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Documento BOE-A-2017-11077

Resolución de 15 de septiembre de 2017, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública de dicho ente.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 29 de septiembre de 2017, páginas 95074 a 95075 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-11077

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 5 de septiembre una Adenda al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública de dicho Ente, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. El citado Convenio se acompaña como Anexo.

Madrid, 15 septiembre de 2017.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Soledad García López.

ANEXO
Adenda al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Agencia Española de protección de la salud en el deporte para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública de dicho ente

En Madrid a 5 de septiembre de 2017.

Partes que intervienen

De una parte, D. José Enrique Fernández de Moya Romero, Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en representación de la misma en virtud de lo dispuesto en el artículo 103.Tres.2 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, y de otra parte D. José Luis Terreros Blanco, Director de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, en nombre y representación de la misma, de conformidad con las facultades que le han sido otorgados en virtud del artículo 13 del Real Decreto 461/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.

Exposición de motivos:

1. Que con fecha 10 de marzo de 2016 la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (en adelante AEPSAD) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante Agencia Tributaria) suscribieron convenio por el que esta última asume la gestión en vía ejecutiva de las sanciones que la AEPSAD imponga en el ejercicio de la potestad disciplinaria que tiene atribuida.

2. Que consideran preciso formalizar una adenda al citado Convenio que permita que la AEPSAD pueda enviar a la AEAT para su gestión recaudatoria ejecutiva además de las sanciones los demás ingresos de derecho púbico que la Entidad tenga encomendada.

Cláusulas

Primera.

La AEPSAD y la Agencia Tributaria convienen que la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público gestionados por la AEPSAD se pueda realizar a través de los órganos de recaudación de la Agencia Tributaria cuando la AEPSAD se lo encomiende y en los términos contenidos en el Convenio suscrito el 10 de marzo de 2016 entre ambas.

Segunda.

La presente adenda entrará en vigor al día siguiente de su publicación y su vigencia se mantendrá vinculada a la del Convenio del que trae causa, el cual a 31 de diciembre de cada año se entiende tácitamente prorrogado por plazos anuales sucesivos, salvo denuncia expresa con seis meses de antelación a la fecha de su vencimiento como mínimo. Este plazo no será preceptivo cuando se produzcan modificaciones normativas que no se ajusten a las bases del convenio y de la adenda al mismo.

En prueba de conformidad ambas partes lo firman por duplicado en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.–El Presidente de la A.E.A.T., José Enrique Fernández de Moya Romero y el Director General de A.E.P.S.A.D., José Luis Terreros Blanco.

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