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Documento BOE-A-2016-8580

Resolución de 2 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza la modificación de la aprobación de tipo de aparato radiactivo del microtomógrafo de rayos X para investigación biomédica de la firma Bruker MicroCT, modelo Skyscan 1178.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2016, páginas 67081 a 67081 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-8580

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado, con fecha 16 de junio de 2016, a instancia de D. Victoriano García Pidal, en representación de Bruker Española S.A., por el que solicita la modificación de la aprobación de tipo de aparato radiactivo del microtomógrafo de rayos X para investigación biomédica de la firma Bruker MicroCT, modelo Skyscan 1178 (antes marca Skyscan NV, modelo 1178).

De conformidad con el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, aprobado por el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, y con el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes, aprobado por el Real Decreto 783/2001, de 6 de julio.

De acuerdo con el informe del Consejo de Seguridad Nuclear,

Esta Dirección General ha resuelto otorgar por la presente resolución la modificación de la aprobación de tipo de aparato radiactivo de referencia, siempre y cuando quede sometida al cumplimiento de las siguientes especificaciones técnicas de seguridad y protección radiológica que figuran en la Resolución de esta Dirección General de fecha 22 de noviembre de 2006, a excepción de la especificación 1.ª, que se sustituye por la siguiente redacción:

«1.ª El aparato radiactivo cuyo tipo se aprueba es el microtomógrafo de rayos X de la marca Bruker MicroCT, modelo SKYSCAN 1178 (anteriormente marca Skyscan NV, modelo 1178), de 100 kV y 0,25 mA de tensión e intensidad de corriente máximas, respectivamente.»

Esta resolución se entiende sin perjuicio de otras autorizaciones cuyo otorgamiento corresponda a este u otros Ministerios y Organismos de las diferentes Administraciones Públicas.

Según se establece en los artículos 107.1 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a contar desde su notificación, así como cualquier otro recurso que considere conveniente a su derecho.

Madrid, 2 de septiembre de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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