El Real Decreto 460/2015, de 5 de junio («BOE» de 16 de junio), por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, establece la posibilidad de cooperación de este Organismo con los Centros de Alto Rendimiento y de Centros de Tecnificación Deportiva que sean titularidad de las comunidades autónomas, entidades locales, o federaciones deportivas españolas.
De acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto de la Resolución del Presidente del Consejo Superior de Deportes de 10 de enero de 2014 («BOE» de 23 de enero), por la que se clasifican las instalaciones deportivas y los programas deportivos para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición, a efectos de lo previsto en la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, la clasificación de los Centros se realizará por la Dirección General de Deportes del citado Organismo.
Una vez examinada la documentación aportada por la Comunidad Autónoma de Castilla y León sobre la actividad que se lleva a cabo en la modalidad de Triatlón en el Centro de Tecnificación Deportiva «Río Esgueva» de Valladolid, que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado tercero de la citada Resolución de 10 de enero de 2014, resuelvo clasificar el siguiente programa deportivo:
Centro de Tecnificación Deportiva «Río Esgueva», en Valladolid. Programa Deportivo de Tecnificación Deportiva Estatal de Triatlón.
Madrid, 17 de junio de 2016.–El Director General de Deportes, Óscar Graefenhain de Codes.
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