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Documento BOE-A-2017-12465

Resolución de 20 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Bancaria "La Caixa", para la realización del proyecto expositivo itinerante "Picasso. El viaje del Guernica".

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 31 de octubre de 2017, páginas 104380 a 104389 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-12465

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Bancaria «La Caixa» han suscrito, con fecha 14 de septiembre de 2017, un Convenio para la realización del proyecto expositivo itinerante «Picasso. El viaje del Guernica», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 20 de octubre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Bancaria «La Caixa» para la realización del proyecto expositivo itinerante «Picasso. El viaje del Guernica»

En Madrid, a 14 de septiembre de 2017.

PRESENTES

De una parte, don Manuel Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, actuando en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía («BOE» del 5) y el Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía («BOE» de 6 de abril). En adelante, MNCARS.

Y, de otra parte, doña Elisa Durán Montolío actuando en nombre y representación, en su calidad de Directora General Adjunta de la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, «la Caixa», entidad con domicilio social en Barcelona, avenida Diagonal, 621-629 y C.I.F. G-58899998. Interviene en virtud del poder conferido a su favor en virtud de la escritura de nombramiento de cargo y poder autorizada por el Notario de Barcelona don Tomás Giménez Duart, en fecha 7 de julio de 2.014 con el número 1.869 de su protocolo. En adelante, Fundación Bancaria «la Caixa» o FBLC.

Ambas partes intervienen en virtud de la competencia que sus respectivos cargos les confieren y reconociéndose poderes y facultades suficientes.

EXPONEN

I. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía es un organismo público adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que tiene entre sus objetivos –conforme al artículo 3. a) de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía–, promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño; establecer relaciones de cooperación y colaboración con otros museos, universidades, centros de investigación o instituciones culturales nacionales o extranjeras para favorecer el intercambio de experiencias y conocimientos; y desarrollar acciones conjuntas con las citadas entidades que puedan contribuir a la mejor realización de sus respectivos fines y organizar conjuntamente con ellas las exposiciones temporales de artes plásticas.

II. La Fundación Bancaria «la Caixa» es una entidad sin ánimo de lucro que tiene como finalidad la realización de actividades y el desarrollo de programas en los ámbitos social, cultural, científico y medioambiental, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de las personas. Algunas de estas actividades las realiza en colaboración con instituciones públicas y privadas. Concretamente, en el ámbito cultural tiene establecidas alianzas con entidades de reconocido prestigio para la realización de exposiciones. Entre las líneas de actuaciones culturales de la FBLC se encuentra un programa de exposiciones temporales itinerantes, cuya finalidad es la de acercar a sus públicos la divulgación de la historia de España. Una de las exposiciones itinerantes que FBLC prevé llevar a cabo consiste en una muestra virtual sobre la historia del «Guernica» de Picasso. La exposición, cuya estructura y contenidos contarán con la supervisión del MNCARS, se llevará a cabo a partir de finales de 2017 y está previsto que la itinerancia se prolongue durante ocho años.

III. Conforme a lo expuesto y con el fin de concretar las respectivas obligaciones para la organización del citado proyecto expositivo de carácter itinerante, las partes acuerdan –dentro del marco legal y estatutario propio de cada una de ellas–, formalizar el presente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

1.1 El presente Convenio tiene por objeto fijar las condiciones para la organización por parte de la FBLC en colaboración con el MNCARS, de la exposición titulada «Picasso. El viaje del Guernica» (en lo sucesivo, la Exposición) y su itinerancia por diversas localidades españolas. La lista de localidades propuesta por la FBLC para formar parte de la itinerancia, así como el calendario de la misma, serán enviados con suficiente antelación al MNCARS para su revisión y visto bueno. La previsión inicial de localidades se detalla en Anexo A al presente Convenio.

1.2 El MNCARS, desde su Departamento de Colecciones, será el encargado de elaborar el proyecto expositivo y asume la tarea de comisariado de la muestra, preparando la selección de piezas que la conformarán, el concepto y discurso, además de los aspectos que se enumeran en el punto siguiente. Dicho proyecto será presentado a la FBLC para su aprobación.

A tal efecto, el MNCARS nombra como comisarias de la Exposición a doña Rosario Peiró Carrasco, Jefa del Área de Colecciones del MNCARS, y doña Rocío Robles Tardío, profesora de Historia del Arte de la Universidad Complutense de Madrid (en adelante, las Comisarias).

