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Documento BOE-A-2016-6148

Resolución de 6 de junio de 2016, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla para regular el suministro de metadatos y previsualizaciones por parte de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, a través de éste, a Europeana, así como el uso de dichos metadatos y previsualizaciones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de Europeana.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 24 de junio de 2016, páginas 45660 a 45670 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-6148

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Sevilla han suscrito un Convenio para regular el suministro de metadatos y previsualizaciones por parte de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, a través de éste, a Europeana, así como el uso de dichos metadatos y previsualizaciones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de Europeana, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 6 de junio de 2016.–El Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro, José Pascual Marco Martínez.

ANEXO

Convenio entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Sevilla para regular el suministro de metadatos y previsualizaciones por parte de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, a través de este, a Europeana, así como el uso de dichos metadatos y previsualizaciones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de Europeana

En Madrid, a 3 de junio de 2016

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Miguel Ángel Recio Crespo, Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de Archivos y Bibliotecas, nombrado por Real Decreto 855/2014, de 3 de octubre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en ejercicio de las competencias que le confiere el Real Decreto 257/2012, de 28 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del citado Ministerio y al amparo de lo dispuesto en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

De otra, D. Miguel Ángel Castro Arroyo, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en su artículo 20 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de Noviembre, modificado por Decreto 348/2004 de 25 de mayo y reformada por Decreto 16/2008 de 29 de enero.

MANIFIESTAN

I. Europeana es la biblioteca digital pública de la Unión Europea. Europeana tiene como objetivo proporcionar acceso al patrimonio cultural y científico europeo. Europeana, con ese objetivo, lleva a cabo las tareas de recolectar, indizar, enriquecer y hacer accesibles los metadatos descriptivos y las previsualizaciones de los objetos que forman parte de dicho patrimonio. Europeana intenta, de ese modo, beneficiar tanto a los titulares de dichos objetos como al público en general.

Europeana solo tiene intención de incluir en su base de datos metadatos y previsualizaciones. El Proveedor de datos tiene y/o puede crear metadatos y previsualizaciones que sean adecuadas para formar parte de esta base de datos. El Proveedor de datos desea que estos metadatos y previsualizaciones (una parte de ellos) estén disponibles para esta base de datos bajo las condiciones de este convenio.

En algunos dominios (como los museos) puede ser difícil diferenciar claramente los metadatos y los contenidos y, en consecuencia, los datos que se remitan a Europeana se denominan metadatos para los propósitos de este convenio.

Es objetivo de Europeana que todos los metadatos de su base de datos estén disponibles para su reutilización por parte de todos sus proveedores de datos y del público en general.

II. El artículo 44.1 de la Constitución Española establece que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

III. El artículo 1b del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (BOE 28 de enero de 2012) establece que le corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la «promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español».

IV. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte impulsa y ejecuta, en colaboración con la Unión Europea, las Comunidades Autónomas, con el resto de administraciones públicas, órganos del Estado y con todo tipo de entidades privadas, proyectos de digitalización de ámbito supracomunitario consistentes en la generación de recursos digitales procedentes de la digitalización de objetos físicos integrantes del patrimonio histórico español y la asignación de metadatos a los objetos digitales resultantes con el objetivo de contribuir a su preservación y mejorar el acceso a los mismos haciéndolos accesibles a través de Internet.

En consecuencia, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Sevilla acuerdan formalizar el presente Convenio de Colaboración conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

1. El presente convenio tiene por objeto regular el suministro de metadatos y previsualizaciones por parte de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, a través de este, a Europeana, así como el uso de dichos metadatos y previsualizaciones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de Europeana.

2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte llevará a cabo la recepción, uso y suministro de los metadatos y previsualizaciones a las que se refiere este convenio en el marco de su proyecto Hispana.

3. Europeana llevará a cabo la recepción y uso de los metadatos y previsualizaciones a las que se refiere este convenio en el marco de su proyecto, del mismo nombre, Europeana.

