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Documento BOE-A-2017-10987

Resolución 560/38215/2017, de 7 de septiembre, de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delega la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización en determinadas autoridades del Ejército de Tierra.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 27 de septiembre de 2017, páginas 94349 a 94351 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-10987
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/09/07/56038215

TEXTO ORIGINAL

El artículo 4.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, atribuye al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, la facultad de designar las comisiones de servicio con derecho a indemnización, dentro del ámbito de su competencia.

Por resolución 128/2000, de 13 de abril, se delegó en determinadas autoridades dicha facultad, por razones de carácter operativo y de mayor agilidad administrativa, modificándose con posterioridad mediante resolución 358/2000, de 15 de noviembre, por resolución 500/38265/2004, de 30 de diciembre, y finalmente mediante la resolución 500/38110/2011, de 13 de mayo.

La entrada en vigor de la nueva estructura orgánica del Ejército de Tierra dispuesta por Instrucción 7/2016, de 19 de enero, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra por la que se desarrolla la organización del Ejército de Tierra, hace necesario actualizar la relación de las autoridades delegadas contemplada en la resolución 500/38110/2011, de 13 de mayo, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra por la que se delega la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización en determinadas autoridades del Ejército de Tierra.

En su virtud, previa aprobación de la Ministra de Defensa, en uso de las facultades que me confiere el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:

Primero. Delegación en autoridades.

Delego la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización, en el ámbito de sus respectivas competencias, en las siguientes autoridades:

Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra.

Jefe del Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército.

Jefes de las Divisiones y Secretaría General del Estado Mayor del Ejército y sus Secretarios Técnicos.

Asesor Jurídico del Cuartel General del Ejército.

Jefe de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y Asistencia Técnica, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Director del Instituto de Historia y Cultura Militar, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Director del Museo del Ejército.

Jefe del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Fuerza Terrestre y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la División «Castillejos» y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Rey Alfonso XIII» II de la Legión y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Almogávares» VI de Paracaidistas y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Galicia» VII y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la División «San Marcial» y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Aragón» I y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Guzmán el Bueno» X y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Extremadura» XI y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Guadarrama» XII y su Jefe de Estado Mayor.

Comandante General de Baleares y su Jefe de Estado Mayor.

Comandante General de Ceuta y su Jefe de Estado Mayor.

Comandante General de Melilla y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe del Mando de Transmisiones y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe del Mando de Artillería de Campaña y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe del Mando de Artillería Antiaérea y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe del Mando de Ingenieros y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe del Mando de Operaciones Especiales «Órdenes Militares» y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe del Mando de Canarias y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada «Canarias» XVI y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Fuerza Logística Operativa y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada Logística y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe de la Brigada de Sanidad y su Jefe de Estado Mayor.

Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina y su Secretario General.

Director de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Director de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Director de la Academia General Militar y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Academia de Infantería y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Academia de Caballería y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Academia de Artillería y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Academia de Ingenieros y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Academia de Logística y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Escuela de Guerra del Ejército y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Academia General Básica de Suboficiales y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Escuela Politécnica Superior del Ejército y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director de la Escuela Militar de Montaña y Operaciones Especiales y su Jefe de Plana Mayor de Dirección.

Director del Centro de Enseñanza de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra.

Jefe del Mando de Personal y su Secretario General.

Director de Personal, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Director de Asistencia al Personal, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Director de Sanidad y su Secretario Técnico.

Director del Patronato de Huérfanos del Ejército.

Jefe del Mando de Apoyo Logístico, su Jefe de la Jefatura de Ingeniería y su Secretario General.

Director de Adquisiciones, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Director de Integración de Funciones Logísticas, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Jefe de Centros Logísticos y su Jefe de Sección de Apoyo a la Jefatura.

Inspector General del Ejército y su Secretario General.

Director de Acuartelamiento y su Secretario Técnico.

Subinspector Jefe de la Segunda Subinspección General del Ejército y su Secretario Técnico.

Subinspector Jefe de la Tercera Subinspección General del Ejército y su Secretario Técnico.

Subinspector Jefe de la Cuarta Subinspección General del Ejército y su Secretario Técnico.

Subinspector Jefe de la Quinta Subinspección General del Ejército y su Secretario Técnico.

Director de Infraestructura y su Secretario Técnico.

Director de Asuntos Económicos, sus Subdirectores y su Secretario Técnico.

Jefes de las Jefaturas de Intendencia de Asuntos Económicos.

Segundo. Delegación en Jefes de Contingentes.

Delego en los Jefes de los Contingentes españoles que participen en misiones internacionales en el extranjero la facultad para la designación de las Comisiones de Servicio con derecho a indemnización de los miembros de dichos contingentes, cuando se deriven del cumplimiento de la misión encomendada a dichas fuerzas.

Tercero. Resoluciones administrativas.

En los acuerdos o resoluciones que se adopten en aplicación de lo previsto en la presente resolución deberá hacerse constar el carácter de autoridad delegada, así como la referencia a esta disposición y a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto. Avocación.

El Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra podrá avocar para su conocimiento y resolución cuantos asuntos relacionados con la delegación contenida en la presente resolución considere oportunos.

Disposición transitoria única. Órganos sujetos a adaptaciones orgánicas.

Las autoridades actualmente existentes continuarán con su denominación y seguirán manteniendo sus competencias hasta que se produzcan las oportunas adaptaciones orgánicas, por las cuales adoptarán las recogidas en esta resolución.

Disposición derogatoria única. Derogaciones.

Queda derogada la Resolución 500/38110/2011, de 13 de mayo, de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, en la que se modifica la Resolución 500/38040/2011, de 4 de marzo, por la que se delega la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización en determinadas autoridades del Ejército de Tierra.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de septiembre de 2017.–El Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, Francisco Javier Varela Salas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/09/2017
  • Fecha de publicación: 27/09/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 28/09/2017
  • Fecha de derogación: 08/05/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución 560/38131/2021, de 21 de abril de 2021 (Ref. BOE-A-2021-7612).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución 500/38110/2011, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-2011-9845).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Estado Mayor del Ejército de Tierra
  • Ministerio de Defensa

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