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Documento BOE-A-2017-11862

Resolución de 4 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y el Instituto Superior de Estudios Lingüísticos, para el desarrollo del título propio de "Máster en Traducción Especializada".

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 16 de octubre de 2017, páginas 100308 a 100322 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-11862

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo y el Instituto Superior de Estudios Lingüísticos han suscrito, con fecha 6 de septiembre de 2017, un Convenio de colaboración para el desarrollo del título propio de «Máster en Traducción Especializada«, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 4 de octubre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y el Instituto Superior de Estudios Lingüísticos para el desarrollo del título propio de «máster en traducción especializada»

En Madrid, a 6 de septiembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don César Nombela Cano, en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (entidad con NIF. Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23; 28040 Madrid), en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1705/2012, de 21 de diciembre («BOE» del 22) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril («BOE» del 12).

Y, de otra, doña Clementina Revilla Álvarez, en nombre y representación del Instituto Superior de Estudios Lingüísticos y Traducción, SL (entidad con NIF B91585729 y domicilio social en calle Castillo de Utrera, 5, 41013 Sevilla), en su calidad de administradora, que actúa facultada por escritura de poder notarial, autorizada por el Notario don José Montero Pizarro, en fecha diez de octubre de 2006, con el número 2480 de su protocolo ordinario.

Los presentes declaran que los poderes con los que actúan se encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad que mutuamente se reconocen.

EXPONEN

1. Que la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en adelante UIMP), adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con personalidad jurídica y patrimonio propios, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la actualidad por el Estatuto aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril («BOE» del 12), se define como un centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio e información científica y cultural de interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades de alta investigación y especialización, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. A tal fin organiza y desarrolla enseñanzas de postgrado que acredita con los correspondientes títulos oficiales de Máster universitario y Doctor y otros títulos propios y diplomas de postgrado que la misma expida.

2. Que el Instituto Superior de Estudios Lingüísticos y Traducción, S.L. (en adelante ISTRAD), antes denominado Sociedad Española de Lenguas Modernas Europea, S.L., es una organización de naturaleza jurídica privada, que tiene por objeto la enseñanza superior de idiomas, la realización de programas de formación en el área de la traducción y lenguas modernas. así como la prestación de toda clase de servicios de traducción, difusión y promoción de los mismos.

3. Que ambas entidades expresan su interés común en ofrecer formación de postgrado en el área de la Traducción especializada de las lenguas alemana, italiana, francesa e inglesa.

En este sentido la UIMP y el ISTRAD suscribieron el 3 de octubre de 2013 un convenio de colaboración para la realización del título propio «Máster Universitario en Traducción Especializada». El convenio tenía una vigencia hasta el 31 de julio de 2017, si bien se recogía la posibilidad de prorrogarlo mediante acuerdo expreso por un único periodo adicional de cuatro años. Posteriormente, el 31 de julio de 2015, se firmó una adenda de modificación para recoger la posibilidad de cursar el Máster tanto a tiempo parcial como a tiempo completo.

En ejecución de dicho convenio se han puesto en marcha ya cuatro ediciones del Máster con resultados satisfactorios, por lo que las partes están interesadas en mantener la colaboración. No obstante, dado que por exigencias legales se hace necesario variar las condiciones de su ejecución, debiendo ser la UIMP la que cobre las matrículas, las partes han creido conveniente la firma de un nuevo convenio en lugar de proceder a la prórroga del anterior.

4. Que, siendo conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta y siendo el convenio el instrumento jurídico que la legislación contempla para formalizar dicha colaboración,

Ambas partes

ACUERDAN

Suscribir el presente convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Objeto del convenio

Primera.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración de la UIMP y el ISTRAD para la realización de un Título propio de «Máster en Traducción Especializada» (en adelante «el Máster»), cuyo objetivo será dotar al estudiante de una formación específica en las técnicas de traducción general y especializada, y sus correspondientes herramientas, relativa a los entornos nacionales más demandados por la Sociedad.

Para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del Máster, y con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, solvencia organizativa y prestigio profesional, ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y logístico de acuerdo con lo que se establece en las cláusulas siguientes.

Aspectos académicos

Segunda.

La UIMP y el ISTRAD han diseñado el plan de estudios del Máster de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en la normativa propia de la UIMP en materia de títulos propios de postgrado. La referida normativa será la de referencia en todo lo relativo a los aspectos académicos del Máster.