4. Los metadatos y previsualizaciones que suministre la Biblioteca de la Universidad de Sevilla (el Proveedor de datos, en adelante) procederán de los proyectos que figuran en el anexo I al presente convenio.

5. La remisión a Europeana de los metadatos y previsualizaciones objeto de este convenio la llevará a cabo el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte conforme a lo establecido en el convenio que a tal efecto ha suscrito dicho Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con la Fundación Europeana y que se adjunta como anexo II. Las definiciones incluidas en dicho convenio, en su cláusula 1, rigen también para el presente convenio.

Segunda. Provisión de metadatos y previsualizaciones.

1. No obstante los requisitos mínimos de los párrafos 2 y 3 de esta cláusula, es a discreción del proveedor de datos decidir los metadatos y previsualizaciones que proporciona al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para que este, a su vez, los remita a Europeana, incluido el derecho a remitir solo los metadatos y previsualizaciones de una parte del contenido del que él o sus proveedores de datos son titulares y el derecho a remitir solo una parte de sus metadatos y previsualizaciones o de los de sus proveedores de datos en relación con un determinado contenido.

2. El proveedor de datos remitirá los metadatos y las previsualizaciones de acuerdo con las especificaciones sobre los metadatos.

3. El proveedor de datos pondrá la debida diligencia para proporcionar al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte metadatos correctos sobre los derechos de propiedad intelectual del contenido, incluyendo la identificación del contenido que está en el dominio público.

4. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte colaborará con el proveedor de datos para la corrección, actualización y eliminación de los metadatos proporcionados por el proveedor de datos en el plazo de treinta (30) días desde la última petición.

Tercera. Uso de los metadatos.

1. Bajo las condiciones que establecen los requisitos de los párrafos 2 y 3 de la cláusula 2, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana incluirán los metadatos proporcionados por el proveedor de datos en las bases de datos que mantienen el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana y publicarán dichos metadatos como parte de sus bases de datos.

2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana publicarán todos los metadatos, incluidos los metadatos proporcionados por el Proveedor de datos antes de la fecha de entrada en vigor de este convenio, bajo los términos de la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0 y el proveedor de datos autoriza a hacerlo por el presente. El proveedor de datos reconoce por el presente que renuncia –hasta donde permite la legislación aplicable, pero no en contravención con ella– a todos los derechos de propiedad intelectual de los metadatos que ha proporcionado y proporcionará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a Europeana.

3. En la medida en que el proveedor de datos ha proporcionado o proporcionará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a Europeana metadatos agregados a partir de terceros u originados por terceros, el proveedor de datos garantizará que dichos terceros autorizan al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a Europeana de acuerdo con el párrafo 2 de esta cláusula.

4. Cuando se hagan disponibles los metadatos o cualquier parte de los mismos bajo los términos de la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana proporcionarán un enlace a las Directrices de Uso de los Datos de Europeana con la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0.

5. Cuando el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana publiquen metadatos que puedan ser (en su totalidad o en parte) atribuidos al proveedor de datos, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana están obligadas a dar la atribución al proveedor de datos y a la parte o partes referidas por el proveedor de datos mediante el campo europeana:dataProvider (o su equivalente en la última versión) de las especificaciones sobre los metadatos.

6. En caso de que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana publiquen una traducción o transcripción basada en los metadatos proporcionados por el proveedor de datos, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana identificarán la traducción o transcripción como tal.

Cuarta. Uso de las Previsualizaciones.

1. No obstante los párrafos 2 y 3 de esta cláusula, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana están autorizadas a permitir el uso de previsualizaciones a los visitantes de hispana.mcu.es y de Europeana.eu y a terceros de acuerdo con los términos especificados por el proveedor de datos en el campo europeana:rights (o su equivalente en una versión posterior) de las especificaciones sobre metadatos.

2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana están autorizados a almacenar y publicar en hispana.mcu.es y Europeana.eu todas las previsualizaciones proporcionadas por el proveedor de datos, aunque solo en combinación con los metadatos que pertenecen al mismo contenido.

