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Documento BOE-A-2017-11357

Resolución de 27 de abril de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación de la Unidad de Investigación en Tuberculosis de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2017, páginas 96556 a 96557 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-11357

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación de la Unidad de Investigación en Tuberculosis de Barcelona Resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Fernando Alcaide Fernández de Vega, don Pere Joan Cardona Iglesias, don Juan Arturo Caylà Buqueras, doña María de los Llanos Roldán Arroyo, don Andrés Marco Mouriño, don Juan Pablo Millet Vilanova, don José María Miró Meda, don Antonio Vicente Moreno Martínez, doña María Ángeles Orcau Palau, doña Arantxa Romero Tamarit, el 19 de noviembre de 2015, según consta en la escritura pública número 2197, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Barcelona, don Jaime Agustín Justribó que fue completada y subsanada por la escritura número 2373, autorizada el 1 de diciembre de 2016, ante el mismo que otorgó la escritura de constitución inicial.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Barcelona, Calle Provença, número 286, piso 2.-º,1.ª C.P. 08008 Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Impulsar la investigación sobre la tuberculosis y otras enfermedades infecciosas o de cualquier tipo que sean de interés a la salud pública.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Juan Arturo Caylà Buqueras.

Vicepresidente: Don José María Miró Meda.

Secretario: Don Fernando Alcaide Fernández de Vega.

Director: Don Juan Arturo Caylà Buqueras.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Sexto. Otorgamiento de poderes.

Los patronos Fundadores acuerdan delegar en el Director don Juan Arturo Caylà Buqueras, en los términos que constan en la escritura pública número 2197, previamente citada.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 19 de diciembre de 2016.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación de la Unidad de Investigación en Tuberculosis de Barcelona y su Patronato.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 27 de abril de 2016.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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