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Documento BOE-A-2016-3182

Resolución de 15 de marzo de 2016, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 2 de abril de 2016, páginas 23471 a 23472 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-3182

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaría de Economía y Competitividad y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas han suscrito, con fecha 2 de marzo de 2016, un Acuerdo para que la citada Agencia Estatal lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de la oferta de empleo del año 2015 para cubrir plazas de personal funcionario de carrera de las escalas científicas y técnicas de Organismos Públicos de Investigación, así como de personal laboral investigador doctor con certificado I3, mediante contratación laboral fija, fuera del ámbito de aplicación del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, por el sistema general de acceso libre respecto de las plazas adscritas a esa Agencia.

Para general conocimiento, se dispone su publicación, como anexo de esta Resolución.

Madrid, 15 de marzo de 2016.–El Subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury Redondo.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas

En Madrid, a 2 de marzo de 2016.

Primero.

La Subsecretaría del Ministerio de Economía y Competitividad y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que la citada Agencia lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de la oferta de empleo del año 2015 para cubrir plazas de personal funcionario de carrera de las escalas científicas y técnicas de Organismos Públicos de Investigación, así como de personal laboral investigador doctor con certificado I3, mediante contratación laboral fija, fuera del ámbito de aplicación del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, por el sistema general de acceso libre respecto de las plazas adscritas a esa Agencia.

Segundo.

La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los órganos de selección de las pruebas selectivas.

d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias.

f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercero.

Correrán a cargo del presupuesto de gastos de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio atribuidas a la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Competitividad.

Sexto.

Es responsabilidad del órgano competente del Ministerio de Economía y Competitividad dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

En prueba de conformidad, las partes firman el presente Acuerdo, por duplicado en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Economía y Competitividad, el Subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury Redondo.–Por parte de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Emilio Lora-Tamayo D´Ocon.

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