3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana están autorizados a publicar las URLs que apuntan a las previsualizaciones junto con otros metadatos, a menos que el proveedor de datos indique por escrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que no lo permite. En ese caso, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana solo utilizarán las previsualizaciones de acuerdo con el párrafo 2 de esta cláusula.

4. En la medida en que el proveedor de datos es el propietario de los derechos de propiedad intelectual de las previsualizaciones que proporciona al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, a través de este, a Europeana, el proveedor de datos concede por el presente al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a Europeana la licencia para utilizar esos derechos de acuerdo con esta cláusula, sin afectar a cualquier derecho moral que pudiera verse afectado por dichas previsualizaciones.

5. En la medida en que el proveedor de datos haya proporcionado o proporcione al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, en su caso a través de este, a Europeana previsualizaciones que ha agregado a partir de terceros u originadas de cualquier otra manera a partir de terceros, el proveedor de datos garantiza que esos terceros han autorizado al proveedor de datos a que permita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a Europeana llevar a cabo lo previsto en los párrafos 1 y 2 de esta cláusula.

Quinta. Duración del convenio.

1. Este convenio entra en vigor en la fecha de la firma de las partes.

2. El convenio expirará el 31 de diciembre siguiente a la fecha de entrada en vigor. El convenio se renovará automáticamente por un período de un año cada 1 de enero, a menos que alguna de la Partes decida rescindirlo mediante notificación por escrito recibida por la otra parte antes del 30 de septiembre de ese año.

Sexto. Responsabilidad, notificaciones y rescisión.

1. El Proveedor de datos debe poner la debida diligencia para garantizar que la ejecución de las cláusulas 3 y 4 apartados tercero y cuarto por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana no constituye una acción ilegal respecto a terceros, incluido, pero no limitado a:

a. violación de los derechos de propiedad intelectual de terceros;

b. infracción de derechos derivados de la personalidad, privacidad, publicidad u otros derechos; o

c. infracción del orden público o moral pública (incitación al odio, obscenidad, etc.).

2. En caso de que la ejecución por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana de las cláusulas 3 y 4 apartados tercero y cuarto constituya una acción ilegal hacia terceros, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, a través de este, Europeana ayudarán al proveedor de datos a limitar las consecuencias negativas de dicha acción ilegal sin aceptar, no obstante, ninguna responsabilidad. Para llevar a cabo esta obligación, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana utilizarán el procedimiento de notificación y rescisión del párrafo 3 de esta cláusula.

3. En caso de que un proveedor de datos o un tercero notifique al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o a Europeana que considera que la ejecución por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o de Europeana de las anteriormente referidas cláusulas 3 y 4 apartados tercero y cuarto constituye una acción ilegal hacia cualquiera de las partes, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana decidirán en el plazo de cinco días laborables si considera la notificación (i) carente de fundamentos, (ii) fácilmente resarcible o (iii) sujeta a debate, y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana llevarán a cabo lo siguiente:

(I) En caso de que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana consideren la notificación carente de fundamentos, informarán a la parte notificante como corresponda.

(II) En caso de que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana consideren la notificación fácilmente resarcible, llevarán a cabo las acciones necesarias para dar fin a la situación ilegal. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana informarán sobre su decisión tanto a la parte notificante como al proveedor de datos.

(III) En caso de que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana consideren la notificación sujeta a debate, informarán sobre su decisión a la parte notificante y permitirán al proveedor de datos expresar su parecer sobre su decisión en el plazo de cinco (5) días laborables contados desde la fecha en la que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana ha emitido su opinión al proveedor de datos. A partir de la recepción del parecer del proveedor de datos, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana decidirán en el plazo de cinco (5) días laborables si es necesaria alguna medida para poner fin a la situación ilegal. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Europeana pueden requerir a la parte notificante y, con posterioridad, al proveedor de datos más opiniones.

4. Ambas partes eximirán a la otra parte de cualquier acción, recurso o reclamación llevados a cabo por terceros debido a la no observancia de las obligaciones establecidas en este convenio como consecuencia del incumplimiento por la otra parte de las obligaciones previstas en este convenio.

