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Documento BOE-A-2016-3012

Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Universidad de Extremadura, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don José Luis Bernal Salgado.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2016, páginas 22835 a 22835 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2016-3012

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad de Extremadura, de fecha 26 de noviembre de 2015 («BOE» de 15 de diciembre de 2015), y acreditados por el interesado propuesto los requisitos a que alude el artículo 4 de la normativa vigente, referidos en la Resolución de la convocatoria:

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre («BOE» de 24 de diciembre), modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril («BOE» de 13 de abril), y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a don José Luis Bernal Salgado, con DNI número 06.974.859-V, Catedrático de Universidad de esta Universidad, del área de conocimiento de «Literatura Española» (código de la plaza DF3196), del Departamento de Filología Hispánica y Lingüística General.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «BOE».

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recurso contencioso administrativo, a interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto, entre otros, en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente, por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Previamente y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presente resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Badajoz, 9 de marzo de 2016.–El Rector, Segundo Píriz Durán.

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