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Documento BOE-A-2016-6597

Acuerdo de 7 de julio de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Jueces sustitutos para el año judicial 2015/2016, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Castilla-La Mancha y Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 9 de julio de 2016, páginas 48129 a 48129 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2016-6597

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado nombrar para el año judicial 2015/2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 213.2 en relación con los artículos 200 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, y en los artículos 105.3 y 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, al/a las Juez/zas sustituto/as que a continuación se relacionan, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Castilla-La Mancha y Cataluña:

Doña María Belén Ruiz Belda, Jueza sustituta de los Juzgados de Cuenca, Motilla del Palancar, San Clemente y Tarancón (Cuenca).

Don Juan Bautista Coromina Lozano, Juez sustituto de los Juzgados de Arenys de Mar, Badalona, Berga, Cerdanyola del Vallés, Cornellá de Llobregat, El Prat de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavá, Granollers, Igualada, L’Hospitalet de Llobregat, Manresa, Martorell, Mataró, Mollet del Vallés, Rubí, Sabadell, Sant Boi de Llobregat, Sant Feliú de Llobregat, Santa Coloma de Gramenet, Terrassa, Vic, Vilafranca del Penedés y Vilanova i la Geltrú (Barcelona).

Doña María Pilar Lao Morales, Jueza sustituta de los Juzgados de Girona, Blanes, Figueres, La Bisbal d’Empordá, Olot, Puigcerdá, Ripoll, Sant Feliú de Guixols y Santa Coloma de Farners (Girona).

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 7 de julio de 2016.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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