Séptima. Finalización.

1. Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente convenio en cualquier momento por incumplimiento grave u otros incumplimientos continuados por la parte contraria de alguna de las obligaciones expuestas en el presente mediante notificación escrita, identificando en ella la naturaleza de tal incumplimiento. La rescisión será efectiva treinta (30) días después de la notificación escrita, a menos que durante el período pertinente de treinta (30) días, la parte que haya incurrido en el incumplimiento ponga solución.

2. Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente convenio mediante notificación escrita si la otra parte se declara insolvente o en bancarrota, si el proyecto del proveedor de datos finaliza o si el proveedor de datos retira o cesa de prestar sus servicios. La rescisión se hará efectiva treinta (30) días después de recibir la notificación escrita.

3. Una vez rescindido este convenio, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana solo estarán obligados a eliminar los metadatos y previsualizaciones proporcionados por el proveedor de datos si el proveedor de datos solicita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que elimine los metadatos y las previsualizaciones. La eliminación se llevará a cabo en un plazo no superior a 30 días después de que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Europeana hayan recibido dicha petición.

4. La rescisión de este convenio no afecta a ningún otro convenio anterior válido efectuado entre cada una de las partes con terceros.

Octava. Varios.

1. Si alguno de los términos del presente convenio se declarase nulo o inejecutable por un tribunal de la jurisdicción competente, el presente documento, incluyendo todos los términos restantes, mantendrá su plena vigencia y efecto como si el término nulo o inejecutable nunca hubiera estado incluido.

2. Este convenio sustituye a todos los acuerdos de los proveedores de datos y/o agregadores de datos firmados por Europeana y el proveedor de datos antes de la fecha de entrada en vigor y todos los metadatos y previsualizaciones proporcionadas a Europeana por el proveedor de datos en los términos de esos otros acuerdos se consideran, a la fecha de entrada en vigor, proporcionados en los términos del presente acuerdo.

3. Este convenio puede complementarse, enmendarse o modificarse solo por mutuo acuerdo de las partes. Cualquier modificación propuesta por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o, a través de este, por Europeana debe notificarse por escrito al proveedor de datos. Al proveedor de datos se le concederán como mínimo dos meses a partir de la fecha de recepción de la notificación para aceptar el nuevo acuerdo. Si el proveedor de datos no acepta las modificaciones por escrito en el plazo del período permitido, se dará por supuesto que las modificaciones han sido rechazadas. Si el proveedor de datos rechaza las modificaciones propuestas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, a través de él, Europeana tiene derecho a rescindir este acuerdo el 31 de diciembre de cada año, habiéndolo notificado con un mes de antelación.

Novena. Financiación.

Las actuaciones previstas en el presente convenio no precisan de financiación.

Décima. Ejecución del convenio.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte acreditará la ejecución del objeto del convenio mediante certificación en la que declare que los metadatos y previsualizaciones suministrados por el Proveedor de datos provenientes de los proyectos que figuran en el Anexo I del presente convenio, han sido remitidos, a través del agregador Hispana, a Europeana y han quedado incluidos y publicados en la base de datos de Europeana. Dicha certificación irá acompañada de una Memoria en la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes a través del convenio.

Undécima. Interpretación y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

En su defecto será competente para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente Convenio, en lugar y fecha arriba indicados, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Miguel Ángel Recio Crespo, Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas.–Por la Universidad de Sevilla, Miguel Ángel Castro Arroyo, Rector de la Universidad.

ANEXO I
Proyectos de los que provienen los metadatos y previsualizaciones

1. Fondos digitalizados de la Universidad de Sevilla.

2. idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla.

ANEXO II

Acuerdo de Intercambio de Datos de Europeana

Las Partes,

Fundación Europeana (anteriormente Fundación EDL).

Dirección: Koninklijke Bibliotheek, Prins Willem-Alexanderhof 5, 2509LK La Haya, Países Bajos.

Teléfono: +31 70 314 0952.

