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Documento BOE-A-2017-12031

Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Encomienda de gestión entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado por el que se encarga la realización de trabajos de imprenta y edición de publicaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 20 de octubre de 2017, páginas 101793 a 101795 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-12031

TEXTO ORIGINAL

El Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado han suscrito, con fecha 16 de agosto de 2017, un Acuerdo de Encomienda de Gestión por el que se encarga la realización de trabajos de imprenta y edición de publicaciones.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 10 de octubre de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEXO
Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado por el que se encarga la realización de trabajos de imprenta y edición de publicaciones

Madrid a 16 de agosto de 2017.

REUNIDAS

De una parte, José Canal Muñoz, Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación de este Ministerio, en virtud de las competencias conferidas por Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, sobre delegación de competencias,

Y de otra, don Manuel Tuero Secades, Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en nombre y representación de este organismo, en virtud de las competencias que le reconoce el artículo 11.3 del Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, aprobado por Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado,

Ambas partes se reconocen la capacidad legal para llevar a cabo el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión y

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de su Secretaría General Técnica (S. G. de Documentación y Publicaciones), tiene competencia para editar, publicar y distribuir las publicaciones que figuran en su programa editorial y requiere, además, para el cumplimiento de sus fines la realización de otros trabajos de imprenta.

Segundo.

Que la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (Agencia Estatal BOE) tiene la consideración, según el artículo 2 del citado Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, de medio propio instrumental de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público para las materias que constituyen sus fines.

Tercero.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1n) de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 29.5 del Estatuto de la Agencia Estatal BOE, aprobado por Real Decreto 1495/2007, las actuaciones como medio propio están excluidas de la Ley de Contratos del Sector Público y la Administración General del Estado y sus organismos y entidades pueden encargar a la Agencia Estatal BOE la realización de trabajos editoriales y de imprenta, estando esta obligada a ejecutarlos en los términos que establezcan los correspondientes encargos.

Cuarto.

Que de conformidad con lo establecido en el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General del Estado para el año 2017, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 17 de enero de 2014, «para el año 2014 deberá incrementarse de forma paulatina la proporción de trabajos de imprenta realizados por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado», a efectos de optimizar los recursos de la Administración y tal y como se recoge en el Informe para la Reforma de las Administraciones Públicas.

Por cuanto antecede, ambas partes firman el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

De acuerdo con los artículos mencionados de la Ley de Contratos del Sector Público y del Estatuto de la Agencia Estatal BOE, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de su Secretaría General Técnica (S. G. de Documentación y Publicaciones), encarga a la Agencia Estatal BOE los trabajos de imprenta y la impresión y edición impresa y electrónica de la obra incluida en su programa editorial que se relaciona a continuación: «Datos y Cifras. Curso escolar 2017/2018» (en papel y línea). «Facts and figures 2017/2018 school year» (en línea).

Segunda.

El importe total de los encargos que haga la Secretaría General Técnica (S.G. de Documentación y Publicaciones) a la Agencia Estatal BOE en el ejercicio 2017 no podrá superar la cantidad de 1.622,24 euros.

Tercera.

Los encargos respetarán los siguientes puntos:

Uno. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de su Secretaría General Técnica (S. G. de Documentación y Publicaciones) facilitará a la Agencia Estatal BOE las especificaciones técnicas de la obra a ejecutar, en base a las cuales esta elaborará un presupuesto aplicando las tarifas aprobadas por su Consejo Rector y publicadas en la web de la Agencia Estatal BOE.

Los presupuestos para trabajos de imprenta será firmados por el Director de Relación con Clientes y Oficinas Técnicas de la Agencia Estatal BOE o, alternativamente, por el Subdirector de la Imprenta Nacional.

Dos. Estos presupuestos deberán ser aceptados previamente a la realización de los trabajos objeto del encargo. Será competente para aceptar los presupuestos presentados por la Agencia Estatal BOE la subdirectora general de Documentación y Publicaciones.

Tres. El documento en que se presente el presupuesto, firmada su aceptación, tendrá la consideración de «encargo» del trabajo al que corresponda; una vez recibida dicha aceptación, la Agencia Estatal BOE procederá a su ejecución de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas.

Cuatro. Finalizado el trabajo, la Agencia Estatal BOE lo entregará en el lugar convenido y expedirá la factura correspondiente, de acuerdo con el presupuesto aceptado; esta factura se emitirá con vencimiento a los 30 días de su emisión.

Cinco. Los gastos generados por la ejecución de estos trabajos se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.321M.240 con cargo a la cual el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte habrá constituido la reserva de crédito necesaria para hacerles frente.

Cuarta.

Salvo que se indique expresamente otra cosa, los firmantes del presupuesto y su aceptación se encargarán de hacer el seguimiento de la ejecución de los trabajos.

Quinta.

El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión se celebra al amparo de lo previsto en los artículos 4.1n) del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y 29.5 del Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, aprobado por Real Decreto 1495/2007, rigiéndose por sus propios términos y condiciones. Se aplicarán, no obstante, los principios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Sexta.

El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión entrará en vigor el día siguiente a su firma y tendrá validez hasta el 1 de diciembre.

En prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, aceptando expresamente las delegaciones de firma que en él se contemplan, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

El Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Manuel Tuero Secades.

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