De acuerdo con dicho marco legal, así como el propio Estatuto de la Universidad, el Consejo de Gobierno de la UIMP, a propuesta del Vicerrectorado de Postgrado e Investigación, acordó en su reunión de 27 de junio de 2013 aprobar el Título Propio de la UIMP de «Máster en Traducción Especializada» desde la promoción 2013-2015.

Tercera.

Se aprueban la estructura y el plan docente del Máster (anexo I) y la relación de profesorado (anexo II).

Cualquier modificación del anexo I que pudiese proponer para futuras ediciones la Comisión Académica del Estudio que se menciona en la cláusula décimo cuarta deberá ser acordada por los órganos competentes de cada una de las instituciones, que dejarán constancia de su aprobación mediante la firma de un adenda que se unirá a este convenio. Las modificaciones del Anexo II podrán ser resueltas en el seno de la propia Comisión Académica.

Cuarta.

El Máster, cuya modalidad de impartición es a distancia, tiene una carga lectiva de 60 ECTS, de los cuales 6 son obligatorios, 44 opativos y 10 del Trabajo Fin de Máster y su duración será de un curso académico (si se cursa a tiempo completo) o de dos cursos académicos (si se cursa a tiempo parcial).

Quinta.

El Máster queda regulado por las leyes nacionales relativas a las enseñanzas universitarias, así como por la normativa vigente de la UIMP sobre regulación de sus Estudios de Postgrado.

Sexta.

La UIMP establece y responde de todos los procedimientos relacionados con la consecución del Máster, regulación de la normativa académica relativa a permanencia, convocatorias regulares y extraordinarias de examen, apertura y seguimiento del expediente académico del estudiante, así como de su custodia y tramitación.

La gestión del expediente del alumno se rige por la normativa universitaria vigente y la UIMP gestiona de manera directa:

Control del cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos específicos de admisión.

Control de la documentación compulsada del Título de Grado que da acceso al Máster y otra documentación requerida para la matriculación.

Proceso de admisión y apertura del expediente académico de cada alumno.

Tramitación de las preceptivas autorizaciones o informes que exige la Comisión de Estudios de Postgrado de la UIMP relativas al acceso de estudiantes con titulaciones extranjeras y otros estudios declarados expresamente equivalentes a Títulos de Grado.

Establecimiento del procedimiento de actas y convocatorias de examen.

Establecimiento del procedimiento de expedición de certificaciones y títulos.

Los títulos serán expedidos por el Rector de la UIMP a los alumnos que superen las correspondientes evaluaciones y criterios de aprovechamiento establecidos en el programa del Máster.

Gestión y logística

Séptima.

Ambas partes se distribuyen la gestión del Máster de la siguiente forma:

La UIMP será responsable de las siguientes gestiones:

Gestión académica, según la cláusula sexta.

Edición del programa y publicidad, según la clausula décimo tercera.

Cobro de las matrículas.

ISTRAD se encargará de toda la ejecución del Máster de acuerdo con el programa y presupuesto de gastos aprobado, exceptuando las gestiones atribuidas a la UIMP en el párrafo anterior. Para ello arbitrará el material, documentación, servicios (pago de honorarios al profesorado, viajes y desplazamientos de los mismos, traducción, etc.) y el personal necesarios, y facilitará o gestionará las instalaciones y locales para el desarrollo de las clases y de las prácticas curriculares, haciéndose cargo de toda la gestión económica y administrativa que todo ello suponga.

Aspectos económicos

Octava. Financiación.

La financiación del Máster será en todo caso responsabilidad exclusiva del ISTRAD, quien aplicará a este fin los ingresos que se obtengan en concepto de matrícula y resolverá -bien con fondos propios o bien con la gestión de ayudas, subvenciones o patrocinios de otras entidades públicas o privadas- el resto de financiación que fuese necesaria.

La UIMP no asume ningún compromiso de financiación en relación con este Máster.

El ISTRAD deberá obtener la conformidad de la UIMP acerca de las entidades a las que vaya a solicitar ayudas, subvenciones o patrocinios con carácter previo al inicio de dichas gestiones.

Novena. Importe de la matrícula. Tasas. Seguro.

I. Precio de matrícla. Para el curso académico 2017-2018 se fija el importe de la matrícula del Máster en treinta euros (30 €) por crédito ECTS, lo que hace un total de mil ochocientos euros (1.800 €) por curso completo.