URL: www.europeana.eu

Nombre de la persona autorizada: JiII Cousins.

Puesto en la organización: Directora General.

Teléfono corporativo: +31 70 314 0952.

Correo electrónico corporativo: jilI.cousins@kb.nl

De ahora en adelante: «Europeana».

Y

Nombre de la organización:

Dirección:

Teléfono:

Correo electrónico:

URL:

Nombre de la persona autorizada:

Puesto en la organización:

Teléfono corporativo:

Correo electrónico corporativo:

De ahora en adelante: «Proveedor de datos»

Considerando que:

a. Europeana tiene como objetivo proporcionar acceso al patrimonio cultural y científico europeo;

b. Europeana, con ese objetivo, lleva a cabo las tareas de recolectar, indizar, enriquecer y hacer accesibles los metadatos descriptivos y las previsualizaciones de los objetos que forman parte de dicho patrimonio,

c. Europeana intenta, de ese modo, beneficiar tanto a los titulares de dichos objetos como al público en general;

d. Europeana solo tiene intención de incluir en su base de datos metadatos y previsualizaciones;

e. El Proveedor de datos tiene y/o puede crear metadatos y previsualizaciones que sean adecuadas para formar parte de esta base de datos;

f. El Proveedor de datos desea que estos metadatos y previsualizaciones (una parte de) estén disponibles para esta base de datos bajo las condiciones de este acuerdo;

g. En algunos dominios (como los museos) puede ser difícil diferenciar claramente los metadatos y los contenidos y, en consecuencia, los datos que se remitan a Europeana se denominan metadatos para los propósitos de este acuerdo; y

h. Europeana desea que todos los metadatos de su base de datos estén disponibles para su reutilización por parte de todos sus proveedores de datos y del público en general.

Las Partes han acordado lo siguiente:

Cláusula 1. Definiciones.

CCO 1.0 Universal Public Domain Dedication: The Creative Commons Universal Public Domain Dedication tal como se ha publicado en http://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/. La versión de CCO 1.0 Universal Public Domain Dedication que se ha publicado en la fecha de entrada en vigor se acompaña a este acuerdo como Anexo.

Consejo de Proveedores de Contenido y Agregadores: El Consejo de Europeana, según lo establecido en la cláusula 12 de la Asociación de Europeana. Contenido: un objeto físico o digital que forma parte del patrimonio cultural o científico europeo, del que es titular, por lo general, el Proveedor de datos o un proveedor de datos del Proveedor de datos.

Derechos de Propiedad Intelectual: derechos de propiedad intelectual incluidos, aunque no limitados a, copyrights, derechos relacionados y derechos de la base de datos.

Directrices de uso de los datos de Europeana: directrices no vinculantes para los usuarios de los datos publicados por Europeana en la Fecha de entrada en vigor disponibles en http://www.europeana.eu/portal/data-usage-guide.html

Dominio público: Contenidos, metadatos u otro tema no protegido por los Derechos de Propiedad Intelectual y/o sujeto a la renuncia a los Derechos de Propiedad Intelectual.

Especificaciones sobre metadatos: La versión más reciente de las especificaciones sobre metadatos publicada por Europeana y disponible en http://europeana.eu/schemas/ en la Fecha de entrada en vigor.

Europeana.eu: la web de Europeana, sus datos y sus interfaces sin que necesariamente esté todo publicado bajo la URL europeana.eu

Fecha de entrada en vigor: la fecha en la que se inicia este Acuerdo, según la cláusula 5, párrafo 1.

Metadatos: información textual (incluidos los hipervínculos) que puede servir para identificar, encontrar, interpretar y/o gestionar el Contenido.

Previsualizaciones: representación auditiva y/o visual del contenido de tamaño o duración reducidos, en forma de una o más imágenes, ficheros de texto, ficheros de audio o ficheros de imágenes en movimiento.

Terceros: Cualquier persona legal o natural que no es parte de este Acuerdo.

URI: Uniform Resource Identifier, URLs (Uniform Resource Locators) son URIs.

