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Documento BOE-A-2016-562

Resolución de 15 de enero de 2016, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se amplía el plazo de resolución de la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa Neotec), del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, efectuada por Resolución de 8 de julio de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2016, páginas 5662 a 5663 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-562

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 17 de julo de 2015, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 8 de julio de 2015, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa Neotec), del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, al amparo de la Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en los artículos 25.4 y 25.5 que el plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión no podrá exceder de seis meses, pudiendo entender los interesados desestimada por silencio administrativo su solicitud por el transcurso de dicho plazo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.1 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.

Para garantizar un procedimiento de selección transparente y objetivo, tanto la tramitación administrativa como la instrucción del procedimiento de las convocatorias de ayudas, en sus diferentes fases, conllevan necesariamente el empleo de un gran volumen de recursos humanos y materiales.

Cabe indicar que estos procedimientos requieren conocer y, en su caso, verificar la autenticidad de la diversa documentación que deben aportar todos los solicitantes en apoyo de sus solicitudes así como valorar, con arreglo a criterios bien determinados y preservando la igualdad de trato de todos los ciudadanos, cada una de las solicitudes que se presentan. Por otro lado, cabe señalar que a esta convocatoria se ha presentado un elevado número de solicitudes, que amplía las dificultades que conlleva la carencia de recursos humanos y materiales anteriormente mencionada.

Las anteriores circunstancias hacen que se produzcan situaciones de espera que retrasan la tramitación administrativa, lo que hace altamente improbable que esta convocatoria puedan verse resuelta antes de los meses adicionales contemplados en las prórroga que a tal efecto se solicita.

A pesar de los importantes avances conseguidos en materia de tramitación electrónica, cabe añadir que la experiencia histórica de convocatorias anteriores muestra la gran dificultad existente para completar la tramitación del procedimiento de concesión en el plazo máximo establecido en la Ley General de Subvenciones, por lo que los interesados podrían presuponer la no concesión de la solicitud presentada.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como en su artículo 42.6, por el que se permite excepcionalmente ampliar el plazo máximo de resolución bajo la existencia de condiciones tasadas, dado que las circunstancias actuales lo justifican y lo aconsejan y que con ello no se perjudican derechos de terceros, se hace necesario ampliar el plazo de resolución establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

En base a lo anteriormente expuesto, la Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial dispone:

Primero. Ampliación del plazo de resolución.

Se amplía de seis a nueve meses el plazo máximo de resolución de la convocatoria regulada por Resolución de 8 de julio de 2015, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa Neotec), del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Segundo. Entrada en vigor.

1. La presente resolución surte efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y resultará aplicable a todas las solicitudes que se hayan presentado a la convocatoria indicada en el apartado primero.

2. Contra la presente resolución de ampliación de plazo no cabrá recurso alguno.

Madrid, 15 de enero de 2016.–La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, María Luisa Poncela García.

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