En el recurso contencioso-administrativo número 1/179/2014, promovido por CIDE Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 27 de enero de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLAMOS
Estimar en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de CIDE Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica, contra la Orden IET/2442/2013, de 26 de diciembre, y la Orden IET/107/2014, de 31 de enero, con anulación de la aplicación que efectúan el artículo 7 y el Anexo IV de la Orden IET/2442/2013 del coeficiente α, en el cálculo de la retribución de las empresas de distribución con menos de 100.000 clientes, en los términos que se expresan en el Fundamento de Derecho Quinto de esta sentencia.
Sin imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la colección legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Pedro José Yagüe Gil.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–María Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–Rubricados.
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