1.3 La Exposición está integrada por la reproducción de un conjunto de obras y documentos gráficos y audiovisuales seleccionados por las Comisarias. Los cambios en el concepto de la exposición o en la lista de obras a presentar en cada una de las sedes durante la itinerancia deberán contar con el visto bueno expreso de las Comisarias.

1.4 No obstante, el contenido de la exposición se revisará periódicamente, para atender a una potencial actualización de contenidos. El seguimiento y revisión periódica de los contenidos de la exposición contará con la participación de las Comisarias, y los dos representantes que la FBLC designe, en el seno de la Comisión prevista en la cláusula cuarta.

Segunda. Compromiso de las partes.

2.1 Compromisos del MNCARS:

2.1.1 El MNCARS es responsable de nombrar a las Comisarias de la exposición. En el comisariado quedan comprendidas las tareas que se definen a continuación:

Selección de las obras que conforman la exposición y propuesta de alternativas, así como elaboración del concepto y el relato expositivo, en cuya propuesta definitiva se trabajará conjuntamente con la FBLC.

Redación del guión-borrador y participación en los contenidos para los audiovisuales que se incluyan en la exposición. En el caso de realizarse un audiovisual específico sobre el estado y estudio de conservación de Guernica, se contará con la participación del Departamento de Restauración del MNCARS.

Propuesta y validación de dimensiones, soportes y diseño de instalación de las piezas en las unidades móviles, con la visita y planificación espacial de la muestra.

Supervisión y aprobación de cualquier cambio en el contenido o instalación del proyecto propuesto por la FBLC.

Redacción y posterior correción de los textos producidos para la exposición, ya sean los de la muestra en las unidades móviles o las hojas de mano. Y revisión de las notas de prensa y todo tipo de material de difusión producidos siempre relacionados con la exposición.

Asesoramiento en el primer montaje de la exposición en la unidad móvil.

Cesión a la FBLC del uso de las imágenes digitales de las obras y los documentos que formen parte de la Colección del MNCARS o procedan de su Biblioteca y Centro de Documentación y se incluyan en la exposición. El listado de archivos digitales facilitados por el MNCARS se detalla en anexo B al presente Convenio. La cesión se hará en los siguientes términos:

El MNCARS autoriza expresamente a la FBCL la reproducción, distribución y/o comunicación pública de las imágenes digitales que, según el punto anterior, les facilite de las obras y documentos que forman parte de la Colección del museo o de su Biblioteca y Centro de Documentación y tengan como destino la exposición o siempre que la FBCL las utilice con fines comunicativos y de difusión de la exposición, quedando excluida la reproducción para usos comerciales con ánimo de lucro.

En la reproducción de cualquiera de esas imágenes se incluirá el nombre del autor, título y año junto a la mención: «Colección Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía» o «Biblioteca y Centro de Documentación, Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía», según corresponda.

En todo caso, la FBCL remitirá previamente al MNCARS las pruebas de los materiales de difusión que incorporen dichas imágenes para su aprobación.

Las imágenes digitales cedidas para ser reproducidas en cualquier soporte y/o formato, incorporan obras de arte sujetas a derechos de autor de terceros, para cuya utilización deberán respetarse, gestionarse y abonarse por la FBCL los derechos de uso correspondientes mediante las licencias que la FBLC tramitará con la entidad de gestión de tales derechos de propiedad intelectual.

2.1.2 El MNCARS validará tanto el interior como el exterior de las unidades móviles conjuntamente con la FBLC. Así mismo, las Comisarias y/o un representante del MNCARS podrán asistir al montaje y a la presentación pública del proyecto en su primera sede, asumiendo la FBLC los gastos derivados de dicha asistencia.

2.1.3 Las obligaciones adquiridas por el MNCARS en virtud de la presente cláusula no conllevan la ejecución de aportaciones presupuestarias por parte del organismo.

2.2 Compromisos de la FBLC.

2.2.1 Cualquier tipo cambio o modificación en las propuestas previamente acordadas y trabajadas conjuntamente por las partes ha de ser comunicada al MNCARS, en tanto que responsable del comisariado, antes de darse como definitiva.

