Ministerio de Fomento (802.083,70 €) se asigna al ejercicio presupuestario 2016. La Comisión Mixta en su reunión n.º LXVII, ha aprobado un nuevo reajuste trasladando la cantidad pendiente a la anualidad 2017, para lo que se está tramitando una Tercera Adenda a este Convenio. Por razones de eficacia en la gestión, el Ayuntamiento puede delegar en el Consorcio la tramitación de la contratación de las obras.

Noveno.

El Ayuntamiento, con fecha 31 de octubre de 2016, ha aprobado la cesión de uso gratuita de la planta primera de la Casa del Corregidor al Consorcio, durante el tiempo en que sea destinada al uso de sede del Consorcio. Los gastos generados por el uso serán abonados por el Consorcio en proporción a la superficie ocupada.

Décimo.

El Ayuntamiento, con fecha 8 de mayo de 2017, ha aprobado encomendar al Consorcio la ejecución de las obras y la tramitación del expediente de contratación de la rehabilitación de la Casa del Corregidor.

Undécimo.

El Ayuntamiento, con fecha 10 de mayo de 2017, ha abonado al Consorcio el importe de 656.250,30 euros recibidos del Ministerio de Fomento en el marco del Convenio citado en el punto tercero.

Duodécimo.

En los Presupuestos para el ejercicio 2017 (capítulo VI, Inversiones reales) del Consorcio, existe consignación presupuestaria para cumplir el presente Convenio.

Por todo ello, la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, reunida en sesión de fecha 13 de julio de 2017, acuerda la ejecución de la obra de «Rehabilitación de la Casa del Corregidor para Archivo municipal» en Cuenca, así como la aportación de la parte de la financiación correspondiente al Ayuntamiento, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este Convenio es la financiación y ejecución de las obras contenidas en el proyecto de ejecución de «Rehabilitación de la Casa del Corregidor para Archivo municipal» en Cuenca, redactado en febrero de 2014 por la arquitecto doña Marta Guillén Tena, el ingeniero técnico industrial don Jesús López Arroyo y el arquitecto técnico del Consorcio de la Ciudad de Cuenca don Ricardo Alonso Julián (Estudio de Seguridad y Salud), con un presupuesto de contrata de 1.944.445,34 euros IVA incluido y con Licencia Urbanística Municipal de fecha 17 de noviembre de 2014, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 12 de noviembre de 2014.

Segunda. Financiación.

1. El Ayuntamiento, previamente a la firma del presente Convenio, hará efectiva la aportación al Consorcio de la cantidad de 656.250,30 euros ya recibida del Ministerio de Fomento en la anualidad 2009, como ya ha hecho según lo expuesto.

2. El Consorcio se compromete a la cofinanciación de las obras asignando de su presupuesto la cantidad de 486.111,34 euros para la financiación del 25% necesario para la licitación.

3. En virtud de la Segunda Addenda al Convenio entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento, el Ministerio aportará la cantidad de 802.083,70 euros en el ejercicio presupuestario 2017. El Ayuntamiento cede al Consorcio dicha cantidad y por tanto autoriza a que sea transferida directamente por el Ministerio de Fomento al Consorcio.

4. Los primeros abonos al contratista encargado de la ejecución de las obras serán con cargo a los 656.250,30 euros aportados por el Ayuntamiento procedentes de la aportación del Ministerio de Fomento en la anualidad 2009. El resto se abonará con cargo a los fondos propios del Consorcio.

Tercera. Cesión del edificio.

El presente Convenio está condicionado a la cesión gratuita, por parte del Ayuntamiento, de la primera planta del edificio para sede del Consorcio. Durante el tiempo en que sea destinada a este uso, los gastos generados serán abonados por el Consorcio en proporción a la superficie ocupada.

Cuarta. Adjudicación de la obra.

El Consorcio se compromete a adjudicar las obras, de acuerdo con la normativa de contratos del sector público en el plazo de tres meses desde la fecha del presente Convenio, y a comunicarlo a la mayor brevedad al Ayuntamiento.

Quinta. Tramitación de la obra.

El Consorcio se compromete a la remisión mensual al Ayuntamiento de las certificaciones de obra ejecutada, aprobadas y abonadas por el Consorcio, acompañadas por fotografías, en formato digital, del estado actual de la obra en la fecha de emisión de cada certificación.

Sexta. Modificaciones de la obra.

El Consorcio se compromete a mantener puntualmente informado al Ayuntamiento de las posibles modificaciones introducidas en el proyecto remitiendo los informes y las autorizaciones preceptivas.

