El artículo 32 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales, según la redacción dada por la Ley 3/2002, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 3/2000, atribuye al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, actualmente Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, la competencia para la tramitación de los procedimientos para la concesión de los títulos de obtención vegetal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, y una vez cumplidos todos los trámites que se establecen en la citada Ley y en el Real Decreto 1261/2005, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de protección de obtenciones vegetales, dispongo:
Se concede el Título de Obtención Vegetal a los solicitantes que en el anexo de la presente orden se mencionan, para las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en dicho anexo.
La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación.
Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso desestimación presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de agosto de 2017.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Carlos Cabanas Godino.
Variedad |
Numero título |
Duración de la protección |
Solicitante |
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Especie: Mandarino Clementino Citrus Clementina Hort. Ex Tanaka |
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Clemenaurea. |
002778 |
Hasta 31-12-2047 |
Avasa/Inmobiliaria Castalia. |
Clemencalig. |
002779 |
Hasta 31-12-2047 |
Avasa /José Vicente Anglés Borrás. |
Neufina. |
002780 |
Hasta 31-12-2047 |
IVIA. |
Especie: Melocotonero Prunus Persica (L.) |
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Marfilnect. |
002781 |
Hasta 31-12-2047 |
IVIA. |
Monsico. |
002782 |
Hasta 31-12-2047 |
Rene Monteux-Caillet. |
Especie: Híbrido Nogal Juglans Major X Regia. |
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Nat 7 Bn. |
002783 |
Hasta 31-12-2047 |
Bosques Naturales, S.A. |
Especie: Patrones Genero Citrus & Ponciru Citrus & Poncirus (Patrones) |
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Forner Alcaide V17. |
002784 |
Hasta 31-12-2047 |
IVIA. |
Especie: Tomate Solanum Lycopersicum L |
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Nandy. |
002785 |
Hasta 31-12-2042 |
Yuksel Tohum. |
Umh 1101Xif. |
002786 |
Hasta 31-12-2042 |
Universidad Miguel Hernández. |
Umh 1353. |
002787 |
Hasta 31-12-2042 |
Universidad Miguel Hernández. |
Umh 1354. |
002788 |
Hasta 31-12-2042 |
Universidad Miguel Hernández. |
Especie: Trigo Duro Triticum Durum Desf. |
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Aneto. |
002789 |
Hasta 31-12-2042 |
Agromonegros, S.A. |
Especie: Yeros Vicia Ervilia L. |
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Jabegote. |
002790 |
Hasta 31-12-2042 |
INIA/IFAPA. |
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