Excepcionalmente la Comisión de Seguimiento del convenio podrá estudiar en caso indispensable la necesidad de revisar el precio de la matrícula para sucesivas ediciones y proponerlo de forma motivada a los órganos correspondientes de la UIMP para su aprobación.

Serán de aplicación las reducciones y beneficios en el régimen de precios que, en su caso, se recojan cada año en la Resolución de la UIMP por la que se establece la cuantía de los precios a satisfacer por la prestación de los servicios académicos conducentes a la obtención de los Títulos propios de postgrado.

Se estará a lo establecido en la normativa propia vigente de la UIMP en cuanto a política de repeticiones, y en cuanto al incremento del precio de las segundas y terceras matrículas.

El importe de la matrícula -precio correspondiente por crédito matriculado en primera, segunda o sucesivas matrículas- será abonado por los alumnos a la UIMP.

II. Tasas administrativas. Los estudiantes abonarán a la UIMP, según los importes oficiales vigentes y dentro de los plazos establecidos a tal fin, los derechos económicos obligatorios por los servicios administrativos correspondientes a la apertura del expediente académico y gastos de secretaría, así como los que correspondan por otros servicios que el alumno pueda solicitar (emisión de títulos y duplicados, certificaciones académicas, etc.).

III. Seguro. Los estudiantes quedarán cubiertos por una póliza de seguro de accidentes que deberá suscribir el ISTRAD.

IV. Puesto que, según lo indicado en la cláusula octava, los ingresos obtenidos por matrícula deberán ser aplicados por el ISTRAD a la financiación de los costes del Máster, la UIMP una vez haya cobrado las inscripciones correspondientes a una edición del Máster transferirá el importe total de las mismas al ISTRAD, a su cuenta número ES25 0049 5907 43 2416075679 abierta en Banco Santander, no siendo necesaria para la realización de este pago la aprobación previa de un gasto por tratarse de una operación extrapresupuestaria. No se transferirán al ISTRAD los importes correspondientes a las tasas indicadas en el punto II de esta cláusula. La UIMP podrá realizar la transferencia de los importes cobrados por matrículas en varios plazos, ajustándolos a los plazos facilitados a los alumnos para el pago de sus inscripciones.

Décima. Presupuesto. Aportación a la UIMP.

I. Presupuesto. La UIMP y el ISTRAD aprueban el presupuesto de gastos e ingresos para la realización del Máster en su edición de 2017-2019. (Anexo III).

II. Aportación a la UIMP. Aportación a la UIMP. Para cada edición del Máster el ISTRAD abonará a la UIMP una cantidad en concepto de colaboración para cubrir sus gastos de reconocimiento y aval académico, publicidad y difusión, por un importe mínimo de doce mil quinientos euros (12.500,00 €) que se incrementará en función del número de alumnos que finalmente cursen el Máster, a razón de cincuenta euros (50,00 €) por cada alumno a partir del alumno 101. Esta cantidad se hará efectiva mediante transferencia a la cuenta número ES95-9000-001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, antes del 30 de junio del año natural siguiente al del inicio del Máster.

En el caso de que una edición no pudiese celebrarse por falta de alumnos el ISTRAD estará obligada a abonar a la UIMP únicamente la cantidad correspondiente a los gastos de publicidad y difusión que ésta hubiese ya realizado, según justificación que la UIMP presentará con ese fin. Dicho pago se hará en el plazo máximo de tres meses desde la presentación de la citada justificación de gastos.

III. La celebración de cada una de las ediciones del Máster requerirá un número mínimo de 10 alumnos de nuevo ingreso.

Se establece asimismo un número máximo de alumnos de 225.

IV. Una vez finalizada cada una de las ediciones del Máster el ISTRAD remitirá a la UIMP una memoria económica final con los ingresos y gastos realmente realizados en ejecución del presupuesto aprobado.

Protección de datos de carácter personal

Undécima.

Los datos personales que se recogen en este convenio, o a los que las partes puedan tener acceso en desarrollo del mismo, serán incorporados a los ficheros de datos de responsabilidad de las partes firmantes, y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente convenio. Ambas partes se comprometen a tratar los mismos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el resto de normas aplicables a esta materia.

