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Documento BOE-A-2017-11633

Resolución de 3 de octubre de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 10 de octubre de 2017, páginas 98837 a 98841 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-11633
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/10/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, determina que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

El artículo 1 del Estatuto de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) regula su denominación y naturaleza, estableciendo que el CSIC es una Agencia Estatal con personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía funcional y de gestión, plena capacidad jurídica y de obrar, y otorgándole potestades administrativas para el cumplimiento de sus fines.

Asimismo, los artículos 7 y 11 del referido Estatuto, definen a su Presidente como órgano de gobierno ejecutivo del CSIC, y le atribuyen su representación institucional.

En su virtud, y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 53 y 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, acuerdo:

Primero. Creación de ficheros de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Se aprueba la creación de los ficheros de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas incluidos en el anexo de esta resolución.

Segundo. Notificación de la creación de los ficheros a la Agencia Española de Protección de Datos.

En cumplimiento del artículo 55 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, tales ficheros se notificarán a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero. Medidas de seguridad.

Los responsables de los tratamientos o los ficheros y los encargados del tratamiento deberán implantar las medidas de seguridad reglamentariamente establecidas, con independencia de cuál sea su sistema de tratamiento, asegurando la correcta identificación y autenticación de los datos y su confidencialidad, así como las conducentes a hacer efectivas todas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y sus normas de desarrollo. En especial, atenderán las instrucciones al respecto de la Secretaría General y colaborarán con el Delegado de Protección de Datos para la correcta aplicación de esta resolución.

Cuarto. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de octubre de 2017.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Emilio Lora Tamayo d’Ocón.

ANEXO
Ficheros de nueva creación

Fichero: Actividades socio-educativas con estudiantes y familias-IQM

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Actividades socio-educativas con estudiantes y familias-IQM.

a.2) Finalidad y usos previstos: Organización de eventos y actividades socio-educativas diversas con estudiantes y sus familias por parte del Instituto de Química Médica.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Cualquier persona física que decida inscribirse para participar en alguno de los eventos que organice el Instituto de Química Médica.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Formulario cumplimentado por los interesados, videos y fotografías facilitados por los propios interesados o capturados por los organizadores como parte de las actividades organizadas por el Instituto de Química Médica.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, imagen, edad, curso académico, nombre del centro educativo.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano, entidad o persona responsable del fichero: Gerencia del Instituto de Química Médica.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

LOPD-Derechos «ARCO».

Calle Serrano, 117, 28006 Madrid (lopd@csic.es).

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Videovigilancia-Delegación en Andalucía

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Videovigilancia-Delegación en Andalucía.

a.2) Finalidad y usos previstos: Videovigilancia, seguridad y control de acceso a los edificios de la Delegación del CSIC en Andalucía, así como control de las máquinas y del personal de cobro en la zona laboral de cobros de la misma.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Empleados y visitantes que accedan a la Delegación en Andalucía del CSIC.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Grabación de imágenes mediante cámaras de videovigilancia.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: Imagen.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Fuerzas y cuerpos de seguridad.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano, entidad o persona responsable del fichero: Delegación institucional del CSIC en Andalucía.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

LOPD-Derechos «ARCO».

Calle Serrano, 117, 28006 Madrid (lopd@csic.es).

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Cesión derechos de uso de imágenes-Delegación en Andalucía

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Cesión derechos de uso de imágenes-Delegación en andalucía.

a.2) Finalidad y usos previstos: Registro de las autorizaciones de cesión de los derechos de uso de imágenes.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Visitantes de la Delegación institucional del CSIC en Andalucía.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Formulario de recogida de datos y firma de la aceptación del uso de las imágenes.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: Nombre y apellidos, domicilio, NIF, imagen.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano, entidad o persona responsable del fichero: Delegación institucional del CSIC en Andalucía.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

LOPD-Derechos «ARCO».

Calle Serrano, 117, 28006 Madrid (lopd@csic.es).

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Solicitantes de material audiovisual-Delegación en Andalucía

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Solicitantes de material audiovisual-Delegación en Andalucía.

a.2) Finalidad y usos previstos: Procesar pedidos, hacer llegar el material audiovisual, establecer perfiles de actividad y optimizar el uso del banco audiovisual.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Solicitantes de material audiovisual de la Delegación institucional del CSIC en Andalucía.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Grabación de imágenes mediante cámaras de videovigilancia.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: Nombre y apellidos, domicilio, NIF, correo electrónico, institución para la que trabaja y cargo que ocupa.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Fuerzas y cuerpos de seguridad.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano, entidad o persona responsable del fichero: Delegación institucional del CSIC en Andalucía.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

LOPD-Derechos «ARCO».

Calle Serrano, 117, 28006 Madrid (lopd@csic.es).

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Videovigilancia-IIIA

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Videovigilancia-IIIA.

a.2) Finalidad y usos previstos: Videovigilancia, seguridad y control de acceso a los edificios del Instituto de Investigación en Inteligencia Artificial.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Empleados y visitantes que accedan al Instituto de Investigación en Inteligencia Artificial.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Grabación de imágenes mediante cámaras de videovigilancia.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: Imagen.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Fuerzas y cuerpos de seguridad.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano, entidad o persona responsable del fichero: Gerencia del Instituto de Investigación en Inteligencia Artificial.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

LOPD-Derechos «ARCO».

Calle Serrano, 117, 28006 Madrid (lopd@csic.es).

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/10/2017
  • Fecha de publicación: 10/10/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 11/10/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 53 y 54 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Consejo Superior de Investigaciones Científicas
  • Ficheros con datos personales

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