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Documento BOE-A-2016-3532

Resolución de 21 de marzo de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, simple circuito, denominada "Aragón-Morella", entre los apoyos 257 y 294, en la provincia de Castellón y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2016, páginas 25627 a 25629 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-3532

TEXTO ORIGINAL

Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio en Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes nº 177, solicitó autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y autorización administrativa de construcción de la instalación que se cita.

El expediente fue incoado en la dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Castellón.

El expediente se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas y con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, habiéndose solicitado los correspondientes informes.

La petición de Red Eléctrica de España, S.A.U. fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en el artículo 9 del citado Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, habiéndose recibido alegaciones que fueron contestadas por el promotor.

Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Zorita del Maestrazgo, del Ayuntamiento de Palanques, del Ayuntamiento de Forcall, del Ayuntamiento de Villores, de Energías Renovables Mediterráneas, S.A. (Renomar), de la Dirección General de Medio Natural de la Generalitat Valenciana, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, del Servicio Territorial de Urbanismo de la Dirección Territorial de Castellón de la Generalitat Valenciana, de la Unidad de Carreteras en Castellón de la Demarcación de Carreteras del Estado del Ministerio de Fomento, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y de la Subdirección General de Ordenación, Planificación y Actuaciones Territoriales Estratégicas de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, en las que no se muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado traslado al peticionario de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.

Se han recibido contestaciones del Confederación Hidrográfica del Ebro, de Telefónica, S.A., del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección Territorial de Castellón de la Generalitat Valenciana, del Servicio de Carreteras de la Diputación Provincial de Castellón y de la Subdirección General de Ordenación, Planificación y Actuaciones Territoriales Estratégicas de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, en las que se establece un condicionado técnico y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por el cruzamiento de la instalación con un bien o servicio de su competencia. Se ha dado traslado al peticionario de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.

Se ha recibido contestación de la Dirección Territorial de Cultura de Castellón de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana en la que solicita documentación complementaria en relación con el impacto patrimonial de la modificación de la línea eléctrica. Se da al traslado al peticionario que presenta la documentación requerida. Se da traslado al organismo que establece un condicionado técnico en el que se debe realizar un seguimiento arqueológico intensivo de los trabajos de remoción, transformación y excavación inherentes a la obra, así como la realización de determinado sondeos preventivos. Se da traslado al peticionario que acepta dicho condicionado.

Se ha recibido informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial de la Generalitat Valenciana en el que se hace una serie de manifestaciones de índole ambiental, estableciéndose un condicionado técnico. Se da traslado al peticionario que acepta dicho condicionado.

No se ha recibido contestación de Electra del Maestrazgo, S.A., de la Dirección General de Energía de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo de la Generalitat Valenciana ni del Servicio Territorial de Carreteras de Castellón de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, tras la reglamentaria reiteración, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y estudio de impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe a los solos efectos de lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, al Ayuntamiento de Todolella, al Ayuntamiento de Morella, a Ecologistas en Acción, al Grupo Ecologista SAMARUC, a SEO/Birdlife y a ADENA.

El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Castellón emitió en fecha 17 de diciembre de 2014 informe favorable al proyecto.

La autorización solicitada está motivada por la Resolución de 27 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental favorable del proyecto de la línea aérea de transporte eléctrico a 400 kV Mezquita-Morella, en Teruel y Castellón. En dicha declaración de impacto ambiental se establece, entre otras condiciones, que el promotor, como medida de mejora ambiental, deberá proceder al desvío de la actual línea eléctrica a 400 kV Aragón-Morella entre los apoyos 292 y 259, así como el desmantelamiento posterior de la línea en desuso. Con esta medida se desafectaría el cauce del río Bergantes del LIC Riu Bergantes, tal como ha solicitado la Dirección General del Medio Natural de la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Forcall.

El proyecto de la instalación y su Estudio de Impacto Ambiental han sido sometidos al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución de fecha 16 de noviembre de 2015 de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en la que se establecen las medidas preventivas, correctoras y el programa de vigilancia ambiental.

La autorización solicitada constituye una modificación de una instalación ya autorizada. Cabe asimismo señalar que en la Planificación de la Red de Transporte de energía eléctrica no se contemplan de manera expresa este tipo de modificaciones.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

1. Otorgar a Red Eléctrica de España, S.A.U. Autorización Administrativa Previa para la modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, simple circuito, denominada «Aragón-Morella», entre los apoyos 257 y 294, en la provincia de Castellón.

Las características principales de la línea modificada son:

Sistema: corriente alterna trifásica.

Tensión: 400 kV.

Temperatura máxima del conductor: 85º C.

Número de circuitos: Uno.

Conductores por fase: Dos.

Tipo de conductor: CARDINAL AW.

Capacidad térmica de transporte: 1.829 MVA/circuito.

Cables de tierra: Dos, 7N7 AWG.

Apoyos: Torres metálicas de celosía.

Aislamiento: Aisladores de vidrio U-160 BS.

Cimentaciones: Zapatas individuales.

Puestas a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

Término municipal afectado: Forcall, Villores, Palanques y Zorita del Maestrazgo, en la provincia de Castellón.

Longitud: 14.067 m.

La modificación objeto de esta resolución tiene como objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en Resolución de 27 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de la línea aérea de transporte eléctrico a 400 kV Mezquita-Morella, en Teruel y Castellón.

Red Eléctrica de España, S.A.U. deberá cumplir las condiciones impuestas en la Declaración de Impacto Ambiental, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 21 de marzo de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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