Asimismo, ambas partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal que se recojan de los alumnos relacionados con el Máster objeto de este convenio conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el resto de normas aplicables a esta materia.

Las obligaciones en materia de protección de dichos datos establecidas en la presente cláusula tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado éste.

Propiedad intelectual

Duodécima.

Las partes se comprometen a cumplir la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y titularidad de los resultados que se puedan conseguir en ejecución de las actividades objeto de este convenio.

Publicidad, publicaciones, material e imagen institucional

Decimotercera.

Ambas instituciones se comprometen a hacer constar la colaboración entre las mismas en toda la publicidad, material impreso, programas, carteles, publicaciones, etc, que genere el Máster, respetándose escrupulosamente los logotipos e instrucciones sobre identidad corporativa que cada entidad facilite con este fin.

A este respecto, la UIMP editará, como norma general, el programa divulgativo del Máster.

La parte que vaya a editar algún otro material o insertar publicidad estará obligada previamente a enviar la maqueta a la otra parte para recabar su conformidad antes de la impresión o inserción definitiva.

Comisión de seguimiento del Convenio

Decimocuarta.

Con independencia de la Comisión Académica del Máster que se constituya de acuerdo con lo establecido en la normativa de Estudios de Postgrado de la UIMP y con las funciones allí encomendadas, se constituye una Comisión de seguimiento del Convenio con los miembros y funciones que se indican a continuación.

Formarán parte de esta Comisión tres miembros nombrados por cada una de las instituciones:

Por parte de la UIMP:

La Vicerrectora de Postgrado e Investigación, o persona en quien delegue.

El Secretario General, o persona en quien delegue.

La Gerente de la UIMP, o persona en quien delegue.

Por parte del ISTRAD:

El Director del ISTRAD, o persona en quien delegue.

Subdirector/a del ISTRAD, o persona en quien delegue.

– El Director del Máster.

Presidirá la Comisión la Vicerrectora de Postgrado e Investigación de la UIMP quien tendrá voto de calidad en caso de empate. Actuará como secretario el Secretario General de la UIMP.

La Comisión de seguimiento, que podrá reunirse siempre que se considere necesario a petición de cualquiera de las partes, será el órgano responsable del control y seguimiento del convenio, se regirá por lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá las siguientes funciones:

Velar por el correcto desarrollo del convenio y por el cumplimiento de los objetivos del mismo.

Proponer cuantas medidas complementarias se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de los fines previstos, así como para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones formativas.

Efectuar el seguimiento y evaluación de las acciones

Resolver en primer término las posibles controversias sobre el contenido e interpretación del convenio

Proponer a los órganos correspondientes de ambas partes, de forma motivada y en el caso de que fuese indispensable, el incremento de la matrícula para futuras ediciones.

Cualquier otra función que le sea atribuida en el presente Convenio

Régimen de modificación del convenio

Decimoquinta.

La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes y se recogerá expresamente mediante la firma de una adenda.

Vigencia y causas de resolución

Decimosexta.

El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tendrá una duración de cuatro (4) años, sin perjuicio del total cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes y del derecho de los estudiantes a poder finalizar sus estudios conforme a la legislación vigente.

El convenio podrá prorrogarse con anterioridad a su finalización por un único periodo adicional de cuatro (4) años mediante acuerdo expreso de las partes.

Decimoséptima.

El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

I. Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) La falta de un número mínimo de alumnos durante dos cursos académicos consecutivos, si así lo deciden unánimemente los firmantes.

e) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.

f) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

II. Las partes vendrán obligadas a comunicarse por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada, con una antelación de un mes a la fecha de su efectividad.

En el caso de incumplimiento recogido en el apartado c) la otra parte podrá notificar a la parte incumplidora –a través de la Comisión de seguimiento del convenio– un requerimiento para que en el plazo de 15 días naturales cumpla con las obligaciones o compromisos incumplidos. Si transcurrido dicho plazo persistiera el incumplimiento la parte que lo detectó notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio con eficacia del mismo día de la recepción de la notificación.

III. Las partes se comprometen a garantizar que, tanto en el caso de extinción del convenio como en el caso de resolución, los alumnos que estén cursando el Máster puedan terminar sus estudios de acuerdo con la normativa vigente.

Responsabilidad, régimen jurídico y resolución de conflictos

Decimoctava.

La UIMP no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria frente a los profesores, los alumnos o las empresas contratistas en relación con los servicios gestionados por el ISTRAD para el desarrollo del Máster.