Séptima. Información de la obra.

El Consorcio se compromete a la remisión de cuantos informes y aclaraciones sobre las obras considere necesarias el Ayuntamiento y a aportar documentación gráfica y escrita en la que se refleje su situación.

Al finalizar las obras el Consorcio emitirá un informe completo de los trabajos realizados, con documentación gráfica, escrita y fotográfica, en formato digital y calidad suficiente que refleje la situación inicial, la evolución de las obras y la realidad final.

Octava. Publicidad.

A efectos informativos y de conocimiento público, durante el tiempo de duración de la obra, se instalará en lugar visible desde la vía pública, un cartel publicitario de las dimensiones tipo y contenido que facilitará el Ministerio de Fomento, en el que constarán las características de la obra y el grado de participación en la financiación de la misma.

Los firmantes se comprometen a citar, en cualquier difusión pública que se realice de las obras, la participación de los Organismos que han intervenido en ella, incluso en el caso de que dicha difusión se lleve a efecto con posterioridad a la terminación de los trabajos, debiendo remitirse copia a los mismos.

El Consorcio notificará al Ayuntamiento la proximidad de la finalización de las obras. Los posibles actos protocolarios o de difusión: inauguración, puertas abiertas al público o prensa, etc. así como los aspectos formales: invitaciones, dossier de prensa, etc. deberán programarse con la antelación necesaria, de forma coordinada y de común acuerdo entre las partes y el Ministerio de Fomento.

Novena. Duración.

El presente Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y será eficaz una vez se inscriba en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el Boletín Oficial del Estado. El plazo de duración del mismo se dará por concluido con la finalización de la ejecución de la obra y la entrega del edificio al Ayuntamiento. En todo caso, este plazo no podrá ser superior a cuatro años. En cualquier momento antes de la finalización del periodo de vigencia del Convenio, las partes podrán acordar unánimemente su prorroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Décima. Modificación del Convenio.

El presente Convenio solo puede modificarse por acuerdo expreso de las partes durante su vigencia o durante las sucesivas prórrogas.

Cualquier modificación se formalizará mediante la correspondiente adenda al Convenio, que deberá ser aprobada previamente por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Undécima. Comisión de seguimiento y control del Convenio.

Para la vigilancia y control del Convenio y de los compromisos adquiridos con su firma se establece una comisión de seguimiento del mismo formada por dos miembros de cada una de las partes.

Esta comisión de seguimiento resolverá cualquier problema de interpretación o cumplimiento que pudiera plantearse. Las normas de funcionamiento de dicha comisión se regirán por la normativa reguladora del régimen de órganos colegiados de las Administraciones Públicas.

Las partes determinarán mediante anexo, la composición de la comisión que, al menos deberá reunirse una vez al año.

Duodécima. Extinción del Convenio.

Serán causa de resolución del Convenio las siguientes:

A) El mutuo acuerdo entre las partes.

B) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio o, en su caso, la prórroga acordada expresamente.

C) El incumplimiento de las obligaciones esenciales asumidas en este Convenio.

En el supuesto de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de treinta días naturales, la obligación incumplida. Este requerimiento será comunicado a los responsables de la comisión de seguimiento.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra, la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.

Decimotercera. Régimen de incumplimiento del Convenio.

Si la resolución del Convenio se produjera por causa imputable al Consorcio, este devolverá los importes recibidos.

En todo caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimocuarta. Naturaleza del Convenio y Jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas de derecho administrativo aplicables. Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio serán resueltas en el seno de la comisión de seguimiento y en el caso de que no se alcanzara acuerdo se acudirá a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca, el Presidente, Ángel Luis Mariscal Estrada.–Por el Ayuntamiento de Cuenca, el Primer Teniente de Alcalde, Julián Huete Cervigón.

ANEXO

En virtud de lo dispuesto en la cláusula undécima del Convenio, la comisión de seguimiento y control del mismo está formada por los siguientes miembros:

Por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca:

– El Gerente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca. En la actualidad, don Daniel León Irujo.

– La responsable del Área de Contratación. En la actualidad, doña Gemma María Valencia Soriano.

Por el Ayuntamiento de Cuenca:

– El Primer Teniente de Alcalde y Concejal de Desarrollo Urbano Sostenible, don Julián Huete Cervigón.

– El Segundo Teniente de Alcalde y Concejal de Hacienda, Planificación Económica, Personal, Contratación y Patrimonio, don José Ángel Gómez Buendía.

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