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El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 3774-2016, promovido por el Gobierno de Cataluña contra los artículos 39; 49 h), párrafo segundo, y por conexión, la disposición adicional octava, 1; 52.2 desde «teniendo en cuenta» hasta el final del apartado; 81.3; 83.2.c y, por conexión, la disposición adicional octava, 2; 120.2; 121; 122; 126; 129.2; 157.3, último párrafo, y por conexión con los citados preceptos, la disposición final decimocuarta de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 19 de julio de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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