Decimonovena.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula en primer término por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («BOE» del 2), por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («BOE» del 24 de diciembre) –modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril («BOE» del 13)– y por la normativa propia de la UIMP en materia de títulos propios de postgrado.

El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con el artículo 4.1.d del texto refundido de la misma, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre («BOE» del 16); siéndole de aplicación no obstante los principios de dicho texto legal para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse, en defecto de normas específicas recogidas en el propio convenio y en la citada Ley 40/2015.

Vigésima.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente convenio, a través de la Comisión de seguimiento. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998 de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad firman el presente documento en dos ejemplares con idéntica validez y en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, César Nombela Cano.–Por el Instituto Superior de Estudios Lingüísticos, Clementina Revilla Álvarez.

ANEXO I
MÁSTER EN TRADUCCIÓN ESPECIALIZADA

Estructura académica

Créditos ECTS: 60

Código

Módulos/asignaturas

ECTS

Tipo

Primer curso.

Módulo I. Fundamentos de la Traducción.

3

Fundamentos teóricos de la traducción.

2

Obligatoria.

Traducción e Interculturalidad.

1

Obligatoria.

Módulo II. Herramientas de la Traducción.

3

Traducción y Nuevas Tecnologías.

1

Obligatoria.

Gestión de Proyectos de Traducción.

2

Obligatoria.

Módulo III. Terminología.

12 ECTS Ofertados - 3. Obligatorios dentro del itinerario elegido por el alumno.

Itinerario Traducción Literaria y Humanística.

5

Gestión Terminológica en el Ámbito Literario y Humanístico.

5

Obligatoria.

Itinerario Traducción Jurídica y Económica.

5

Gestión Terminológica en el Ámbito Jurídico y Económico.

5

Obligatoria.

Itinerario Traducción Biosanitaria.

5

Gestión Terminológica en el Ámbito Biosanitario.

5

Obligatoria.

Itinerario Traducción Técnica.

5

Gestión Terminológica en el Ámbito Técnico.

5

Obligatoria.

Módulo IV. Traducción General.

27 ECTS Ofertados - 9. Obligatorios dentro del itinerario elegido por el alumno.

Itinerario Traducción Literaria y Humanística.

9

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española y Alemana I.

4,5

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española y Francesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española e Inglesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española e Italiana I.

4,5

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española y Alemana II.

4,5

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española y Francesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española e Inglesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística General de las Lenguas Española e Italiana II.

4,5

Optativa.

Itinerario Traducción Jurídica y Económica.

9

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española y Alemana I.

4,5

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española y Francesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española e Inglesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española e Italiana I.

4,5

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española y Alemana II.

4,5

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española y Francesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española e Inglesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica General de las Lenguas Española e Italiana II.

4,5

Optativa.

Itinerario Traducción Biosanitaria.

9

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española y Alemana I.

4,5

Optativa.

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española y Francesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española e Inglesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española e Italiana I.

4,5

Optativa.

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española y Alemana II.

4,5

Optativa.

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española y Francesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española e Inglesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Biosanitaria General de las Lenguas Española e Italiana II.

4,5

Optativa.

Itinerario Traducción Técnica.

9

Traducción Técnica General de las Lenguas Española y Alemana I.

4,5

Optativa.

Traducción Técnica General de las Lenguas Española y Francesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Técnica General de las Lenguas Española e Inglesa I.

4,5

Optativa.

Traducción Técnica General de las Lenguas Española e Italiana I.

4,5

Optativa.

Traducción Técnica General de las Lenguas Española y Alemana II.

4,5

Optativa.

Traducción Técnica General de las Lenguas Española y Francesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Técnica General de las Lenguas Española e Inglesa II.

4,5

Optativa.

Traducción Técnica General de las Lenguas Española e Italiana II.

4,5

Optativa.

Módulo V. Traducción Especializada I.

40 ECTS Ofertados - 10. Obligatorios dentro del itinerario elegido por el alumno.

Itinerario Traducción Literaria y Humanística.

10

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española y Alemana I.

10

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española y Francesa I.

10

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española e Inglesa I.

10

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española e Italiana I.

10

Optativa.

Itinerario Traducción Jurídica y Económica.

10

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española y Alemana I.

10

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española y Francesa I.

10

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española e Inglesa I.

