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Documento BOE-A-2016-8860

Resolución de 29 de agosto de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2016 con la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 28 de septiembre de 2016, páginas 69721 a 69723 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-8860

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 1 de agosto de 2016, Convenio específico para el año 2016 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Galicia y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figurará como anexo de esta Resolución.

Madrid, 29 de agosto de 2016.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO
Convenio específico para el año 2016 del protocolo general de colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Galicia

En Madrid, a 1 de agosto de 2016.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero («BOE» número 20, de 24 de enero), en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, 1.b) de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias («BOE» número 28, de 1 de febrero de 2013).

De otra, don Jesús Vázquez Almuiña, Consejero de Sanidad de la Xunta de Galicia, actuando en nombre y representación de la Consellería de Sanidad, en virtud de nombramiento aprobado Decreto 10/2012, de 1 de enero, por Decreto 125/2015, de 4 de octubre, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y por la Ley 12/2007, de 27 de julio, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 41/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, y de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, así como en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Xunta de Galicia suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual.

Que en la actualidad la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones están adscritas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, y la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia desarrolla las competencias en esta materia anteriormente atribuidas a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consellería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2016 se concretará en el desarrollo de los programas:

– Programa de prevención del consumo de alcohol y otras drogas en contextos de ocio nocturno y de botellón de Galicia: 46.000,00 euros.

– Programa de prevención indicada dirigida a la reducción de riesgos y disminución de daños en drogodependientes en situación de emergencia social: 114.000,00 euros.

– Programa de seguimiento y atención de personas en tratamiento una vez excarceladas (programa ITINERE): 88.000,00 euros.

– Programa de atención jurídico social en trastornos adictivos con problemática legal asociada (PAJS): 148.000,00 euros.

– Programa de incorporación sociolaboral en el paciente con trastornos adictivos: 78.000,00 euros.

– Programa de sensibilización en drogodependencias para penados a trabajos en beneficio de la comunidad: 5.000,00 euros.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 479.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consellería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consellería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia durante el ejercicio 2016.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico regirán las disposiciones del citado protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas Francisco de Asís Babín Vich.–El Consejero de Sanidad de la Xunta de Galicia, Jesús Vázquez Almuiña.

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