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Documento BOE-A-2016-9453

Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se resuelve la concesión de ayudas del programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 14 de octubre de 2016, páginas 72763 a 72765 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-9453

TEXTO ORIGINAL

Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,

CONSIDERANDO

Primero.

Por Resolución de 11 agosto de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 206, del 28, corregida por la Resolución de 5 de febrero de 2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 37, del 12.

Segundo.

El Director del departamento de Economía Digital, como órgano instructor del procedimiento, formuló Propuesta de resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Canarias, el 9 de septiembre de 2016, siendo publicada en el perfil del contratante de la entidad el 12 de septiembre de 2016. Dicha propuesta recogía el resultado del análisis de documentación de las solicitudes presentadas, proponiendo la estimación de las que cumplían los requisitos de las bases reguladoras de la Convocatoria y la desestimación del resto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima.

Tercero.

En el apartado 2.2 de la Propuesta de resolución, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Canarias, del Director de Economía Digital, de 9 de septiembre de 2016, se proponía la desestimación de las solicitudes que no cumplían con los requisitos establecidos en las bases reguladoras, según lo dispuesto en los diferentes informes emitidos por el órgano instructor a lo largo del procedimiento, tal y como refleja la Propuesta.

Cuarto.

En el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución en lo que respecta a la comunidad autónoma de Canarias, del Director de Economía Digital, de 9 de septiembre de 2016, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a aquellas PYMES que habían acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras, haciendo referencia al presupuesto subvencionable y al importe de la ayuda a conceder.

En aplicación de lo dispuesto en la base novena, no es necesaria la selección de las solicitudes mejor valoradas de acuerdo con lo establecido en las bases, décima y undécima debido a que el presupuesto existente para la comunidad autónoma de Canarias es suficiente para cubrir todas las solicitudes que cumplen con los requisitos de las bases reguladoras.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base décima de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios disponían de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la Propuesta del Director de Economía Digital de 9 de septiembre de 2016, en el perfil del contratante de la Entidad, para comunicar la no aceptación del contenido de la mencionada propuesta de resolución.

En el plazo establecido, no se ha manifestado la no aceptación de la Propuesta del Director de Economía Digital de 9 de septiembre de 2016 por parte de ninguno de los propuestos como beneficiarios.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Primero.

Seleccionar como beneficiarios, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Canarias, a las siguientes PYMES, en los términos previstos en el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Canarias, de 9 de septiembre de 2016, por cumplir con todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras, con detalle del presupuesto subvencionable y el importe de la ayuda a recibir de forma provisional (condicionada a la correcta justificación de las actuaciones, según lo dispuesto en la base duodécima y en la normativa legal aplicable):

Número

de expediente

Nombre o razón social

NIF

Presupuesto subvencionable (impuestos indirectos excluidos)

Euros

Importe ayuda provisional

Euros

2016/05715/000061

ARTE CONSULTORES TECNOLÓGICOS, SL.

B38816328

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000176

WANTUDU, SL.

B76081173

28.000,00

22.400,00

2016/05715/000186

TÉCNICAS COMPETITIVAS, SA.

A38238622

80.000,00

60.000,00

2016/05715/000237

INTEGRA TECNOLOGÍA Y COMUNICACIÓN DE CANARIAS, SL.

B38659074

50.231,00

35.161,70

2016/05715/000281

DISOFT SERVICIOS INFORMÁTICOS, SL.

B35222249

75.000,00

60.000,00

2016/05715/000321

INVENTIA PLUS, SL.

B35767417

80.000,00

60.000,00

2016/05715/000337

HIADES BUSINESS PATTERNS, SL.

B76531938

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000414

SISTEMAS DE DATOS, SL.

B38054425

100.000,00

50.000,00

2016/05715/000600

DIGITAL ART & DESIGNERS, SL.

B76062298

43.565,00

32.673,75

2016/05715/000631

ATECRE, SA.

A38031878

85.714,00

59.999,80

2016/05715/000644

ITOP MANAGEMENT CONSULTING, SL.

B38863734

99.478,67

59.687,20

Segundo.

Dar por desistidas las siguientes solicitudes, por no haberse atendido a alguno de los requerimientos de documentación emitidos por el órgano instructor a lo largo de las diferentes fases del procedimiento para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base tercera y cuarta de las bases reguladoras:

Número de expediente

Nombre o razón social

NIF

2016/05715/000103

SINGULAR PROJECT MANAGEMENT, SL.

B76202902

2016/05715/000194

EDATACONSULTING, SL.

B76185412

2016/05715/000232

SYNERGIART, SL.

B76085240

2016/05715/000641

ERGUAL BARRERA VALENCIANO.

78531796K

Tercero.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de octubre de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.

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