De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, y conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio,
Este Ministerio acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:
Los puestos de trabajo que se convocan por la presente orden podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
Los interesados dirigirán sus solicitudes, según el modelo que figura como anexo II, al Sr. Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, C/ Agustín de Bethencourt, número 4, o por cualquiera de las formas que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Además de los datos personales y el número de registro de personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitud su currículum vítae, en el que consten los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas (inglés para los puestos a desempeñar en Ottawa y Ginebra), y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
El período de permanencia en los puestos de trabajo convocados será el establecido en el artículo 14.3 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó.
Madrid, 30 de junio de 2016.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subdirector General de Recursos Humanos, P. S. (Resolución de 3 de noviembre de 2008), la Subdirectora General Adjunta de Recursos Humanos, Pilar Lozano Sánchez.
Consejerías y Oficinas Laborales
N.º |
Codigo |
Puesto de trabajo |
Nivel |
Complemento específico |
Localidad |
AP |
Gr. |
Descripcion del puesto |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 |
777777 |
Jefe/Jefa de Sección. |
22 |
2.411,64 |
Ottawa. |
AE |
A2/C1 |
|
2 |
4722742 |
Jefe/Jefa de Sección. |
22 |
2.411,64 |
Lisboa. |
AE |
A2/C1 |
|
3 |
4722744 |
Jefe/Jefa de Sección. |
22 |
2.424,80 |
Ginebra. |
AE |
A1/A2 |
|
4 |
4718974 |
Jefe/Jefa de Sección. |
22 |
2.411,64 |
Buenos Aires. |
AE |
A2/C1 |
Administración. Gestión presupuestaria, suministros y contratación. Especial mención a la gestión contable en condición de cajero pagador. Preparación de estados de gestión contable y de tesorería. Conservación de locales, equipos y actualización de inventarios. |
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