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Documento BOE-A-2016-7258

Resolución de 21 de julio de 2016, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral, convocado por Resolución de 21 de diciembre de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 28 de julio de 2016, páginas 52509 a 52510 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2016-7258

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 21 de diciembre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública, se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Una vez valorados los méritos presentados por los aspirantes a los puestos convocados, de acuerdo con las bases de la convocatoria y las normas reglamentarias,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

La adjudicación de los puestos de trabajo convocados en dicha Resolución. La relación de adjudicatarios se publicará en la página web de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas www.seap.minhap.es.

Segundo.

Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en la citada relación, por falta de peticionarios o por cualquier otra circunstancia prevista en la Resolución de la convocatoria.

Tercero.

La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días si no existe cambio de residencia del trabajador, o en el de un mes si conlleva cambio de residencia o reingreso al servicio activo. El cambio de residencia deberá ser acreditado documentalmente.

El plazo para la incorporación comenzará a computarse a partir del día siguiente al del cese. No obstante, en aplicación del artículo 29.4 del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en base a las necesidades organizativas derivadas de la resolución de la convocatoria durante el periodo estival, el cese de los trabajadores se suspende hasta el día 1 de septiembre de 2016.

A los efectos del cómputo del plazo de cese e incorporación previsto en el penúltimo párrafo del artículo 29.4 del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, se estará a lo dispuesto anteriormente en cuanto a la fecha del día 1 de septiembre. Si la resolución del concurso comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de incorporación deberá computarse asimismo desde el día 1 de septiembre.

Cuarto.

Los traslados derivados de la presente convocatoria se considerarán de carácter voluntario, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno y no son renunciables una vez adjudicada la plaza, salvo que antes de la finalización del plazo de incorporación, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Quinto.

Contra la presente Resolución podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante esta Dirección General, en el plazo de veinte días desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con lo prevenido en los artículos 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 21 de julio de 2016.–El Director General de la Función Pública, Javier M.ª Pérez Medina.

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