2.2.2 La FBLC informará al MNCARS de las sedes que conforman la itinerancia para poder determinar así su presencia institucional a la inauguración/a las inauguraciones que ambas partes estimen.

2.2.3 La FBLC enviará al MNCARS para su aprobación cualquier proyecto editorial o publicación derivada de la Exposición objeto de este convenio o en conexión con ésta.

2.2.4 Como organizador y responsable material de la itinerancia de la exposición, la FBLC asumirá los costes derivados de la itinerancia, así como la contratación y abono directo a los proveedores de los costes por los servicios o suministros derivados de la producción y montaje de la exposición.

2.2.5 También correrán por cuenta de la FBLC los gastos derividados de la asistencia de las Comisarias y/o un representante del MNCARS, en calidad de institución colaboradora, a las inauguraciones que ambas partes hayan acordado.

2.2.6 La restauración de posibles deterioros de las reproducciones de las obras o daños en las unidades será asumido por la FBLC.

2.2.7 Se entienden también como gastos de producción las necesidades materiales para el montaje y mantenimiento de la obra Postcript (2016-2017) de Rogelio López Cuenca, que se incluye en la Lista de Obras de la exposición.

Tercera. Imagen de la exposición.

3.1 En todo el material de difusión, publicidad y, en caso de haberla, en la hoja de sala de la exposición, figurarán las instituciones firmantes del presente convenio, como entidades coorganizadoras, incluyéndose sus respectivos logotipos.

3.2 El citado material deberá incluir, en lugar relevante, la siguiente línea de crédito:

Exposición organizada por Fundación Bancaria «la Caixa» en colaboración con el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Esta línea de crédito también aparecerá en el hall de entrada de las unidades móviles que albergarán la Exposición.

3.3 Las pruebas de todo el material de comunicación y publicidad de la Exposición habrán de ser supervisadas y conformadas previamente de manera expresa tanto por el Departamento de Desarrollo Estratégico y de Negocio del MNCARS como por los responsables de estas funciones en la FBLC teniendo en cuenta la normativa de ambas instituciones. En el caso del material que sea igual para diversas sedes, solamente deberá remitirse para supervisión cuando presente novedades significativas respecto de la versión precedente.

Cuarta. Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.

A petición de cualquiera de las partes, podrá constituirse una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento del presente convenio a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo así como la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste pudieran derivarse. La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como sus miembros estimen oportuno y estará integrada por dos representantes de cada parte, designado al efecto por cada entidad firmante. Una vez constituida, la Comisión de vigilancia y seguimiento aprobará sus normas internas de funcionamiento.

Quinta. Vigencia.

El presente convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el Boletín Oficial del Estado, según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Estará en vigor por un plazo de cuatro (4) años, a contar desde el día de su firma. No obstante, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales o su extinción.

Sexta. No constitución de vínculo o sociedad.

6.1 El presente convenio no implica la constitución de ninguna sociedad, asociación u otra clase de vinculación entre las partes, que asumen sólo las obligaciones que figuran en la redacción de su texto, y a las cuales limitan sus responsabilidades respectivas.

6.2 Los acuerdos, contratos o convenios que cada una de las partes pueda formalizar con terceros durante la vigencia del presente convenio, y no estén expresamente previstos en el mismo, serán del todo ajenos a la contraparte y al propio convenio.

6.3 Entre las partes no existe relación de solidaridad o subsidiariedad alguna, y cada una responde de forma individual y exclusiva de sus acciones y omisiones que traigan causa del presente convenio.

Séptima. Modificaciones.

El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación a este convenio deberá ser hecha por escrito y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Causas de resolución.

Serán causas de resolución del presente convenio:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte cumplidora podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 10 días con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Novena. Confidencialidad.

9.1 Toda información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia de la negociación, formalización y ejecución del presente convenio de colaboración deberá considerarse información confidencial, amparada por el secreto profesional.

9.2 En virtud de lo anterior, las partes asumen la obligación de no revelar ni permitir a nadie revelar la información confidencial, así como restringir el acceso a aquellas personas cuya intervención sea necesaria para el desarrollo del Convenio de colaboración y que deban tener acceso a la misma en relación con los fines antes mencionados.

9.3 Los deberes de confidencialidad que las partes asumen en virtud del presente documento estarán en vigor durante el plazo de tantos años y máximo cuatro (4) años tras la extinción del mismo por cualquier causa.