Cláusula 2. Provisión de Metadatos y Previsualizaciones.

1. No obstante los requisitos mínimos de los párrafos 2 y 3 de esta cláusula, es a discreción del Proveedor de datos decidir los Metadatos y Previsualizaciones que proporciona a Europeana, incluido el derecho a remitir solo los Metadatos y Previsualizaciones de una parte del contenido del que él o sus proveedores de datos son titulares y el derecho a remitir solo una parte de sus metadatos y previsualizaciones o de los de sus proveedores de datos en relación con un determinado contenido.

2. El Proveedor de Datos remitirá los metadatos y las previsualizaciones de acuerdo con las Especificaciones sobre los metadatos.

3. El Proveedor de Datos hará todo lo posible para proporcionar a Europeana metadatos correctos sobre los Derechos de Propiedad Intelectual del contenido, incluyendo la identificación del contenido que está en el dominio público.

4. Europeana garantizará que las futuras versiones de las Especificaciones sobre los metadatos sean compatibles con las Especificaciones sobre los metadatos vigentes en la Fecha de entrada en vigor. Antes de decidir cambios obligatorios en las Especificaciones sobre los metadatos, Europeana debe consultar al Consejo de Proveedores de Contenido y Agregadores.

5. Europeana colaborará con el Proveedor de datos para la corrección, actualización y eliminación de los Metadatos proporcionados por el Proveedor de datos en el plazo de treinta (30) días desde la última petición.

Cláusula 3. Uso de los Metadatos.

1. Bajo las condiciones que establecen los requisitos de los párrafos 2 y 3 de la cláusula 2, Europeana incluirá los Metadatos proporcionados por el Proveedor de datos en la base de datos que mantiene Europeana y publicará dichos metadatos como parte de su base de datos.

2. Europeana publicará todos los Metadatos, incluidos los Metadatos proporcionados por el Proveedor de datos antes de la Fecha de entrada en vigor, bajo los términos de la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0 y el Proveedor de datos la autoriza a hacerlo por el presente. El Proveedor de datos reconoce por el presente que renuncia – hasta donde permite la legislación aplicable, pero no en contravención con ella– a todos los Derechos de Propiedad Intelectual de los Metadatos que ha proporcionado y proporcionará a Europeana. Si –de acuerdo con la legislación aplicable– dicha renuncia no es legalmente vinculante en determinados territorios, se aplicará la «Public License Fallback» de la sec. 3 de la Declaración de Dominio Público Universal de CC0 1.0 y los Metadatos proporcionados por el Proveedor de datos se licencian no exclusivamente, incondicionalmente, de manera gratuita para todos los tipos de uso y para todos los territorios. Para más detalles sobre renuncia/licencia pública, véase el texto de Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0 en la URL mencionada más arriba en la cláusula 1.

3. En la medida en que el Proveedor de datos ha proporcionado o proporcionará a Europeana Metadatos agregados a partir de Terceros u originados por Terceros, el Proveedor de datos garantizará que dichos Terceros han autorizado al Proveedor de Datos a autorizar a Europeana de acuerdo con el párrafo 2 de esta cláusula.

4. Cuando se hagan disponibles los Metadatos o cualquier parte de los mismos bajo los términos de la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0, Europeana proporcionará un enlace a las Directrices de Uso de los Datos de Europeana con la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0.

5. Cuando Europeana publique Metadatos que puedan ser (en su totalidad o en parte) atribuidos al Proveedor de Datos, Europeana está obligada a dar la atribución al Proveedor de datos y a la parte o partes referidas por el Proveedor de datos mediante el campo europeana:dataProvider (o su equivalente en la última versión) de las Especificaciones sobre los Metadatos.

6. En caso de que Europeana publique una traducción o transcripción basada en los Metadatos proporcionados por el Proveedor de datos, Europeana identificará la traducción o transcripción como tal.

Cláusula 4. Uso de las Previsualizaciones.

