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Documento BOE-A-2016-9885

Orden AAA/1706/2016, de 19 de octubre, por la que se revoca el reconocimiento como organización interprofesional agroalimentaria a la Organización Interprofesional del Pez Espada.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 27 de octubre de 2016, páginas 74924 a 74924 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-9885

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta de resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, relativa a la revocación del reconocimiento como organización interprofesional agroalimentaria a la Organización Interprofesional del Pez Espada (INTERESPADA) e inscripción de la misma en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, y el informe favorable a la revocación del Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en su reunión del día 27 de septiembre de 2016, acuerdo:

Revocar el reconocimiento como organización interprofesional agroalimentaria e inscribir la revocación en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, a la Organización Interprofesional del Pez Espada (INTERESPADA), por permanecer inactiva, sin desarrollar ninguna de las finalidades establecidas en el artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, durante un período ininterrumpido de tres años, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de dicha ley.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante el titular del Departamento, en este último caso en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que puedan simultanearse ambas vías de recurso.

Madrid, 19 de octubre de 2016.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

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