Décima. Fiscalidad.

Cada una de las partes se hará cargo de los impuestos que se devenguen, en su caso, de su respectiva aportación o colaboración.

Undécima. Fuerza mayor.

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato cuando dicho incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor. Esto incluye (a título enunciativo pero no limitativo) incendios, inundaciones, actos gubernamentales, emergencias nacionales, motines o guerras, huelgas, cierres, y siempre que la circunstancia no pueda atribuirse a la voluntad, negligencia o falta de medidas de precaución razonables por la parte afectada.

Duodécima. Buena fe.

Las partes se obligan a cumplir y ejecutar el presente convenio bajo el principio de la buena fe, con el fin de conseguir los objetivos propuestos en los antecedentes, por todo lo cual colaborarán en todo cuanto sea necesario y se abstendrán de realizar cualesquiera actos que lesionen de manera injustificada los intereses de la otra parte.

Decimotercera. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

13.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se excluye de la legislación de contratos del Estado, de conformidad con el artículo 4.1.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin perjuicio, de conformidad con el punto 2 del mismo artículo, de la posible aplicación de los principios de la Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

13.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la cláusula cuarta. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y, en prueba de conformidad, se firma el presente convenio por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Borja-Villel, Director.–Por la Fundación Bancaria «La Caixa», Elisa Durán Montolío, Directora General Adjunta.

ANEXO A
Listado de localidades a las que itinerará el Proyecto Picasso. El viaje del Guernica

Año 2017

Barcelona. Fecha: del 6 al 11 de octubre de 2017.

Gernika. Lumo (Vizcaya). Fecha: del 20 al 25 de octubre de 2017.

Vitoria-Gasteiz (Álava). Fecha: del 31 de octubre al 7 de diciembre de 2017.

Bilbao (Vizcaya). Fecha: del 12 de diciembre de 2017 al 18 de enero de 2018.

ANEXO B
Lista de material digital facilitado por el MNCARS a la FBLC para la exposición

Obras de la colección y del archivo fotográfico del Museo Reina Sofía enviadas a la FBLC

Augusto (Fernández Sastre, Augusto).

¿Qué haces tú para evitar esto? Ayuda a Madrid. Ministerio de Propaganda.

Impresión offset.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. AD05569.

Dora Maar.

Picasso de pie trabajando en el Guernica en su taller de los Grands-Augustins.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01328.

Dora Maar.

Picasso de pie trabajando en el Guernica en su taller de los Grands-Augustins.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01329.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado I].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-001.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado I].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-002.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado II].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-003.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado III].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-004.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado III].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-005.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado IV].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-006.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado VI].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-007.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado III].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-008.

Dora Maar.

Reportaje sobre la evolución del Guernica [Estado VII].

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE01330-009.

Pablo Picasso.

Estudio de composición (I). Dibujo preparatorio para Guernica, 1 mayo 1937.

Grafito sobre papel azul.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00053.

Pablo Picasso.

Estudio de composición (II). Dibujo preparatorio para Guernica, 1 mayo 1937.

Grafito sobre papel azul.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00054.

Pablo Picasso.

Estudio de composición (III). Dibujo preparatorio para Guernica, 1 mayo 1937.

Grafito y aguada sobre papel azul.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00055.

Pablo Picasso.

Estudio de composición (IV). Dibujo preparatorio para Guernica, 1 mayo 1937.

Grafito y óleo sobre contrachapado.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00058.

Pablo Picasso.

Estudio para cabeza de caballo (I). Dibujo preparatorio para Guernica, 2 mayo 1937.

Grafito sobre papel azul.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00059.

Pablo Picasso.

Caballo y madre con niño muerto. Dibujo preparatorio para Guernica, 8 mayo 1937.

Grafito sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00064.

Pablo Picasso.

Estudio para caballo (I). Dibujo preparatorio para Guernica, 10 mayo 1937.

Grafito sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00066.

Pablo Picasso.

Cabeza de toro con rostro humano. Dibujo preparatorio para Guernica, 10 mayo 1937.

Grafito sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00070.

Pablo Picasso.

Madre con niño muerto en escalera (II). Dibujo preparatorio para Guernica, 10 mayo 1937.

Grafito y barra de color sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00071.

Pablo Picasso.