10

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española e Italiana I.

10

Optativa.

Itinerario Traducción Biosanitaria.

10

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española y Alemana I.

10

Optativa.

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española y Francesa I.

10

Optativa.

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española e Inglesa I.

10

Optativa.

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española e Italiana I.

10

Optativa.

Itinerario Traducción Técnica.

10

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española y Alemana I.

10

Optativa.

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española y Francesa I.

10

Optativa.

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española e Inglesa I.

10

Optativa.

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española e Italiana I.

10

Optativa.

Segundo curso

Módulo VI. Traducción Especializada II.

40 ECTS Ofertados - 10. Obligatorios dentro del itinerario elegido por el alumno

Itinerario Traducción Literaria y Humanística.

10

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española y Alemana II.

10

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española y Francesa II.

10

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española e Inglesa II.

10

Optativa.

Traducción Literaria y Humanística Especializada de las Lenguas Española e Italiana II.

10

Optativa.

Itinerario Traducción Jurídica y Económica.

10

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española y Alemana II.

10

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española y Francesa II.

10

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española e Inglesa II.

10

Optativa.

Traducción Jurídica y Económica Especializada de las Lenguas Española e Italiana II.

10

Optativa.

Itinerario Traducción Biosanitaria.

10

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española y Alemana II.

10

Optativa.

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española y Francesa II.

10

Optativa.

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española e Inglesa II.

10

Optativa.

Traducción Biosanitaria Especializada de las Lenguas Española e Italiana II.

10

Optativa.

Itinerario Traducción Técnica.

10

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española y Alemana II.

10

Optativa.

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española y Francesa II.

10

Optativa.

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española e Inglesa II.

10

Optativa.

Traducción Técnica Especializada de las Lenguas Española e Italiana II.

10

Optativa.

Módulo VII. Módulo Práctico.

10

Proyecto Práctico.

10

Optativa.

Prácticas en empresa.

10

Optativa.

Módulo VIII. Trabajo de fin de Máster.

10

Trabajo de fin de Máster.

10

Trabajo fin de máster.

Organización de la enseñanza-Convocatorias-Calificaciones

Organización de la enseñanza: de octubre a junio.

Tipo de enseñanza: A distancia.

Oferta:

Tiempo completo: en un único año académico.

Tiempo parcial: en dos cursos académicos:

30 ECTS de octubre de 2017 a junio de 2018: Actas junio 2018 (1.ª convocatoria). Actas septiembre 2018 (2.ª convocatoria).

20 ECTS de octubre de 2018 a junio de 2019: Actas junio 2019 (1.ª convocatoria). Actas septiembre 2019 (2.ª convocatoria).

10 ECTS de TFM: Actas de Tribunal junio 2019 (2.ª convocatoria). Septiembre 2019.

Sistema de calificación:

Todas las asignaturas se calificarán con calificación estándar (de 0 a 10).

El TFM se defiende ante Tribunal.

ANEXO II
Máster en traducción especializada

Profesorado

Directores del Máster:

Antonio Raúl de Toro Santos. Director del Instituto Universitario de Estudios Irlandeses de la Universidad de A Coruña (AMERGIN). Catedrático de Filología Inglesa.

Rafael de la Cruz López-Campos Bodineau. Director Honorífico del Instituto Superior de Estudios Lingüísticos y Traducción (ISTRAD). Profesor Titular de Filología Alemana de la Universidad de Sevilla.

Profesores coordinadores de módulos:

Álvarez Jurado, Manuela. Profesor Titular, Universidad de Córdoba.

Balbuena Torezano, M.ª Carmen. Profesora Titular, Universidad de Córdoba.

Bécart, Anne. Doctora en Ciencias Sociales y Educación. Traductora Profesional, ISTRAD.

Cobos López, Ingrid. Profesora Ayudante Doctora, Universidad de Córdoba.

Huertas Abril, Cristina Aránzazu. Profesora Ayudante Doctora, Universidad de Córdoba.

López-Campos Bodineau, Rafael. Profesor Titular, Universidad de Sevilla.

Medina Reguera, Ana. Profesora Contratada Doctora, Universidad Pablo de Olavide.

Sharpf Staab, Judith. Doctora en Filología Alemana. Traductora profesional, ISTRAD.

Profesorado:

Acosta Gómez, Luis Ángel. Profesor Emérito, Universidad Complutense de Madrid.

