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Documento BOE-A-2016-7372

Orden AAA/1302/2016, de 22 de julio, por la que se aprueba la relación de admitidos y excluidos y se anuncia lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado, convocado por Orden AAA/901/2016, de 7 de junio.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 1 de agosto de 2016, páginas 53325 a 53327 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-7372

TEXTO ORIGINAL

Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados de Meteorología del Estado, convocadas por Orden AAA/901/2016, de 7 de junio (BOE de 9 de junio), y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), y en la disposición decimotercera de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE del 27), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado,

Este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:

Primero.

Declarar aprobada la lista de aspirantes admitidos y publicar la lista de excluidos al citado proceso selectivo.

Estas listas se encuentran expuestas en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, Madrid); en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones y en las páginas web:

http://www.magrama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oposiciones/2016/Diplomados_Meteorologia_2016_Acceso_Libre.aspx.

http://www.magrama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oposiciones/2016/Diplomados_Meteorologia_2016_Promocion_Interna.aspx.

La relación de excluidos se publica como anexo de esta Orden.

Segundo.

Los aspirantes excluidos y los omitidos en las indicadas listas disponen de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los errores o defectos que hayan motivado su exclusión u omisión en las listas de admitidos.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres constan en la relación de admitidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, cuando ello sea posible, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas.

Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se produzcan modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta Orden.

Tercero.

Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición el día 29 de octubre de 2016, a las 9:00 horas, en el edificio Aulario de la Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Complutense, Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.

Los aspirantes deberán acudir provistos de bolígrafo negro, el documento nacional de identidad o pasaporte y la copia número 2 (ejemplar para el interesado) de la solicitud de admisión a las pruebas.

Cuarto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrir potestativamente en reposición ante la titular del Departamento en el plazo de un mes o interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta; conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 22 de julio de 2016.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

ANEXO
Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado

Lista de excluidos

Apellidos y nombre

DNI

Causa

de exclusión

Idioma voluntario

Argote González, Ector.

72825401

D

Baena Díaz, Rafael Alejandro.

44269570

D

Broc Salinas, Emilio.

73261331

D

Domínguez Aguilar, María Paloma.

05241162

C-D-E

Francés.

Esteve Moya, Pilar.

25416050

C-D-E

Fernández García, Antonio.

43756115

D

Fernández López, Carlos.

32636850

K

García Muñoz, Pablo.

13984030

D

Francés.

García Núñez, Asunción.

52618589

C-D

García Torres, Maria Dolors.

38801340

D

Francés.

Gómez Ramos, Guillermo.

47289767

E

Gómez Rodríguez, Francisco Javier.

09332895

C-D-E

Heras Verde, José Ángel.

02874642

D

Jiménez Donaire, María Pilar.

79012327

C-D-E

Francés.

Macarro Fernández, José Luis.

71514954

K

Montero García, Encarnación.

70980280

C-D-E

Salvador López, Mayte.

50215337

D

Sangüesa Lazcano, Ana.

02885006

D

Somavilla Ruiz, Juan Carlos.

02614752

K

Francés.

Torrens Calleja, José María.

43104489

C-D-E

Uña León, Víctor.

04600545

B

Francés.

Causas de exclusión

B) No acreditar el ingreso del importe de la tasa por derechos de examen en la forma establecida o pago incompleto de la misma.

C) No acreditar estar exento del pago de la tasa por derechos de examen, dado que no justifica ser demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

D) No acreditar estar exento del pago de la tasa por derechos de examen, dado que no justifica no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

E) No acompañar declaración jurada o promesa de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o presentarla sin firmar.

K) No firmar la solicitud (modelo 790).

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