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Documento BOE-A-2017-1069

Orden JUS/61/2017, de 3 de enero, por la que se modifica la Orden JUS/2144/2010, de 29 de julio, por la que se nombran Abogados-Fiscales sustitutos para el año 2010-2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2017, páginas 7731 a 7732 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-1069

TEXTO ORIGINAL

Por Orden JUS/2144/2010, de 29 de julio («BOE» núm. 189) y corrección de errores Orden JUS/2276/2010, de 28 de agosto, prorrogada por Orden JUS/595/2011, de 7 de marzo, se resolvió el concurso regulado por Orden JUS/565/2010, de 3 de marzo y se nombraron abogados-fiscales sustitutos para el año 2010-2011.

El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 10 estimó el recurso de apelación 15/2015 interpuesto por doña Milagros Parra Fernández contra la orden mencionada, reconociendo mediante sentencia de 12 de mayo de 2016 el derecho de la recurrente a que su nombramiento con el n. 19 de la Fiscalía Provincial de Cádiz sea publicado en el «BOE». En consecuencia este Ministerio, ha resuelto:

Primero.

Publicar la rectificación de la relación de abogados fiscales sustitutos solo en lo referente a la Fiscalía Provincial de Cádiz y transcribir seguidamente la nueva relación de nombramientos en el anexo I de la Orden mencionada.

Segundo.

Publicar el nombramiento de la abogada-fiscal sustituta doña Milagros Parra Fernández como n. 19 de la Fiscalía Provincial de Cádiz.

Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y, potestativamente, el de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, a contar ambos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de enero de 2017.–El Ministro de Justicia, P. D.(Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Joaquín Delgado Martín.

ANEXO I

Página 68197, donde dice:

«COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

CÁDIZ.

19 CASTIÑEIRA REPULLO MARIA BLANCA.

20 LEPE BORREGO MATILDE.

21 SANCHEZ ROMERO MARIA DEL MAR.

22 JANEIRO CAMPOS MARIA MILAGROS.

23 BLAZQUEZ CUADRADO MARIA DEL PILAR.

24 CUEVAS SEVILLA M.ª DEL CARMEN.

25 BAZ VAZQUEZ SILVIA.»

Debe decir:

«COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

CÁDIZ.

19 PARRA FERNÁNDEZ, MILAGROS.

20 CASTIÑEIRA REPULLO MARIA BLANCA.

21 LEPE BORREGO MATILDE.

22 SANCHEZ ROMERO MARIA DEL MAR.

23 JANEIRO CAMPOS MARIA MILAGROS.

24 BLAZQUEZ CUADRADO MARIA DEL PILAR.

25 CUEVAS SEVILLA M.ª DEL CARMEN.»

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