1. No obstante los párrafos 2 y 3 de esta cláusula, Europeana está autorizada a permitir el uso de Previsualizaciones a los visitantes de Europeana.eu y a Terceros de acuerdo con los términos especificados por el Proveedor de datos en el campo europeana:rights (o su equivalente en una versión posterior) de las Especificaciones sobre Metadatos.

2. Europeana está autorizada a almacenar y publicar en Europeana.eu todas las previsualizaciones proporcionadas por el Proveedor de Datos, aunque solo en combinación con los metadatos que pertenecen al mismo Contenido.

3. Europeana está autorizada a publicar las URLs que apuntan a las Previsualizaciones junto con otros Metadatos, a menos que el Proveedor de Datos indique por escrito a Europeana que no lo permite. En ese caso, Europeana solo utilizará las Previsualizaciones de acuerdo con el párrafo 2 de esta cláusula.

4. En la medida en que el Proveedor de Datos es el propietario de los Derechos de Propiedad Intelectual de las Previsualizaciones que proporciona a Europeana, el Proveedor de datos concede por el presente a Europeana la licencia para utilizar esos derechos de acuerdo con esta cláusula, si afectar a cualquier derecho moral que pudieran tener dichas Previsualizaciones.

5. En la medida en que el Proveedor de Datos haya proporcionado o proporcione a Europeana Previsualizaciones que ha agregado a partir de terceros u originadas de cualquier otra manera a partir de Terceros, el Proveedor de datos garantiza que esos Terceros han autorizado al Proveedor de datos a que permita a Europeana llevar a cabo los párrafos 1 y 2 de esta cláusula.

Cláusula 5. Duración del Acuerdo.

1. Este Acuerdo entra en vigor en la fecha de la firma de las partes.

2. El Acuerdo expirará el 31 de diciembre siguiente a la Fecha de entrada en vigor. El Acuerdo se renovará automáticamente por un período de un año cada 1 de enero, a menos que alguna de la Partes decida rescindirlo mediante notificación por escrito recibida por la otra parte antes del 30 de septiembre de ese año.

Cláusula 6. Responsabilidad y notificaciones y Rescisión.

1. El Proveedor de datos debe hacer todo lo posible para garantizar que la ejecución de las cláusulas 3 y 4 por parte de Europeana no constituye una acción ilegal respecto a Terceros, incluido, pero no limitado a,:

a. violación de los derechos de propiedad intelectual de Terceros;

b. infracción de personalidad, privacidad, publicidad u otros derechos; o

c. infracción del orden público o moralidad (incitación al odio, obscenidad, etc.).

2. En caso de que la ejecución por parte de Europeana de las cláusulas 3 y 4 constituya una acción ilegal hacia Terceros, Europeana ayudará al Proveedor de datos a limitar las consecuencias negativas de dicha acción ilegal sin aceptar, no obstante, ninguna responsabilidad. Para llevar a cabo esta obligación, Europeana utilizará el procedimiento de notificación y rescisión del párrafo 3 de esta cláusula.

3. En caso de que un Proveedor de datos o un Tercero notifique a Europeana que considera que la ejecución por parte de Europeana de las cláusulas 3 y 4 constituye una acción ilegal hacia cualquiera de las partes, Europeana decidirá en el plazo de cinco días laborables si considera la notificación (i) carente de fundamentos, (ii) fácilmente resarcible o (iii) sujeta a debate, y Europeana llevará a cabo lo siguiente:

(i) En caso de que Europeana considere la notificación carente de fundamentos, informará a la parte notificante como corresponda.

(ii) En caso de que Europeana considere la notificación fácilmente resarcible, llevará a cabo las acciones necesarias para dar fin a la situación ilegal. Europeana informará sobre su decisión tanto a la Parte notificante como al Proveedor de datos.

(iii) En caso de que Europeana considere la notificación sujeta a debate, informará sobre su decisión a la parte notificante y permitirá al Proveedor de datos expresar su parecer sobre su decisión en el plazo de cinco (5) días laborables contados desde la fecha en la que Europeana ha emitido su opinión al Proveedor de datos. A partir de la recepción del parecer del Proveedor de datos, Europeana decidirá en el plazo de cinco (5) días laborables si es necesaria alguna medida para poner fin a la situación ilegal. Europeana puede requerir a la parte notificante y, con posterioridad, al Proveedor de datos más opiniones.

