Habiéndose firmado con fecha 8 de marzo de 2016 el Acuerdo de Encomienda de Gestión con la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, en relación con la gestión de los concursos mediante los cuales se provean los puestos de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El citado Acuerdo se acompaña como Anexo.
Madrid, 8 de abril de 2016.–La Ministra de Fomento, P. D. (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), la Inspectora General de Fomento, Pilar Fabregat Romero.
En Madrid, a 8 de marzo de 2016,
REUNIDOS
Doña Pilar Fabregat Romero, Inspectora General del Ministerio de Fomento, en ejercicio de las competencias establecidas en la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, y
Don Manuel Niño González, Presidente de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 15 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria aprobado por el Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre,
EXPONEN
Vista la existencia de puestos vacantes y ocupados provisionalmente en la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y a la vista de lo establecido en los artículos 36 y 40 del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995,
ACUERDAN
I. Encomendar al Ministerio de Fomento la gestión de los concursos mediante los cuales se provean los puestos en la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
II. De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, en las Comisiones de Valoración estará representada la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria como Centro Directivo al que están adscritos los puestos de trabajo.
III. Si se produjera algún tipo de gasto originado por la gestión material objeto de la presente encomienda, este correrá a cargo de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
IV. El presente Acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
V. Esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Madrid, 8 de marzo de 2016.–La Inspectora General de Fomento.–El Presidente de la AESFE.
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