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Documento BOE-A-2016-4317

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6444-2015, en relación con los artículos 1, 4 y 7.4 de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico de Álava y artículos 107 y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales, por posible vulneración de los artículos 24 y 31 de la Constitución.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2016, páginas 30138 a 30138 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2016-4317

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de abril actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6444-2015 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Vitoria-Gasteiz, en el procedimiento abreviado núm. 32/2015, en relación con los artículos 1, 4 y 7.4 de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico de Álava, y artículos 107 y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales, por posible vulneración de los artículos 24 y 31 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 32/2015, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 26/04/2016
  • Fecha de publicación: 05/05/2016
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA inconstitucionales y nulos los arts. 4.1, 4.2.a) y 7.4 de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, únicamente en la medida que somenten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor, y la inadmisión en relación con los arts. 107 y 110.4 de la Ley reguladora de las haciendas locales, texto refundido proabado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por Sentencia 37/2017, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2017-3878).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • de los arts. 107 y 110.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4214).
    • de los arts. 1, 4 y 7.4 de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, (BOTHA de 28 de agosto, Suplemento).
Materias
  • Álava
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Haciendas Locales
  • Sistema tributario
  • Suelo

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