Alonso Giráldez, José Miguel. Profesor Titular, Universidad de A Coruña.

Alonso Jiménez, Elisa. Ayudante Doctor, Universidad Pablo de Olavide.

Alonso Navarro, José Antonio. Coordinador Lingüístico y Literario, Universidad del Norte, Asunción, Paraguay.

Álvarez García, M.ª Carmen. Profesora Asociada, Universidad Pablo de Olavide.

Arriaga Florez, Mercedes. Catedrática, Universidad de Sevilla.

Ayerbe Linares, Miguel. Profesor Contratado Doctor, Universidad del País Vasco.

Barceló Martínez, M.ª Tanagua. Profesora Ayudante Doctora, Universidad de Málaga.

Barros Grela, Eduardo. Profesor, Universidad de A Coruña.

Bazzocchi, Gloria. Professore Associato, Università di Bologna.

Beltrán Gandullo, Milagros. Profesora Titular, Universidad San Pablo CEU.

Blini, Lorenzo. Professore Associato, Università degli studi Internazionali di Roma - UNINT.

Bobadilla Pérez, María. Profesora Ayudante Doctora, Universidad de A Coruña.

Borreguero Zuloaga, Margarita Natalia. Profesora Titular, Universidad Complutense de Madrid.

Borrueco Rosa, María. Profesora Titular, Universidad de Sevilla.

Briales Bellón, Isabel. Profesora Asociada, Universidad Pablo de Olavide.

Calañas Continente, José Antonio. Profesor Titular, Universidad de Valencia.

Calvo Encinas, Elisa. Profesora Contratada Doctora, Universidad Pablo de Olavide.

Caprara, Giovanni. Contratado Doctor, Universidad de Málaga.

Carlucci, Laura. Profesora Contratada Doctora, Universidad de Granada.

Castellano Martínez, José M.ª Profesor, Universidad de Córdoba.

Cerezo Merchán, Beatriz. Profesora Ayudante Doctora, Universidad de Valencia.

Clark Mitchell, David. Profesor Titular, Universidad de A Coruña.

Corbacho Sánchez, Alfonso. Profesor Titular, Universidad de Extremadura.

Cunillera Domènech, Montserrat. Profesora Contratada Doctora, Universidad Pompeu Fabra.

De Hériz, Ana Lourdes. Professore Associato, Università degli Studi di Genova.

De Higes Andino, Irene. Profesora ayudante Doctora, Universitat Jaume I.

De Toro Santos, Antonio. Catedrático, Universidad de A Coruña.

Dopico García, Alberto. Profesor Titular, Universidad de A Coruña.

Estévez Saa, Margarita. Profesora titular, Universidad de Santiago de Compostela.

Fernández Liñán, Ildefonso. Traductor Profesional, ISTRAD.

Filsinger Senftheben, Gustavo Christian. Profesor Asociado, Universidad Pablo de Olavide.

Flores Acuña, Estefanía. Profesora Titular, Universidad Pablo de Olavide.

Floyd, Alan. Profesor Titular, Universidad de A Coruña.

Gallego Hernández, Daniel. Profesor Contratado Doctor, Universidad de Alicante.

Gamero Pérez, Silvia. Profesora titular, Universidad Jaume I.

García Adánez, Isabel. Profesora Titular, Universidad Complutense de Madrid.

Jarazo Álvarez, Rubén. Profesor Contratado Doctor, Universidad de las Islas Baleares.

Jiménez Álvarez, Cristina. Profesora Asociada, Universidad Pablo de Olavide.

Jiménez Gutiérrez, Isabel. Profesora Asociada, Universidad de Málaga.

Lebsanft, Christiane. Profesor Visitante, Universidad Rey Juan Carlos.

López Pérez, Alfredo. Traductor Profesional, ISTRAD.

Lorenzo Cabanelas, Sonia. Colaboradora, Universidad de Santiago de Compostela.

Lozano Jimena, Mª Dolores. Traductora Profesional, ISTRAD.

Lozano Miralles, Helena. Proffessore Associato, Università degli Studi di Trieste.

Maldonado, Manuel. Catedrático de la Universidad de Sevilla.

Mata Pastor, Carmen. Profesora Titular, Universidad de Málaga.

Marangon, Giorgia. Profesora contratada doctora, Universidad de Córdoba.

