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Documento BOE-A-2016-5864

Resolución de 9 de junio de 2016, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo como consecuencia de la implantación de la oficina judicial en Sant Boi de Llobregat, convocado por Resolución de 22 de abril de 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2016, páginas 39925 a 39926 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2016-5864

TEXTO ORIGINAL

Visto lo que disponen la base reguladora undécima de la Resolución JUS/1095/2016, de 22 de abril, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo como consecuencia de la implantación de la oficina judicial en Sant Boi de Llobregat (DOGC número 7111, de 2-5-2016, y BOE número 105, de 2-5-2016), así como el artículo 51 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia;

En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente, resuelvo:

1 Adjudicar, con carácter definitivo, el puesto de responsable del Servicio Común Procesal General de la Oficina Judicial de Sant Boi de Llobregat al señor Antonio López Martínez, destinado actualmente en el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 1 de Sant Boi de Llobregat (adscrito al Servicio Común General de este partido judicial como consecuencia de la Resolución JUS/1256/2008, de 18 de abril).

2 Adjudicar, con carácter definitivo, el puesto de responsable del equipo de auxilio judicial del Servicio Común Procesal General de la Oficina Judicial de Sant Boi de Llobregat a la señora Ana Navarrete Villalba, destinada actualmente en el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 2 de Sant Boi de Llobregat (adscrita al Servicio Común General de este partido judicial como consecuencia de la Resolución JUS/1256/2008, de 18 de abril).

3 Adjudicar, con carácter definitivo, el puesto de responsable del Servicio Común Procesal de Ejecución de la Oficina Judicial de Sant Boi de Llobregat al señor Gabriel Toro Vecino, destinado actualmente en el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 1 de Sant Boi de Llobregat.

4 Declarar desierto el puesto de responsable del Registro Civil de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción de la Oficina Judicial de Sant Boi de Llobregat.

5 De conformidad con la base duodécima de la Resolución de convocatoria, el señor Antonio López Martínez, la señora Ana Navarrete Villalba y el señor Gabriel Toro Vecino deberán tomar posesión en los nuevos destinos en la fecha que se determine en la Orden de entrada en funcionamiento de las unidades procesales de apoyo directo, del Servicio Común Procesal General y del Servicio Común Procesal de Ejecución de la Oficina Judicial de Sant Boi de Llobregat.

Información sobre los recursos que se pueden interponer:

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona, o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14.1.2.ª, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos a contar a partir del día siguiente de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique la resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente del día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 9 de junio de 2016.–El Consejero de Justicia, P.D. (Resolución JUS/820/2016, de 31 de marzo de 2016), el Secretario General, Adrià Comella i Carnicé.

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