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Documento BOE-A-2016-394

Orden ECC/2924/2015, de 16 de diciembre, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden ECC/2303/2015 de 28 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2016, páginas 2665 a 2667 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-394

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECC/2303/2015 de 28 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 4 de noviembre), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Español de Oceanografía.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, así como en los artículos 47 y 48 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado, previa actuación de la Comisión de Valoración a que hace referencia la base cuarta de la citada convocatoria, y a la vista de los méritos alegados por los aspirantes.

Este Ministerio acuerda:

Primero.

Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta Orden, a los funcionarios que se especifican en el citado anexo y declarar desiertos los puestos que se detallan en el citado anexo.

Segundo.

El plazo de toma de posesión del nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Si la adjudicación comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por sistema de libre designación o por el de concurso, convocados por otros departamentos o Comunidades Autónomas. Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y en consecuencia, no generarán derecho al cobro de indemnización por concepto alguno.

Cuarto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 16 de diciembre de 2015.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Director del Instituto Español de Oceanografía, Eduardo Balguerías Guerra.

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