Marotta, Mirella. Profesora Titular, Universidad Complutense de Madrid.

Martín Ruel, Estela. Profesora Colaboradora Doctora, Universidad Pablo de Olavide.

Martínez Ojeda, Beatriz. Profesora de la Universidad de Córdoba.

Martorell Linares, Alicia Traductora Profesional, ISTRAD.

Márquez Garrido, Rocío. Coordinadora académica de ISTRAD.

Martín Ruel, Estela. Profesora Contratada Doctora, Universidad Pablo de Olavide.

Medina Casado, Carmelo. Profesor Titular, Universidad de Jaén.

Merola, Viviana. Traductora Profesional, ISTRAD.

Minervini, Rosaria. Professore Associato, Università degli Studi di Salerno.

Morillas García, Esther. Profesora Titular, Universidad de Málaga.

Morón Martín, M.ª de Los Ángeles. Profesora Contratada Doctora, Universidad Pablo de Olavide.

Moss, Sarah. Coordinadora de la Escuela Universitaria de Turismo, Universidad de A Coruña.

Mundt, Megan. Traductora Profesional, ISTRAD.

Parra Membrives, Eva. Profesora Titular, Universidad de Sevilla.

Piñel López, Rosa M.ª Profesora Titular, Universidad Complutense de Madrid.

Plaza Lara, Cristina. Profesora Asociada, Universidad de Málaga.

Ponce Márquez, Nuria. Profesora Contratada Doctora, Universidad Pablo de Olavide.

Pontrandolfo, Gianluca. Proffessore, Università degli Studi di Trieste.

Ramírez Delgado, Cristina M. Profesora Asociada, Universidad Pablo de Olavide.

Röd, Andreas. Traductor Profesional, ISTRAD.

Ruiz Mas, José. Profesor Titular, Universidad de Granada.

Ruiz Mezcua, Aurora. Profesora Contratada Doctora de la Universidad de Córdoba.

Ruiz Rosendo, Lucía. Professeure Assistante, Université de Genève.

Sciarreta, Marina. Profesora Asociada, Universidad Pablo de Olavide.

Stender, Alice. Profesora Asociada, Universidad Pablo de Olavide.

Tempelhoff, Nina. Traductora Profesional, ISTRAD.

Tonin, Raffaella. Ricercatrice confermata, Università di Bologna.

Torralbo Caballero, Juan De Dios. Profesor Titular, Universidad de Córdoba.

Varela Salinas, M.ª José. Profesora Titular, Universidad de Málaga.

Vidal Claramonte, M.ª Carmen África. Catedrática de la Universidad de Salamanca.

Wirff-Naro, Maria Theresia. Profesora Colaboradora, Universitat Pompeu Fabra de Barcelona.

Woodward-Smith, Elizabeth. Profesora Titular, Universidad de A Coruña.

Zuloaga Borreguero, Margarita. Profesora Titular, Universidad Complutense de Madrid.

Profesorado colaborador externo:

En calidad de invitados para conferencias y encuentros puntuales con alumnado, participará profesorado proveniente del sector productivo relacionado con la Traducción y/o Interpretación.

Arevalillo Doval, Juan José. Hermes Traducciones.

De Zayas Rueda, Rosario. Tatutrad S.L.

Fernández Vernet, Enrique. Traductor profesional. ONU.

Mata Pastor, Manuel. Traductor profesional.

Muñoz Sánchez, Pablo. Traductor profesional. Nintendo.

ANEXO III
Presupuesto

Estimación

20 matriculados

Euros

Estimación

100 matriculados

Euros

Ingresos

Matrícula.

36.000

180.000

Total ingresos.

36.000

180.000

Gastos

Responsabilidad académica UIMP.

12.500

12.500

Dirección.

3.000

Profesorado.

12.000

Profesorado otras Universidades.

10.000

65.000

Profesorado no universitario.

2.500

Publicidad y promoción.

12.000

Primas de seguro.

960

3.200

Material fungible.

4.000

12.000

Material didáctico.

4.000

20.000

Utilización de las instalaciones.

12.000

Dietas.

2.500

7.500

Gastos administración y gestión ISTRAD.

1.000

5.000

Otros gastos.

1.040

13.300

Total gastos.

36.000

180.000

El precio de la matrícula será de 1.800 euros (30 €/ECTS), además de las tasas administrativas de apertura de expediente y gastos de Secretaría.

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