Cabeza de mujer (II). Dibujo preparatorio para Guernica, 13 mayo 1937.

Grafito y barra de color sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00072.

Pablo Picasso.

Mano con espada rota. Dibujo preparatorio para Guernica, 13 mayo 1937.

Grafito sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00074.

Pablo Picasso.

Cabeza de caballo (II). Dibujo preparatorio para Guernica, 20 mayo 1937.

Grafito sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00076.

Pablo Picasso.

Madre con niño muerto (IV). Dibujo preparatorio para Guernica, 28 mayo 1937.

Grafito, gouache, barra de color y cabello natural sobre papel tela.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00084.

Pablo Picasso.

Cabeza llorando (II). Dibujo preparatorio para Guernica, 28 mayo 1937.

Grafito, aguada, barra de color sobre papel tela.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00085.

Pablo Picasso.

Estudio de composición para Guernica, 9 mayo 1937.

Grafito sobre papel.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. DE00120.

Y las imágenes de vistas de instalación de la Colección permanente, sala 206, con las referencias:

_MG_4303

002

_MG_1078

_MG_4308

10.1

_MG_1430

_MG_4318

206.08A

_MG_2374

_MG_5555

206.09B

_MG_2377

_MG_8362

206.0641

_MG_2380

_MG_8390

206.0801

_MG_3596

_MG_8413

206.0803

_MG_3976

_MG_8431

cpS2-2013-05-16-3012

_MG_4291

_MG_8462

cpS2-2013-09-10-3029

_MG_1078

_MG_8516

cpS2-2013-09-10-3033

_MG_4298

_MG_8527

cpS2-2013-09-11-006

Relación de obras y documentos de la biblioteca y centro de documentación del Museo Reina Sofía enviados a la FBLC como archivos digitales

París 1937, arts et techniques: exposition internationale: mai-novembre, Ministère du commerce et de l’industrie /[graphisme de] Jean Carlu.

Editorial: [París]: printed in France and published by the French government [1937] (Paris: Imp. Jules Simon).

1 cartel: litografía, col.; 60 x 40 cm.

CDB. 161456 Reserva PL2-6 N.º Reg. 161456.

[Fotografías del Pabellón Español de 1937 en París].

Autor: Vaamonde Valencia, Jose Lino.

_re_117108_003.

_re_117108_005.

_re_117108_012.

_re_117108_013.

_re_117108_014.

_re_117108_016.

_re_117108_018.

_re_117108_021.

The American Artists Congress presents the masterpiece Guernica by Pablo Picasso for the benefit of the Spanish Refugee Relief Campaign.

Editorial: [New York]: [Valentine Gallery], [1939].

Descripción física: 8 p.: il.; 26 cm.

CDB. 95855 Reserva 389 N.º Reg. 95855.

Helen F. Mackenzie, Understanding Picasso: a study of his styles and development.

Editorial: Chicago: University of Chicago Press, 1940.

Descripción física: [3] h., 19 h. de lám.: il.; 42 cm.

CDB. 167582 Material especial G-811 N.º Reg. 167582.

Elizabeth McCausland, Picasso.

Editorial: New York: ACA Gallery, 1944.

Descripción física: 30 p.: il.; 24 cm.

CDB. 191905 Reserva 4398 N.º Reg. 191905.

Picasso: noticias sobre su vida y su arte.

Editorial: Madrid: ADLAN, Amigos de las Artes Nuevas, 1936.

Descripción física: 8 p., 7 h. de lám.; 22 cm.

CDB. 95758 Reserva 484 N.º Reg. 95758.

Diario 16, 10 de septiembre de 1981.

Editorial: Madrid: Información y Publicaciones, [1976]-[2001].

Descripción física: v.; 41 cm.

CDB. 177571 REVIIA PL4-4.

Cartel exposición Picasso-Guernica, Palazzo Reale, Milán, septiembre-diciembre 1953.

Reg. 196203.

Cartel exposición Picasso-Guernica, Stedelijk Museum, Ámsterdam, julio-septiembre 1956.

Reg. 194398.

Cartel exposición Guernica-Legado Picasso, Museo del Prado, Casón del Buen Retiro, Madrid, octubre 1981.

Reg. 194410.

Cartel «Nicaragua debe sobrevivir», s/f.

Reg. 194409.

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