4. Ambas partes eximirán a la otra parte de cualquier acción, recurso o reclamación llevados a cabo por Terceros debidos a la no observancia de las obligaciones establecidas en este Acuerdo.

Cláusula 7. Finalización.

1. Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente Acuerdo en cualquier momento por incumplimiento grave u otros incumplimientos continuados por la Parte contraria de alguna de las obligaciones expuestas en el presente mediante notificación escrita, identificando en ella la naturaleza de tal incumplimiento. La rescisión será efectiva treinta (30) días después de la notificación escrita, a menos que durante el período pertinente de treinta (30) días, la Parte que haya incurrido en el incumplimiento ponga solución.

2. Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente Acuerdo mediante notificación escrita si la otra Parte se declara insolvente o en bancarrota, si el proyecto del Proveedor de datos finaliza o si el Proveedor de datos retira o cesa de prestar sus servicios. La rescisión se hará efectiva treinta (30) días después de recibir la notificación escrita.

3. Una vez rescindido este acuerdo, Europeana solo estará obligada a eliminar los Metadatos y Previsualizaciones proporcionados por el Proveedor de datos si el Proveedor de datos solicita a Europeana que elimine los Metadatos y las Previsualizaciones. La eliminación se llevará a cabo en un plazo no superior a 30 días después de que Europeana haya recibido dicha petición.

4. La rescisión de este Acuerdo no afecta a ningún otro Acuerdo anterior válido efectuado entre cada una de las partes con Terceros.

Cláusula 8. Varios.

1. Si alguno de los términos del presente Acuerdo se declarase nulo o inejecutable por un tribunal de la jurisdicción competente, el presente documento, incluyendo todos los términos restantes, mantendrá su plena vigencia y efecto como si el término nulo o inejecutable nunca hubiera estado incluido.

2. Este acuerdo sustituye a todos los acuerdos de los proveedores de datos y/o agregadores de datos firmados por Europeana y el Proveedor de datos antes de la Fecha de entrada en vigor y todos los Metadatos y Previsualizaciones proporcionadas a Europeana por el Proveedor de datos en los términos de esos otros acuerdos se consideran, a la Fecha de entrada en vigor, proporcionados en los términos del presente Acuerdo.

3. Este acuerdo puede complementarse, enmendarse o modificarse solo por mutuo acuerdo de las partes. Cualquier modificación propuesta por Europeana debe notificarse por escrito al Proveedor de datos. Al Proveedor de datos se le concederán como mínimo dos meses a partir de la fecha de recepción de la notificación para aceptar el nuevo acuerdo. Si el Proveedor de datos no acepta las modificaciones por escrito en el plazo del período permitido, se dará por supuesto que las modificaciones han sido rechazadas. Si el Proveedor de datos rechaza las modificaciones propuestas, Europeana tiene derecho a rescindir este acuerdo el 31 de diciembre de cada año, habiéndolo notificado con un mes de antelación.

4. Este Acuerdo está redactado en inglés, idioma que rige todos los documentos, notificaciones, reuniones, procesos de arbitraje y procedimientos a este respecto.

5. Este Acuerdo se regirá y se interpretará de conformidad con la legislación de los Países Bajos.

6. Todos los conflictos derivados de o en relación con el presente Acuerdo que no puedan solucionarse de forma amistosa se remitirán a un grupo mediación del Consejo de Proveedores de Contenido y Agregadores para un proceso de mediación. El resultado del proceso de mediación será vinculante para las Partes.

Firmado por ambas Partes:

Fecha: Fecha:

Proveedor de datos: Europeana.

Acuerdo de provisión de datos de Europeana.

ANEXO III

En la URL http://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/deed.es_ES se encuentra la traducción al castellano de CC0 1.0 Universal Public.

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