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Documento BOE-A-2016-8302

Resolución de 31 de agosto de 2016, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 8 de septiembre de 2016, páginas 64869 a 64872 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2016-8302

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Defensa, el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejera de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia han suscrito, con fecha 18 de julio de 2016, una Adenda al Convenio de colaboración para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas en el año 2016.

Para general conocimiento y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la referida Adenda al Convenio de colaboración, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 31 de agosto de 2016.–El Subsecretario de la Presidencia, por vacante (Real Decreto 199/2012, de 23 de enero), el Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno, David Villaverde Page.

ANEXO
Adenda entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de  Suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2016

En Murcia, a 18 de julio de 2016.

REUNIDOS

De una parte, la Sr.ª doña Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña, Subsecretaria de Defensa, nombrada por Real Decreto 36/2012, de 5 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma del Ministro de Defensa, expresamente concedida para este acto.

De otra parte, el Sr. don Marcial Marín Hellín, Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 603/2015, de 3 de julio, por el que se efectúa su nombramiento y en virtud de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, artículo 14.6.

Y de otra parte, la Sr.ª doña María Isabel Sánchez-Mora Molina, Consejera de Educación y Universidades, por delegación del presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por Decreto n.º 2/2016 y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 16.2.a) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en representación de la Comunidad Autónoma de la Región Murcia, y autorizado para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 2 de marzo de 2016.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el 24 de marzo de 2015, se suscribió el convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima establece la creación de una Comisión de seguimiento mixta, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar, así como proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los centros docentes militares de formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del convenio, con carácter anual, las autoridades firmantes, a propuesta de la comisión de seguimiento, acordarán una adenda al referido convenio en la que se concretarán, para dicho año económico, titulaciones a impartir, número de profesores necesarios, cuantías de sus retribuciones, la aplicación presupuestaria del Ministerio de Defensa con la que se hará frente al gasto y la forma de efectuar su pago a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar el número de profesores que es preciso que sean cedidos por la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para impartir en el año 2016 la titulación de formación profesional de grado superior.

Igualmente, acordar el régimen de dicho profesorado, las cuantías de sus retribuciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos que ocasione la cesión de este personal docente.

Segunda. Titulaciones a impartir y centros.

El centro concernido es la Escuela de Infantería de Marina, en Cartagena. Durante el año 2016 se impartirá el título de formación profesional de grado superior «Asistencia a la Dirección».

Tercera. Aportaciones de la Consejería de Educación y Universidades.

Le corresponde a la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia proporcionar a la Escuela de Infantería de Marina el personal docente siguiente:

Del 1 enero al 31 de diciembre de 2016:

Tip. Profesor.

Especialidad

Nº Profesores

Observaciones

Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Procesos de gestión administrativa.

1

Jornada completa.

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Administración de empresas.

1

Jornada completa.

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Administración de empresas.

1

Jornada parcial (14 horas).

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Inglés.

1

Jornada completa.

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Francés.

1

Jornada parcial (12 horas).

Se requiere que tres Profesores Enseñanza Secundaria y un Profesor Técnico de FP, impartan clases en las dos primeras semanas de julio.

Se significa que las plazas de profesores que se solicitan serán la necesidad permanente de profesorado para esta Escuela en años sucesivos.

De todos ellos, uno desempeñaría las funciones de Jefe de Estudios Adjunto y otro la de Jefe de Departamento.

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración suscrito 24 de marzo de 2015.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

El coste máximo previsto para la prestación de este servicio es de doscientos diecisiete mil seiscientos dieciséis euros y treinta y cinco céntimos (217.616,35 €) para el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450 correspondiente al ejercicio económico 2016.

La cantidad correspondiente se abonará mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto designe la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de acuerdo con la cláusula sexta del citado convenio de colaboración.

A la finalización de cada uno de los trimestres de 2016, se abonará la cantidad requerida por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en función de los costes derivados de los haberes devengados a los profesores en dicho trimestre. A tal efecto, por el jefe de estudios adjunto del centro, certificará, en cada uno de los periodos citados, el número y especialidad de los profesores que imparten los correspondientes títulos de Formación Profesional, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia rendirá cuenta justificativa en la que se acrediten los profesores y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que les sea de aplicación.

Sexta. Vigencia.

Esta adenda tendrá vigencia a lo largo del año 2016.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en cuatro ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ministerio de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Marcial Marín Hellín.–Por la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, María Isabel Sánchez-Mora Molina.

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